Un juzgado identifica como propietario del tranvía de Jaén al Ayuntamiento en un sentencia
El juzgado número 2 de lo Contencioso Administrativo de Jaén ha condenado al Ayuntamiento de esa capital a pagar 346,10 euros a un particular por los daños sufridos por su motocicleta en un accidente ocurrido en agosto de 2011. Hasta ahí un procedimiento habitual de responsabilidad civil. Pero el vehículo y su ocupante cayeron a causa del mal estado de un adoquín del tranvía, la infraestructura que sostiene uno de los tensos ejes de relación entre la Junta y el Ayuntamiento jiennense.
El juez solo condena al pago de la reparación del vehículo, desestimando la indemnización cercana a los 900 euros que pedía el demandante, lo novedoso es que responsabilice al Consistorio que siempre ha rechazado la titularidad sobre el tranvía. Inicialmente, el denunciante reclamó al Ayuntamiento una compensación que le fue negada porque “no era ajustada a Derecho”, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso eldiario.es/Andalucía. Así pues, estableció el recurso contencioso administrativo contra la Administración local, pero también contra la UTE (Unión Temporal de Empresas) Tranvía de Jaén, la UTE Dirección de Obra Tranvía de Jaén, la Consejería de Fomento y Vivienda, la aseguradora HDI Hannover International y la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía.
Durante el proceso las partes han ido argumentando razones para eximir su responsabilidad. La Junta de Andalucía justificó que el accidente ocurrió en agosto de 2011, cuatro meses después de que el Ayuntamiento recepcionara las obras, lo que ocurrió en abril de ese mismo año. A este mismo argumento se acogió la aseguradora de la institución y la Agencia de la Obra Pública de Andalucía.
Titular de las obras
Las dos UTEs argumentaron que no existe “nexo causal” entre su actuación y lo ocurrido. La letrada municipal, por su parte, se acogió a que la responsabilidad es de la Junta de Andalucía “por ser la titular de las obras llevadas a cabo como consecuencia del sistema tranviario”, aunque precisó que en caso de que se estimara su responsabilidad sería la compañía Mapfre la encargada de satisfacer la indemnización. Esto último es lo que ha ocurrido.
En sus fundamentos de Derecho, el juez entiende “debidamente acreditado que en la fecha del accidente, 27 de agosto de 2011, las obras del tranvía estaban recepcionadas por el Excmo. Ayuntamiento de Jaén en fecha 18 de abril de 2011”. Fuentes municipales han asegurado no tener constancia de la sentencia, fechada el pasado 11 de febrero, pero que acatarán lo que diga la Justicia. En este caso el pago de los daños, dado que no cabe recurso contra el fallo judicial.
No obstante, para las mismas fuentes, que un tribunal entienda probada la recepción de las obras por parte del consistorio no es determinante. Desde la toma de posesión, en junio de 2011, el alcalde –José Enrique Fernández de Moya (PP)- ha insistido repetidamente en que el tranvía no es propiedad municipal. Suele referirse a este medio de transporte como “la criatura” de la Junta. Incluso el pasado mes de julio entregó las llaves de las cocheras donde permanece guardado en el Palacio de San Telmo, escenificando así la devolución de un servicio en el que, aún antes de ganar las elecciones, Fernández de Moya ya presumía que no iba a utilizar nunca.
La confrontación con la Junta
El tranvía ha sido uno de los ejes de la confrontación entre el Ayuntamiento y la Administración autonómica. El primero, apoyado en su colapso financiero, lo mantiene paralizado mientras la infraestructura sigue degradándose. Ha habido algunos contactos para buscar una salida, pero han terminado sin acuerdo por lo que la inversión realizada –alrededor de 120 millones de euros- se ha convertido en un referente de las relaciones bloqueadas entre el gobierno local y el autonómico.
Un enfrentamiento que se vive en otros escenarios aún más sensibles, como la atención a la dependencia. Lo mismo que las llaves del tranvía llegaron al Palacio de San Telmo, el pasado mes de diciembre el Ayuntamiento renunció a la prestación de este servicio tras denunciar el convenio que lo regula. Por lo pronto, en esta materia también hay una sentencia judicial que obliga al Ayuntamiento mantener la prestación mientras se resuelve el recurso contencioso-administrativo para dirimir a quien compete.