La dirección de Podemos intenta mantener el control sobre las candidaturas que se presentarán a las elecciones del 24 de mayo para que cumplan lo decidido por los afiliados en la asamblea fundacional del pasado otoño. A menos de dos semanas de que termine el plazo para registrarlas, el Consejo Ciudadano estatal ha recordado a los afiliados que los estatutos del partido permiten suspender de militancia a quienes participen “de la construcción y participación electoral de Partidos de orden superior al municipal”.
En una circular remitida este jueves a todos los inscritos y a la que ha tenido acceso eldiario.es, el principal órgano entre asambleas del partido que lidera Pablo Iglesias recuerda que la “excepcionalidad” del partido instrumental, el formato con el que concurrirá a las municipales en algunas localidades, debe circunscribirse únicamente a ese nivel. “Podemos decidió presentarse a las elecciones autonómicas y estatales con su propia marca”, recuerda la nota. Y sigue: “Cualquier miembro de Podemos que participe de la construcción y participación electoral de Partidos de orden superior al municipal, sean instrumentales o no, estará actuando en clara colisión con los intereses de Podemos y en particular con lo decido por su Asamblea de inscritos”.
El secretario de Organización de Podemos, Sergio Pascual, asegura en conversación con eldiario.es que la nota “solventa dudas sobre la posibilidad de acudir a partidos instrumentales por encima del ámbito municipal” ya que esta opción “desnaturalizaría con mucho el mandato de Vistalegre”, en referencia a la asamblea fundacional de Podemos.
Pascual niega que la circular se refiera a ningún caso en concreto. “Se están dando multiplicidad de casos donde terceros han ofrecido ir con partidos instrumentaes de claro carácter estatal”, asegura. Preguntado por algún caso específico, el secretario de Organización de Podemos ha señalado que no quiere “hacer publicidad” de ninguno.
La circular recuerda que los estatutos de Podemos (aquí en PDF) recogen que “desoír los acuerdos y directrices” de cualquiera de los órganos del partido o “asumir compromisos o acuerdos políticos con otras formaciones o personas físicas sin previa autorización expresa del Consejo de Coordinación” está considerado como una falta grave.
Los estatutos señalan que una falta grave puede suponer la “suspensión de militancia durante un período de tiempo de ente 1 y 6 meses” y/o la “inhabilitación para el desempeño de cargos en el seno del partido o en representación de este durante un período de entre 6 meses y 1 año”.