Las claves del 'caso Romanones', el mayor juicio contra la pederastia eclesial en España
“La verdad es la verdad, y no debe esconderse, cueste lo que cueste”. Las palabras del Papa Francisco resuenan con fuerza en los pasillos de la Audiencia Provincial de Granada, donde este lunes, a partir de las nueve y media de la mañana, comienza el juicio por el “caso Romanones”, la mayor trama de pederastia eclesial de nuestro país, que tuvo implicados al 7% del clero de Granada y al propio arzobispo, Javier Martínez, quien tendrá que sentarse en el banquillo, pues la diócesis está acusada como responsable civil subsidiaria de los abusos supuestamente cometidos por el padre Román y sus secuaces contra “Daniel” y, como apunta el sumario, contra otros chicos y chicas.
El caso, en el que se ha visto implicado el mismo Vaticano (el juez de instrucción tuvo que solicitar al prelado, hasta en nueve ocasiones, la entrega del expediente canónico del caso, cuyo contenido demostraría la implicación de hasta doce personas -diez sacerdotes y dos laicos- en una trama de abusos perfectamente coordinada y silenciada desde el interior de la Iglesia), finalmente sólo ha llevado al banquillo al líder del clan, el padre Román. El resto de inicialmente implicados no serán juzgados, por la única razón -así lo dejó claro el juez instructor- de que sus delitos habrían prescrito.
¿Cuáles son las claves del “caso Romanones”? ¿Por qué resulta tan relevante? ¿Cuál es el papel del arzobispo de Granada en la trama? ¿Qué ha cambiado en la Iglesia en la cuestión de los abusos? ¿Qué protagonismo ha sido el del Papa? Estas son algunas de las respuestas a las preguntas del que, sin lugar a dudas, es el caso más importante de pederastia eclesial en la historia de la Iglesia española, y el primero en el que el Papa Francisco tomó cartas en el asunto en sus cuatro años de pontificado.
¿Qué supone el caso Romanones en la lucha contra la pederastia en la Iglesia española?
Un antes y un después, por varias razones. La más obvia, la intervención directa del Papa Francisco, quien en agosto de 2014 llamó por teléfono a “Daniel”, la víctima de los abusos del padre Román y del clan de los Romanones, para pedirle perdón en nombre de la Iglesia y animarle a denunciar. El mismo Papa que obligó al arzobispo de Granada a abrir una investigación que, por el momento, únicamente tiene suspendidos a tres de los diez sacerdotes afectados por la trama. El resto, pese al clamor de los fieles, siguen dando misa en sus parroquias como si nada.
El caso obligó a la Conferencia Episcopal, además, a hacer públicos sus protocolos de actuación ante los abusos, que aunque se habían aprobado ¡en 2010! no se habían aplicado. Tras la publicación del “caso Romanones” y la intervención papal, algunas víctimas se decidieron a denunciar. En los últimos meses, hemos asistido a denuncias en Astorga, el caso “Gaztelueta” en Bizkaia, los maristas de Cataluña o los abusos del ex vicario general de San Sebastián, entre otros. La denuncia de “Daniel” rompió el velo de silencio en la Iglesia española ante los abusos, un camino que no tiene marcha atrás.
¿Qué se juzga?
Los abusos sexuales padecidos por “Daniel” de forma continuada (entre 2004 y 2007) y con prevalimiento por parte de Román y, por extensión, la espiral de silencio que recorrió la diócesis durante años. Del 6 al 21 de marzo, 40 testigos y 14 peritos pasarán por la sala de la Audiencia, para intentar probar la culpabilidad o la inocencia del sacerdote.
La Fiscalía atribuye al padre Román un delito de abuso sexual continuado agravado por el resultado de acceso carnal contra un menor desde 2004 a 2007, por el que, además de los nueve años de cárcel, solicita prohibición de aproximarse a la supuesta víctima a menos de 100 metros y de comunicarse durante diez años. En concepto de responsabilidad civil, pide que el acusado (o, e su defecto, la diócesis, como responsable civil subsidiario), indemnice a la víctima en 50.000 euros por daño moral.
Por su parte, la acusación particular atribuye al padre Román tres delitos de abuso sexual por el que solicita 26 años de prisión, prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y de comunicarse durante 20 años y una indemnización de 50.000 euros por daño moral.
La acción popular, ejercida por la Asociación Prodeni, atribuye al acusado un delito continuado de agresión sexual, con intimidación, violencia y prevalimiento y con acceso carnal, y pide para él la pena de 15 años de prisión, inhabilitación absoluta por 15 años, privación de residir en el lugar en que resida la víctima por 15 años y prohibición de aproximarse y comunicarse con ella durante 15 años, así como una indemnización de 75.000 euros por daño moral.
La defensa, por su parte, solicita por su parte la libre absolución y ha reclamado la anulación del expediente canónico, al entender que los derechos de su defendido, y los del resto del clan, pueden ser violados al revelar declaraciones reservadas, casi “secreto de confesión”.
¿Cómo se sucederá el juicio?
Precisamente, lo primero que habrá de determinar la Audiencia Provincial será si aparta o no el expediente canónico del caso, como pide la defensa. En principio, fuentes jurídicas consultadas apuntan a que dicho expediente se mantendrá como prueba de cargo. Tras las cuestiones previas, este mismo lunes se procederá al interrogatorio al padre Román.
A la declaración del acusado le seguirán la de un total de cuarenta testigos propuestos por las partes y distribuidos en las distintas sesiones que se celebrarán hasta el 13 de marzo. Así, la declaración de “Daniel” se producirá este miércoles, mientras que el arzobispo de Granada, Javier Martínez, será interrogado el viernes.
Posteriormente le tocará el turno a los peritos, 14 especialistas que declararán ante el tribunal en las sesiones previstas el 14 y el 20 de ese mismo mes. La última jornada del juicio, el día 21, se dedicará a la prueba documental y a las conclusiones finales, además de tener el acusado la oportunidad de ejercer su derecho a la última palabra.
¿Habrá condena para Román?
Todo parece indicar que sí pues, pese a que la defensa ha llamado a declarar a todos los miembros del clan inicialmente imputados, la jurisprudencia en los casos de abusos a menores tiene especialmente en cuenta el testimonio de la víctima, así como las pruebas llevadas a cabo tanto por la Policía Científica -que determinó un alto grado de veracidad en “Daniel”, y una ausencia de verosimilitud en el testimonio de Román-, y las pruebas periciales.