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Los 47 millones de Amelia Valcárcel

Un momento de la manifestación que se ha celebrado esta tarde en Madrid, convocada por la Federación Plataforma Trans, a favor de la Ley Trans y para exigir su tramitación
2 de diciembre de 2022 22:48 h

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El sábado 12 de noviembre, El País publicó una tribuna de opinión con el título “Ley Trans: 47 millones de afectados”, encabezada por Amelia Valcárcel y suscrita por Mari Cruz Almaraz, María Asensio, Silvia Carrasco, José Errasti, Isabel Esteva, Laura Freixas, Alicia Miyares, Marino Pérez-Álvarez y Lluis Rabel.

La lectura de dicha tribuna de opinión me produjo una enorme perplejidad, porque tuve la sensación de que la Ley Trans que yo había leído no era la misma que habían leído las y los autores de la mencionada tribuna.

Es obvio que toda ley aprobada por las Cortes Generales afecta no solo a todos los ciudadanos y ciudadanas del Estado, sino también a los que, sin serlo, residen de manera más o menos permanente o transitoria en el territorio del mismo. Cualquier ley aprobada por las Cortes Generales afecta, por tanto, a más de 47 millones de personas. En la temporada alta de turismo hay decenas de millones de personas que se suman a los 47 millones afectadas por las leyes aprobadas por las Cortes Generales. En esto la Ley Trans no se diferencia de ninguna de las demás leyes que integran el ordenamiento jurídico del Estado.

El problema para evaluar una ley aprobada por las Cortes Generales no es el de si afecta o no a toda la población, sino cómo afecta. No es el 'si' sino el 'cómo' lo determinante para hacer un juicio sobre el impacto de la norma en la población.

Hay normas que imponen determinadas conductas. Las normas tributarias, por ejemplo. O las normas que regulan la circulación. O las normas relativas a la educación básica. O las normas urbanísticas. Y muchas más. Cada ciudadano o ciudadana o cada residente en el territorio del Estado se ve obligado al cumplimiento de tales normas y, por lo tanto, la afectación de la norma es máxima. 

Pero la mayor parte de las normas no afectan a los destinatarios de la misma de esta manera. La mayor parte de las normas definen un marco para el ejercicio de la autonomía personal por parte de cualquier residente dentro del territorio del Estado. Todos tenemos derecho a entrar y salir libremente del territorio del Estado, pero nadie se ve obligado a moverse del lugar donde reside. 

Los ciudadanos y ciudadanas somos titulares de derecho en condiciones de igualdad. En esto consiste la “igualdad constitucional”. Pero cada uno puede ejercer los derechos de los que es titular de la manera que le parece apropiado. Todos somos iguales en la titularidad, pero cada uno es diferente en el ejercicio. 

La igualdad no está en la Constitución para que todos seamos iguales, sino para que cada uno tenga derecho a ser diferente. El DERECHO es posible por la igualdad, pero vive de la diferencia. 

Este derecho a la diferencia encuentra su máxima expresión en el ordenamiento jurídico en las normas relativas a la “identidad personal”. ¿Yo qué quiero ser? ¿Puede el Estado imponer a cada individuo que vive en su territorio la identidad con que va a ser reconocido o, por el contrario, es cada individuo el que tiene que tener el derecho a definir su propia identidad? Aunque esa imposición de identidad se haga a través de las Cortes Generales mediante ley. ¿No debe prevalecer en este terreno de la identidad personal la voluntad individual sobre la voluntad general del Estado? ¿No tiene, en una sociedad democrática construida con base en el principio de igualdad, cada individuo el derecho a la autodeterminación personal, a definir la identidad con la que quiere ser reconocido y con la que quiere interactuar con los demás?

Por razones históricas que no son difíciles de entender, ha sido en el terreno de la identidad sexual en el que se ha acabado centrando el debate acerca del contenido y alcance del derecho a la autodeterminación. ¿Quién decide: el Estado o el individuo?

En el ejercicio del derecho al matrimonio fue donde se suscitó el conflicto con mayor impacto social. Conflicto que todavía está vivo en buena parte del mundo, pero que ha sido resuelto en casi todas las democracias dignas de tal nombre. De manera que parece definitiva e irreversible.

La Ley Trans viene a dar un paso más en la dirección de lo que supuso la ley que posibilitó la autodeterminación de la identidad personal en el ejercicio del derecho al matrimonio. Es un paso más en la lucha contra la DISCRIMINACIÓN. A nadie se le impone nada. A cada individuo se le permita que ejerza el derecho a autodeterminarse de la manera que él entiende que es. Y que ese ejercicio de autodeterminación sea reconocido por la sociedad. 

Del ejercicio del derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo se ha hecho uso de manera pacífica sin que se haya producido alteración de la convivencia. Todo lo contrario. España es una sociedad mejor desde que ese derecho está pudiendo ser ejercido. 

Esto mismo es lo que se pretende con el todavía “Proyecto de Ley para la Igualdad real y efectiva de las personas Trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI”. El Proyecto de Ley no obliga a nadie. En este sentido no afecta a 47 millones de personas. Simplemente posibilita que personas a las que no se reconoce su libertad para autodeterminarse y están siendo discriminadas de múltiples formas por ello, dejen de estarlo. 

Dentro de unos años el debate sobre la Ley Trans que está teniendo lugar nos parecerá absurdo, como ha ocurrido en el pasado con los debates sobre las discriminaciones en este terreno. Anticipo que esta Ley no tardará mucho en tener que ser reformada, porque los términos en que tenemos fijada ahora mismo la frontera en el ejercicio del derecho a la autodeterminación de la identidad sexual será desbordada por la realidad. Está siendo ya desbordada por la realidad.

La batalla de las autoras de la tribuna de opinión publicada en El País es una batalla perdida. Está dificultando la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley y es posible, incluso, que consigan reducir algo el alcance de la misma. Pero lo que el Proyecto de Ley representa se acabará abriendo paso más pronto que tarde. Únicamente habrán conseguido, de frenar la aprobación del Proyecto de Ley en los términos en que ha sido enviado a las Cortes, prolongar la discriminación durante algún tiempo y seguir provocando dolor y frustración en las personas trans y LGTBI, pero nada más. 

Termino como terminé en mi entrada del 28 de junio de 2021, “A propósito de la Ley Trans”: “Sr. Presidente del Gobierno, el PSOE está a punto de quebrar una trayectoria ininterrumpida que no tiene parangón en este país en lo que al reconocimiento e impulso de la dignidad personal, libre desarrollo de la personalidad y autodeterminación individual se refiere”. En mi opinión, debería evitar que esa quiebra se produzca.

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