El machismo en los juzgados: de “zorra no es un insulto” a “no tienes cara de maltratada”
La fiscal del caso Rita Maestre rechazó el recurso de la defensa basándose en declaraciones como “las señoritas están en su derecho de alardear de ser putas, libres, bolleras...[...] pero ante el Altar implica un ánimo evidente de ofender”. Las palabras son algunas de las que las personas que participaron en la protesta de la capilla de la Complutense llevaban pintadas en sus torsos, pero la frase de la fiscal ha sido tildada de machista.
El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer (CEDAW) de la ONU ha alertado en varias ocasiones de los estereotipos que todavía persisten en los aparatos judiciales de todo el mundo. En sus recomendaciones aconseja la formación de jueces, fiscales y abogados para demoler “los estereotipos que afectan a la mujer no solo a través de actos individuales, sino también porque se reflejan en leyes y estructuras e instituciones jurídicas y sociales”.
Algunos de estos estereotipos de género, que “conllevan implicaciones negativas para las mujeres, se vinculan con las causas de la violencia y la impunidad y son una barrera para el acceso a la justicia”, en palabras de los investigadores S.Cusack y A.Timmer. Son la base de sentencias y declaraciones que, en ocasiones, las mujeres tienen que escuchar en sede judicial. Estos son algunos ejemplos:
“¿Cerró bien las piernas?”
El pasado mes de marzo la Asociación Clara Campoamor denunció la pregunta que la magistrada del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Vitoria había esgrimido a una mujer que denunció varias agresiones sexuales. “¿Cerró bien las piernas?”, “¿cerró toda la parte de los órganos femeninos?” son las cuestiones que la jueza le dirigió durante la comparecencia de la presunta víctima tras interponer la denuncia, según el colectivo.
“La mujer, atónita, solo pudo responder que sí”, afirmó su presidenta, Blanca Estrella Ruiz, que insistió en que durante toda la declaración judicial la magistrada mostró “una clara y manifiesta predisposición de incredulidad hacia el testimonio de la denunciante”.
Palabras similares fueron las pronunciadas por un tribunal de Alberta (Canadá) que en septiembre de 2014 preguntó a una presunta víctima de violación por qué no había mantenido “las rodillas juntas” o se había retirado del lugar. La Corte de Apelaciones ordenó la reapertura del caso porque el juez se basó en estereotipos.
“Debes perdonar” al violador
La decisión sobre la repetición del juicio en Canadá es una de las sentencias incluidas en los Premios Género y Justicia de la organización Women's Link que evalúa aquellos pronunciamientos positivos y negativos para la igualdad. Entre los segundos incluye también las palabras de un juez de Indiana (Estados Unidos) que condenó a ocho años de detención domiciliaria al esposo de Mandy Boardman por drogarla y violarla durante tres años. La pena sorprendió a la opinión pública y fue calificada de “insuficiente”.
La mujer, que se enteró al descubrir los vídeos que había grabado con su móvil su marido agrediéndola, tal y como contó en varios medios de comunicación, ha relatado que en un determinado momento el magistrado le esgrime en la vista pública: “Debes perdonarlo todo y seguir adelante”. Según Women's Link, el acusado permanece actualmente encarcelado por incumplimiento de los términos de su detención domiciliaria.
“No tienes cara de maltratada, ¿qué quieres?, ¿los papeles?”
Es la frase que Raquel (nombre ficticio) tuvo que escuchar de su abogada diez minutos antes de entrar a un juicio por violencia de género. La experiencia de esta mujer dominicana es una de las que incluye Amnistía Internacional en el informe '¿Qué justicia especializada?', en el que la organización denuncia cómo hay mujeres que son acusadas por el sistema judicial de instrumentalizar su condición de víctima para conseguir la autorización de residencia. Es lo que se ha dado en llamar “doble discriminación” de mujeres extranjeras sin residencia legal víctimas de violencia de género.
La violó “por accidente”
Son las palabras que Ehsan Abdulaziz pronunció en diciembre de 2015 ante el tribunal de Southwark Crown (Inglaterra), que acabó exculpándole de un delito de violación. Según la sentencia, este millonario saudí fue absuelto argumentando que se cayó de manera accidental sobre la presunta víctima, una chica de 18 años, y la penetró sin querer porque su pene “asomaba” fuera del pantalón.
Ella dormía en su casa porque había sido invitada por el hombre junto a otra amiga al salir de un bar. El relato de la joven, sin embargo, es diferente. Ella afirma que despertó de madrugada y el hombre le estaba agrediendo sexualmente. El juzgado avaló que el ADN encontrado dentro de la joven acabó ahí “por accidente” y el semen en sus manos procedía de las relaciones consentidas que había mantenido previamente con la otra joven.
“Bochornoso espectáculo de la prostitución”
El Juzgado de Instrucción nº9 de Palma de Mallorca emitió una sentencia en 2007 en el que desestimaba el recurso interpuesto por Beauty Solomon. Esta mujer nigeriana, que entonces ejercía la prostitución, había denunciado a dos agentes de la Policía Nacional por insultos y agresiones que probó con un parte médico. El juez lo desestimó y argumentó que la policía estaba ejerciendo sus funciones “que no tienen otro objeto que impedir el bochornoso espectáculo de la prostitución en la vía pública”.
Cinco años más tarde el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó al Gobierno español por no investigar “con seriedad y efectividad” los hechos denunciados. España fue condenada a indemnizar a Solomon con más de 30.000 euros.
“Zorra” no es un insulto
La palabra “zorra”, dice la Audiencia Provincial de Murcia en una sentencia de 2011, “no se utilizó en términos de menosprecio o insulto, sino como descripción de un animal que debe actuar con especial precaución”. El juez anuló la condena de prisión que un juzgado de Cartagena había dictado contra un hombre por un delito de amenazas contra su mujer. El magistrado rebajó la pena a ocho días de localización permanente y una orden de alejamiento. El hombre ya había sido condenado anteriormente por malos tratos.
En la sentencia afirma que el acusado no vertió “ninguna expresión que proyectase desprecio o menosprecio a la dignidad de la mujer o fuera expresivo de una posición de dominio o exigente de sumisión”. Por ello, no calificó el delito de violencia de género. El hombre, y así se recoge en la sentencia, había manifestado a su hijo “que le dijera a su madre que como la justicia no hacía nada se la iba a tomar por su mano, que la vería en el cementerio, en una caja de pino, y que saldría por televisión, que lo juraba por el sol”.