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La Audiencia de Madrid mantiene el suicidio asistido de María José Carrasco en los juzgados de violencia de género

Ángel y María José, en uno de los vídeos que grabaron reivindicando su voluntad de morir.

Belén Remacha

La Audiencia de Madrid ha emitido un auto por el que decide que el caso del suicidio asistido de María José Carrasco, la mujer enferma terminal de esclerosis múltiple a la que su marido, Ángel Hernández, ayudó a morir el pasado 2 de abril, se mantenga en los juzgados de violencia sobre la mujer. El propio Juzgado de Violencia Sobre la Mujer nº 5 de Madrid en el que recabó desde el Juzgado de instrucción nº25 de Madrid, había rehusado el pasado 24 de abril que se investigara como violencia machista.

La magistrada del Juzgado nº25, a donde se devolvió el caso tras rechazarlo el Juzgado especializado en violencia machista, podía elegir entre tramitarlo ahí o elevarlo a la Audiencia provincial. Escogió la segunda opción, y ese órgano entiende ahora que “en esta fase procesal no se dan las circunstancias para determinar fehacientemente si se trata de un acto de violencia contra una mujer en el ámbito de la pareja, como determina la ley integral de violencia sobre la mujer”. 

En un auto de 16 páginas, la Audiencia expone como argumento para que se quede investigado como violencia machista que considera que “no es factible descartar” que se trate de un crimen machista con la documentación que hay, aún pendiente de analizar. Se refieren por ejemplo a que en la investigación, en su fase “embrionaria”, todavía no constan “los oportunos informes médico-forenses” completos, con testimonios y muestras de la autopsia.

También dicen que “no consta remitido” el pendrive que Hernández presentó con las pruebas documentales de la petición expresa de Carrasco. Por esos motivos, expresan, en esa fase del procedimiento y con las pruebas que faltan por examinar “además de aquellas que consideren pertinentes”, la Sala “debe respetar escrupulosamente el principio de legalidad”, por lo que lo atribuyen al Juzgado del Violencia sobre la Mujer.

En una nota el pasado 24 de abril, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) explicaba que la decisión del Juzgado de Violencia de Género de rehúsar el caso del suicidio de María José Carrasco se debía a que entendía que “la solicitud expresada a su marido de forma seria e inequívoca por parte de la esposa de poner fin a su vida, convierte este presunto delito en una excepción respecto a las conductas recogidas en la ley integral de violencia sobre la mujer”.  

“Desde una perspectiva criminológica este auxilio al suicidio de la persona enferma grave que lo solicita expresamente no es la manifestación de ningún tipo de violencia física, psíquica o limitación de la libertad”, añadía la jueza de violencia machista. La Fiscalía Provincial de Madrid también se había posicionado en contra de que el suicidio asistido de Carrasco fuese juzgado como violencia de género. En otra nota del 23 de abril, desde ese órgano razonaban que Hernández la ayudó a terminar con su vida “por petición expresa”  y “dada la enfermedad que padecía”. 

Ángel Hernández fue detenido la misma mañana del fallecimiento de María José Carrasco, tras su aviso a los servicios de emergencia, a quienes en ningún momento ocultó la causa ni el modo de la muerte de su esposa. Pasó más de 24 horas en el calabozo. Tanto él como ella, según sus declaraciones, eran conscientes de que al hacer público que le ayudaba a morir se exponía a penas de cárcel por cooperación al suicidio, y también de que podría llegar a ser acusado de violencia machista. Lo hicieron así a pesar de ello, explicó, para reivindicar la necesidad de una Ley que regule la eutanasia en España.

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