El Congreso debate la reforma del Código Civil para que los animales de compañía no se puedan embargar
“Los animales no son cosas”. Bajo este principio, el Congreso debate este martes una proposición no de ley (PNL) presentada por Ciudadanos que persigue un cambio en el Código Civil para que los animales de compañía dejen de ser a efectos patrimoniales meros objetos y se les considere bienes “inembargables”. El PACMA va más allá y quiere que se les declare también “seres sintientes”.
La propuesta del partido de Albert Rivera, registrada el pasado mes de octubre, parte de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que llegó la semana pasada al Congreso avalada por más de 240.000 firmas e impulsada por el Observatorio Justicia y Defensa Animal. Su portavoz, Miguel Ángel Esteban, acompañó al diputado de Ciudadanos Guillermo Díaz a presentar las firmas en la Cámara Baja.
Esteban, que acudirá como invitado al debate junto a otros representantes de otras asociaciones animalistas, justificó esta iniciativa en la necesidad de que España acomode su legislación “al sentir social”, como ocurre en otros países europeos. En este sentido, recordó que el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea modificó en 2009 el artículo 13 para reconocer a los animales como seres dotados de sensibilidad.
Los miembros de esta plataforma lamentan que hasta ahora en nuestro país los animales todavía sean considerados “bienes semovientes”, es decir, meras cosas. Por eso creen que ha llegado el momento de enterrar ese anacronismo legal y adecuar el Código Civil, que data de 1889, “a la realidad social actual”.
El presidente del Observatorio recordó que en Cataluña ya se reconoce expresamente que los animales no son cosas, como también ocurre en los Códigos Civiles de Francia, Alemania, Austria o Suiza.
“Seres intransferibles en negocios onerosos”
En la Proposición no de Ley de Ciudadanos se insta al Gobierno “a que promueva las reformas legales necesarias para crear una categoría especial en el Código Civil que ubique a los animales de compañía fuera de la masa patrimonial a todos los efectos legales, de forma que resulten inembargables, absolutamente indivisibles en situaciones de comunidad, e intransferibles en negocios onerosos. Y, en consecuencia, que se reconozca la naturaleza extrapatrimonial de los animales de compañía”.
El partido naranja asegura que mientras el Código Penal ya tipifica como delito la tortura o el abandono de los animales de compañía, reconociendo un estatus especial a los animales respecto a las cosas, el Código Civil no avanza.
“Este último, explican en la exposición de motivos de la PNL, al definir y regular las relaciones entre las personas y las cosas, considera a las mascotas un como cualquier otro bien patrimonial, manteniendo el concepto que de estos se tenían la norma originaria, del siglo XIX”.
“Las consecuencias de esta calificación, que equiparan a los animales de compañía a otros bienes de carácter mueble, llevan al absurdo de que actualmente puedan ser embargados y ejecutados por los acreedores, subastados para liquidar una comunidad de gananciales; o introducidos en lotes y sorteados en supuestos hereditarios, obviándose en todo caso la especial relación afectiva que existe entre la mascota y sus dueños”.
En principio, ningún grupo parlamentario parece rechazar la iniciativa de Ciudadanos por lo que tiene muchas probabilidades de que salga adelante, pese a que no es vinculante. No obstante, el PP ha adelantado a eldiario.es que está redactando una enmiendas de adicción al texto para introducir algunos matices en su redacción.
El PSOE, Podemos, junto con ERC también anuncian que negocian una enmienda, que ha sido articulada con miembros de la Asociación Parlamentaria de Defensa de los Animales -en donde hay diputados de todos los grupos-, para introducir algún “matiz jurídico” al texto, entre otras cosas, en lo referido a la “inembargabilidad de las mascotas”.
PACMA ve “insuficientes” los cambios
En el Partido Animalista PACMA, su portavoz, Silvia Barquero, considera que la propuesta, aunque resulta “en principio interesante”, es “muy indefinida e insuficiente”. “No reconoce la figura de los animales como seres sintientes, tal y como ya recoge el Artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ni les confiere estatus jurídico adecuado a esta condición”, afirma.
“Para una necesaria modificación del Código Civil estatal, sería fundamental conceder a los animales la condición legal de sujetos de derecho, en lugar de algo tan indefinido como no-cosas (fuera de la masa patrimonial), lo que supone a efectos prácticos seguir siendo considerados objeto de derecho, bienes, o propiedades”, añade Barquero.
Como ejemplo a seguir el PACMA pone la reciente reforma del Código Civil portugués, llevada a cabo en diciembre de 2016 por el Partido Animalista portugués PAN (Pessoas, Animais, Natureza) “en la que se consiguió que se apruebe una nueva figura jurídica, reconociendo a todos los animales como seres sensibles y objeto de relaciones jurídicas”.
En un nuevo artículo se incluyó que: “Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad y objeto de protección jurídica en virtud de su naturaleza. La protección jurídica de los animales opera a través de las disposiciones de este Código y la legislación especial”.
Barquero abunda y señala que “el Código Civil portugués recoge también la necesidad de proteger sus necesidades básicas de bienestar, y las obligaciones de las personas para con ellos, tanto en el ámbito de la familia, (cónyuges e hijos) como las penas que corresponden en todo lo concerniente a daños a animales incluidos daños morales, lo que ha llevado a una amplia modificación del articulado del Código”. Algo que según la presidenta de PACMA ni recoge la iniciativa de Ciudadanos ni ninguna ley española.