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Ni una vía judicial más

María José Segarra, fiscal general del Estado

Javier Pérez Royo

“No abrir ni una sola vía judicial más” es uno de los ejes de la estrategia del presidente del Gobierno para hacer frente a la crisis constitucional que afecta principalmente al ejercicio del derecho a la autonomía en Catalunya, pero que se proyecta sobre el sistema político español en su totalidad. Estas fueron sus palabras textuales tras la reunión del Consejo de Ministros del pasado viernes.

Está bien que así sea. Pero no es suficiente. No basta con no abrir vías judiciales nuevas. Es imprescindible que se revisen las vías judiciales abiertas y en especial que se revise la vía judicial que decidió abrir el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, contra el expresidente del Govern y varios consellers así como contra la expresidenta del Parlament y varios miembros por el delito de rebelión.

El hecho de que el fiscal José Manuel Maza falleciera en Argentina en acto de servicio, no puede hacernos olvidar que había sido reprobado por el Congreso de los Diputados por una mayoría absoluta muy amplia y que fue en su condición de fiscal general reprobado como activó la querella.

El instituto de la reprobación parlamentaria supone que el único órgano constitucional a través del cual se proyecta la “soberanía nacional que reside en el pueblo español” (art. 1.2 en relación con el 66.1 CE), considera que el titular del órgano reprobado se ha inhabilitado con su conducta para el ejercicio de la función para la que había sido nombrado. Únicamente el Congreso de los Diputados puede legitimar democráticamente al presidente del Gobierno mediante la investidura. Y únicamente el presidente del Gobierno puede legitimar democráticamente al fiscal general del Estado. El presidente del Gobierno puede retirarle esa legitimidad en cualquier momento sin necesidad de dar ningún tipo de explicación. El Congreso de los Diputados únicamente puede hacerlo mediante la aprobación de una moción de reprobación, en la que sí se tienen que dar todo tipo de explicaciones acerca de los motivos por los que tal reprobación se produce. Un fiscal general reprobado carece de legitimidad democrática para el ejercicio de la función que le ha sido encomendada. La decisión del Congreso de los Diputados es una decisión firme no susceptible de ser recurrido ante nadie.

Un “respeto decente” a la soberanía nacional debería haber conducido al fiscal José Manuel Maza a presentar su dimisión. Un mínimo de decencia política debería haber conducido al Presidente del Gobierno a cesarlo si él no lo hacía. Faltó ese respeto por partida doble al principio de legitimidad democrática y acabó pasando lo que paso. Un fiscal reprobado por el Congreso de los Diputados y, por tanto, “democráticamente indigno”, aprovechó la suspensión del Govern y la disolución del Parlament por el Gobierno de la nación en aplicación del artículo 155 CE, para activar querellas por el delito de rebelión contra los exmiembros del Govern y de la Mesa del Parlament con la solicitud de las medidas cautelares más duras de todas las posibles.

Dicha querella por rebelión y las medidas cautelares adoptadas viciaron las elecciones autonómicas en Catalunya del 21 de diciembre de 2017, el proceso de investidura subsiguiente y continúa viciando las relaciones entre Catalunya y el Estado, afectando, además, de manera no menor a la Jefatura del Estado. Y no solamente en Catalunya, como los incidentes de este pasado viernes en Palma de Mallorca, con ocasión de la recepción que la Casa Real tradicionalmente organiza en esta fecha, pusieron de manifiesto.

Con políticos presos por un delito que el Tribunal Supremo no ha sido capaz de argumentar persuasivamente ante los tribunales de Alemania, Bélgica, Escocia y Suiza, y que no es, además, considerada una calificación jurídica acertada por la mayoría, me atrevería a decir, por la inmensa mayoría, de la opinión jurídica solvente de nuestro propio país, no es posible que se pueda entablar una negociación que permita salir del círculo vicioso en que nos encontramos.

La decisión de “abrir la vía judicial” no fue una decisión jurídica, sino política. Fue una decisión de un fiscal general del Estado en íntima conexión con un Gobierno, cuyo presidente ha sido el primero de la democracia al que se le ha aplicado una moción de censura. El principio de legitimidad democrática no solo justifica, sino que exige al nuevo presidente del Gobierno y a la nueva Fiscal General del Estado la revisión de lo actuado.

Son ellos los que tienen que decidir la política que se tiene que seguir y, en función de esa decisión política, la adopción de la estrategia política apropiada.

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