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El protocolo del Gobierno para menores extranjeros no incluye la asistencia letrada a los jóvenes

El protocolo MENAS aparece publicado en el BOE este jueves, más de dos meses después de su firma.

Laura Olías

Cuando un menor extranjero llega a España sin ningún adulto responsable de él, las leyes internacionales y nacionales recogen la obligación del Estado de integrarle en los programas de protección del menor. Si los adolescentes llegan sin documentación y su minoría de edad no es obvia, la normativa prevé unas pruebas médicas para determinar su edad. En la práctica, las ONG llevan años denunciando que también se somete a estas pruebas a jóvenes con pasaporte u otra identificación.

El Tribunal Supremo ha prohibido esta práctica a través de dos recientes sentencias, en las que recoge que menores con pasaporte no pueden ser considerados indocumentados. Este jueves el Gobierno publica en el BOE el protocolo para coordinar la atención a estos adolescentes, en el que se considera indocumentados a menores con identificación por el hecho de que se les hayan practicado antes estas pruebas de edad, muy criticadas por su margen de error. “De más de dos años”, dice Lourdes Reyzábal, presidenta de la Fundación Raíces, que presta apoyo a menores en riesgo de exclusión.

Las propias pruebas médicas, criticadas por la Defensora del Pueblo en su último informe anual, son puestas en entredicho por el Tribunal Supremo: “Ya se trate de personas documentadas o indocumentadas, las técnicas médicas, especialmente si son invasivas, no podrán aplicarse indiscriminadamente para la determinación de la edad”. El protocolo del Ejecutivo recoge esta práctica como uno de los primeros pasos del Ministerio Fiscal cuando reciba noticia de un menor indocumentado cuya minoría de edad no sea evidente.

El anunciado como “código de buenas prácticas” del Ejecutivo no incluye, además, una de las principales exigencias de las ONG, la asistencia letrada para los jóvenes desde que entran en contacto con las autoridades. Los menores, que deben autorizar las pruebas de edad con su firma, contarán con la posibilidad de un intérprete que les explique el proceso, según se desprende del documento de consentimiento. Sin embargo, no hay rastro de la posibilidad de un letrado que asesore al supuesto menor.

En el caso de que un menor se niegue a someterse a estas pruebas médicas, el Fiscal “tras recibirle declaración y tomando en consideración todas las circunstancias obrantes en el expediente podrá determinar si se trata de un mayor de edad”, recoge el protocolo.

ONG denuncia contradicciones con el Supremo

La presidenta de la Fundación Raíces, después de leer el protocolo del Gobierno, ha decidido recurrirlo: “Es alucinante. El protocolo es contrario a lo que marca el Tribunal Supremo y vamos a ver de qué manera lo recurrimos desde la Fundación Raíces”, asegura Lourdes Reyzábal, Desde 2001 comenzaron a asesorar a menores inmigrantes que encontraban en la calle “en una situación de absoluta indefensión, en un limbo total”, dice Reyzábal.

Carmen Moles, abogada del Consejo General de Abogacía Española y experta en menores migrantes no acompañados, coincide en que existen “contradicciones” entre la ley de extranjería (así como las recientes sentencias del Supremo) y el protocolo del Gobierno. La jurisprudencia del Supremo fue adelantada en julio, días antes de la firma del protocolo y “era conocida por el Gobierno”, reconoce el portavoz del Ministerio de Empleo, que considera que “el protocolo no contraviene la sentencia”.

El Supremo en sus sentencias estipula que “el inmigrante de cuyo pasaporte o documento equivalente de identidad se desprenda su minoría de edad no puede ser considerado un extranjero indocumentado para ser sometido a pruebas complementarias de determinación de su edad”. Si las autoridades tienen dudas de la autenticidad de sus papeles, “los tribunales tendrán que hacer un juicio de proporcionalidad sobre las razones por las que se considera que el documento no es fiable”, resumen en una nota del Consejo General del Poder Judicial.

“Sí contradice [el protocolo] lo que estipulan las sentencias, que no hacen más que reiterar lo que recoge el artículo 35.3 de la ley de extranjería: no se pueden hacer pruebas de edad a menores con pasaporte como se está haciendo. Ahora el protocolo lo vuelve a recoger en su punto D y se extralimita respecto a lo que dice la ley”, argumenta la abogada Carmen Moles. En opinión de Lourdes Reyzábal, este protocolo “aumentará la confusión y el desgaste de las organizaciones para evitar estas prácticas ilegales”.

El punto al que se refiere la abogada Moles es el que establece que si los menores presentan un pasaporte con datos contradictorios a unas pruebas médicas previas, se considerará un indocumentado. Sin embargo, las pruebas no se habrían realizado (en teoría) en posesión de estos documentos.

Fuentes del Tribunal Supremo aclaran que los jueces “establecen que los menores con pasaporte válido no podrán considerarse indocumentados para la realización de las pruebas de edad, no en general”. Sobre la validez del pasaporte si se han realizado antes las pruebas médicas “no se ha pronunciado el Supremo”, afirman.

Menores en la calle “totalmente indefensos”

La “ola migratoria” de niños a Estados Unidos acaparó la atención de los medios de comunicación este verano. Los menores llegan al país solos, la mayoría en un tren apodado La Bestia. En España, desde hace más de una década también comenzaron a llegar adolescentes sin ningún adulto a su cargo, que alcanzan la soñada Europa en los bajos de un camión o en una patera.

Algunos de estos jóvenes, en lugar de acabar en un centro de acogida (como marca la ley), acaban convirtiendo la calle en su hogar. Más de 40 casos de estos jóvenes sirvieron a la Fundación Raíces, en colaboración con la Fundación Abogacía Española, para denunciar en el informe Sólo por estar solos una mala praxis de las autoridades españolas “que dejan a niños en la calle totalmente vulnerables”. “Menores que, en muchos casos, huyen de países en conflicto, que pueden ser refugiados”, destaca Reyzábal.

Hace dos semanas la presidenta de la Fundación Raíces volvía a encontrarse ante esta situación. “Era un chico de 17 años, nacido en Tánger, que estaba en la calle. Tenía pasaporte en el que figuraba su edad, emitido en Marruecos así que lo llevamos a la Fiscalía de Menores de Madrid. Allí, la fiscal jefe no quiso ni verlo y directamente nos mandaron a la policía de menores, para que nos condujesen a la Brigada de Extranjería. ”Dejaba la puerta abierta a las pruebas de edad –relata– cuando lo primero que debería haberse hecho es asistirle en protección de menores“.

“Vamos a seguir luchando en los tribunales. Esto es una cuestión política, una especie de mensaje para el control de los flujos migratorios. Están diciendo: 'Así a España no se viene'. Es una barbaridad”, concluye Reyzábal.

Rectificación: Una primera versión de este tema contenía una información errónea. Afirmaba que el Gobierno incumplía con su protocolo las dos sentencias del Tribunal Supremo sobre las pruebas de edad a menores indocumentados. El error correspondía a una interpretación equivocada del último apartado del capítulo II del documento, que compartieron las fuentes del artículo.

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