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El Constitucional pide anular la condena a la exministra Magdalena Álvarez por prevaricación en el caso ERE

La ex consejera de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, Magdalena Álvarez, llegando al juicio del caso ERE en la Audiencia Provincial de Sevilla, a 19 de noviembre del 2019

EP

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El Tribunal Constitucional (TC) estudiará la próxima semana el borrador de una sentencia que propone anular la condena de nueve años de inhabilitación impuesta a la exministra socialista y exconsejera de Economía de Andalucía, Magdalena Álvarez, por un delito de prevaricación en el caso de los ERE.

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press señalan que la ponencia, a cargo de la vicepresidenta del tribunal, la magistrada Inmaculada Montalbán, coincide con el criterio de la Fiscalía y plantea que estime el recurso de Álvarez en lo relativo al delito de prevaricación. El Pleno del TC tendrá que votar a partir del 18 de junio si apoya o no la redacción propuesta. El pleno del Constitucional se ha reunido y deliberado su postura cuatro días después de que Álvarez reapareciera en público junto al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en un mitin electoral en Benalmádena (Málaga).

“Aquí está Magdalena”, dijo Sánchez, poniendo a la ex ministra como ejemplo del “vil ataque de la derecha durante muchos años”. Era el primer guiño de reconciliación del secretario general del PSOE y presidente del Gobierno a una de las ex dirigentes del socialismo andaluz, condenados en bloque por el fraude de los ERE, incluidos los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán. El saludo a Álvarez fue aplaudido por los asistentes al mitin, en el que también estaba presente la esposa de Sánchez, Begoña Gómez, recién citada a declarar por un juez como imputada en un supuesto caso de corrupción.

“Un problema constitucional”

A principios de año trascendió que el Ministerio Público había informado a la corte de garantías de que la eventual revisión de penas de los ERE solo debía afectar al delito de prevaricación “en relación con la elaboración y aprobación de los anteproyectos de ley de presupuestos” de Andalucía y su remisión al Parlamento autonómico.

Para la Fiscalía, en este extremo tanto la Audiencia Provincial de Sevilla como el Tribunal Supremo hicieron una interpretación excesiva del delito de prevaricación por tratarse del ejercicio de la iniciativa legislativa.

Las fuentes consultadas precisan que la cuestión constitucional que plantea la condena de Álvarez es si la aprobación del proyecto de ley de presupuestos –luego aprobada como ley– podía haber sido o no juzgada por un juez penal y calificado como acto administrativo injusto.

Dichas fuentes insisten en que este será uno de los puntos del debate porque se estudia si el juez en cuestión tenía que haber planteado una cuestión de inconstitucionalidad ante el propio TC si albergaba dudas sobre la legalidad de ley en lugar de declarar ilegal la norma.

El Constitucional abordará el caso de Álvarez tras casi un año y medio de estudio. Los magistrados admitieron a trámite el recurso de amparo al entender que tiene especial trascendencia constitucional porque plantea “un problema constitucional que incide en derechos fundamentales sobre el que no hay doctrina del tribunal y porque suscitan una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social y tienen unas consecuencias políticas generales”, según ha apuntado este lunes el tribunal en una nota informativa.

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