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El derecho de asilo copa el 60% de las peticiones de los internados en el CIE Algeciras en los dos últimos años

APDH-A se concentra en Algeciras para exigir el "cierre definitivo" del CIE de La Piñera

Javier Ramajo

Pese a que el Gobierno español defiende que el objetivo de la privación de libertad en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de inmigrantes en situación documental irregular es la expulsión, muchos de ellos son encerrados hasta un máximo de dos meses para nada (el 70% no son deportados) y otros muchos quizás no debieron ser internados al ser susceptibles de ser solicitantes de asilo. Según una respuesta del Ejecutivo a una pregunta escrita de la senadora andaluza Maribel Mora (Unidos Podemos), de las 152 quejas, peticiones o sugerencias interpuestas en 2015 y 2016 por parte de los inmigrantes internados en el CIE de Algeciras, 89 de ellas se referían a solicitud de protección internacional.

La Ley 12/2009 Reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria en España reconoce la condición de refugiado a toda aquella persona que tenga un temor fundado a ser perseguida en su país por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual. Es decir, un 58,55% de las peticiones de los internados en el CIE de Algeciras solitaron que se iniciara un trámite en ese sentido.

Vimos hace apenas tres meses cómo un juzgado de Málaga encerraba en el CIE de Tarifa a 20 solicitantes de asilo, desoyendo la recomendación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), que advirtió de que la decisión de internar a los solicitantes “no iría en línea” con la mencionada Ley de Asilo. De hecho, días después fueron liberadas al admitirse a trámite sus solicitudes de protección internacional. Este periódico ya informó que el 70% de quienes pasaron por los CIE de España no fueron deportados.

La privación de libertad a personas solicitantes de asilo podría estar vulnerando derechos fundamentales y contraviniendo acuerdos internacionales en materia de derecho internacional humanitario, establecidos por ejemplo en el artículo 18. 1 de la citada ley, referido a la suspensión de cualquier proceso de devolución, expulsión o extradición que pudiera afectar al solicitante, ni tampoco con el espíritu del artículo 33.1 de la Convención de Ginebra de 1951.

Precisamente este mismo viernes, el coordinador del equipo jurídico de Andalucía Acoge, José Luis Rodríguez Candela, hacía mención en Twitter a otra decisión judicial, también en Málaga, que decreta el internamiento de inmigrantes sin atender a su condición:

Asistencia humanitaria en lugar de privación de libertad

Según considera Maribel Mora, las personas que se internan en los CIE de Algeciras, en el caso de las mujeres, y Tarifa, provienen en su gran mayoría de pateras, muchas de las mujeres son potenciales víctimas de trata, tal y como lleva reflejando la sociedad civil y se apunta en los informes anuales la Defensoría del Pueblo. “Muchos subsaharianas que posteriormente no podrán ser expulsados”, comenta a este periódico.

Mora añade que en muchos de los países de procedencia “existen cruentos conflictos armados o no son países seguros por la violación sistemática de derechos humanos, o no existen convenios de repatriación con ellos”. “Es decir, estamos internando a personas que no debieran ser internadas sino protegidas y que son inexpulsables”. “¿Cómo es posible que, si el internamiento es para llevar a cabo una expulsión, se esté internando a personas que no van a poder ser expulsadas?. Se usa el internamiento no para expulsar sino para documentar, lo que además de contradecir la Ley,

“Lo lógico es que hubiera muchas más peticiones de protección  internacional o asilo. Lo que debemos preguntarnos es qué falla”, añade Mora, que detalla también que “no existe convenio con el Colegio de Abogados de Cádiz para que los internos tengan un servicio de asistencia jurídica como establece el Reglamento de los CIE, y que la asistencia de interprete es muy deficiente, algo que es muy importante para cuestiones como garantizar el derecho a asistencia médica o el derecho de defensa”.

“No tiene sentido seguir internando en los CIE de frontera a personas que provienen de pateras, naufragios, víctimas de trata o menores. El modelo de CIE ha fracasado en el estado español como así lo ha reconocido el propio Ministerio del Interior”, concluye. 

De países “de acreditada inestabilidad”

Por otro lado, y según explica Jesús Mancilla, miembro del equipo jurídico de Andalucía Acoge, “las cifras denotan una realidad clara, y es que se sigue procediendo de forma generalizada al internamiento de personas susceptibles de solicitar protección internacional. Cabe recordar que el internamiento en el CIE es propuesto por la Policía Nacional, la cual en estos casos incumple lo que su propia normativa interna recoge, como es el caso de la Circular núm. 6/2014, de 11 de julio, de la Dirección General de la Policía, sobre criterios para solicitar el ingreso de ciudadanos extranjeros en los centros de internamiento, que señala la obligación antes de proponer el internamiento de consultar el listado de países de riesgo que proporciona ACNUR. Está claro que este aspecto no se cumple, pues diariamente encontramos personas procedentes de países de acreditada inestabilidad, como son República Democrática del Congo, República Centro Africana, Sierra Leona o de la propia Sudán del Sur, por poner un ejemplo”.

“La información sobre derechos que se presta en el CIE resulta totalmente insuficiente. Encontramos panfletos informativos desfasados o incompletos (por ejemplo, no se recoge la posibilidad de elevar queja al Juzgado de Control), y la información sobre protección internacional en la mayoría de los casos no se da por juristas expertos en la materia, sino por personal no cualificado, con todas las complicaciones que ello conlleva”, señala.

Mancilla comenta a este periódico que “son muchos los prejuicios que las personas internas tienen respecto a la protección internacional, bien porque piensan que si la piden no van a poder salir del CIE o que van a ser encerrados en un lugar parecido; o bien porque quieren pedirlo en otro país europeo y prefieren esperar a estar en libertad, desconociendo que pueden ser expulsados en cualquier momento; o porque piensan que si lo piden en España luego no podrán irse a vivir a otro Estado de la Unión Europea, criterios todos ellos erróneos que establecen una barrera difícilmente franqueable, a la cual no ayuda las condiciones en las que se encuentran en el CIE”, añade Mancilla.

Andalucía Acoge exige “respeto de la normativa internacional, que establece que cuando una persona solicita asilo debe paralizarse el procedimiento de extranjería”. “Por tanto, no debe procederse al internamiento de personas susceptibles de acogerse a la protección internacional o, en caso de estar ya en el CIE, proceder a su liberación y conducción a organismos especializados”.

Para Carlos Arce, responsable del área de Inmigración en la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, habría que precisar cúantas de esas peticiones son admitidas a trámite, abogando por conocer el contenido de las solicitudes y su resolución final. “En cuanto la admiten a trámite, al internado se le debe poner en libertad”, añade. El Gobierno no ofrece detalles en ese sentido, fruto de la “opacidad absoluta” en los CIE españoles ya que toda la información se debe obtener “a través de preguntas parlamentarias, de fórceps” que, por otro lado, evidencian la “poca calidad del sistema de asilo en España”.

Desde Andalucía Acoge, en cualquier caso, se propone que se acabe con la práctica de detención e internamiento en los CIE, aplicando en su lugar “otras medidas cautelares respetuosas con el derecho fundamental a la libertad, tal y como se recoge en la Ley de Extranjería”. Por ello, apunta la presidenta de la feredración, Elena Tajuelo, “no podemos permitir la construcción de ningún CIE más ni que se mantengan los existentes”.

Peticiones “debidamente atendidas”, según el Gobierno

La senadora de Unidos Podemos se había interesado por cuántas quejas, peticiones o sugerencias se interpusieron en el año 2015 y 2016 por parte de los internos del CIE de Algeciras, asi como el desglósese según destinatario y materias. El resto de escritos rellenados por los inmigrantes se dirigieron al juez de control (19), a la directora del CIE (23), a otros juzgados (19) y al Defensor del Pueblo (3), entre otros destinatarios.

El Gobierno defiende que los internos son apoyados por intérpretes del CIE, por monitores de Cruz Roja, insistiendo en que las quejas y peticiones son “debidamente atendidas” y remitidas a los organismos administrativos o judiciales correspondientes. También argumenta que el interno recibe una hoja autocopiativa en la que consta número y fecha de registro, incorporándose al lbro-registro de peticiones, quejas y sugerencias, defendiendo que la dirección del CIE se ajusta a lo previsto para garantizar el derecho de los internos a formular las cuestiones que entiendan necesarias, con buzones habilitados en los patios de los internos.

Maribel Mora había puesto en duda la libertad de los internos para presentar sus escritos ya que “hay una cámara justo al lado del buzón lo que impide el anonimato real”. Esa circunstancia, según el Ejecutivo, “no ha suscitado controversia alguna”. La senadora también aludía a que los internos no disponen de lápiz ni bolígrafo para escribir y deben pedir a un policía bolígrafo para poder redactar la queja y la persona debe rellenarla en presencia del policía ya que se considera elemento peligroso el bolígrafo. El Gobierno indica que los bolis fueron usados en el pasado para agresiones entre los internos o para infligirse autolesiones, por lo que “su utilización está controlada” pero “nunca para un control directo del contenido de la queja o petición”.

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