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El Consejo de Estado apoya por unanimidad los recursos del Gobierno contra la consulta

El presidente del Consejo de Estado, José Manuel Romay Beccaría. \ Efe

Agencias

Madrid —

El Consejo de Estado ha aprobado hoy por unanimidad los dictámenes en los que apoya que el Gobierno recurra ante el Tribunal Constitucional (TC) la ley de consultas catalana y el decreto de convocatoria de la consulta soberanista del 9 de noviembre.

Fuentes del Consejo de Estado han confirmado a Efe que la Comisión Permanente, integrada por el presidente, José Manuel Romay Beccaría, y los consejeros permanentes, que la reunión de dicha Comisión ha finalizado poco antes de las 21:00 horas con la aprobación, por unanimidad, de los dos dictámenes favorables a la presentación del recurso.

El Gobierno solicitó el sábado al Consejo de Estado la elaboración de un dictamen sobre la constitucionalidad y su emisión en un plazo de 48 horas, con la intención de que el lunes por la mañana el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, reúna el Consejo de Ministros y ordene la inmediata interposición de los dos recursos ante el Tribunal Constitucional.

La vicepresidenta del Gobierno Soraya Sáenz de Santamaría fue la encargada de firmar el sábado la solicitud de informe al Consejo de Estado, en ausencia del presidente, que se encontraba de regreso de su viaje oficial a China. La solicitud fue enviada formalmente por el ministro de Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, quien también recibirá el dictamen y lo elevará al Consejo de Ministros.

Los pasos para frenar el 9N

La intención del Ejecutivo es que los recursos se registren el mismo lunes. Puesto que la semana que viene no está previsto un pleno del Tribunal Constitucional, el presidente de la institución, Francisco Pérez de los Cobos, deberá convocarlo con carácter extraordinario para decidir la admisión a trámite de los recursos.

Admitida la demanda, el tribunal de garantías dará traslado de la misma al Congreso, al Senado y a la comunidad autónoma para que se persone y formule alegaciones en quince días. El artículo 4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional le permite adoptar “cuantas medidas sean necesarias” para preservar su jurisdicción, “incluyendo la declaración de nulidad de aquellos actos o resoluciones que la menoscaben”.

Mientras tanto, el artículo 92 establece que este órgano puede “declarar la nulidad de cualesquiera resoluciones que contravengan las dictadas en el ejercicio de su jurisdicción, con ocasión de la ejecución de éstas, previa audiencia del Ministerio Fiscal y del órgano que las dictó”.

Fuentes del Gobierno han explicado a Europa Press que existen distintas vías contra el incumplimiento, si se diera, tanto de la suspensión de la ley catalana como del decreto de convocatoria. Se podría mantener la vía de recurso ante Tribunal Constitucional, pero también acudir a la vía contencioso-administrativa.

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