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El juez Martín rechazó hace un año que el Ministerio aclarara en persona si las ayudas de los ERE tenían marco legal

El juez de los ERE abre una nueva macrocausa por transferencias de financiación

Javier Ramajo

Hace un año que las dudas que han envuelto el caso de los ERE en las últimas semanas, desde que el Gobierno central reconociera al juzgado que usa concesión directa en ayudas laborales como la Junta, sin concurso ni publicidad, como adelantó este periódico, podrían estar ya algo más resueltas. Álvaro Martín, el juez que terminó de instruir el caso como continuidad a Mercedes Alaya, desechó en septiembre de 2016 la declaración del director general de Empleo del Ministerio, Javier Thibault, que firma el novedoso informe que ha llamado la atención a muchas partes que hasta ahora no habían advertido la similitud en los procedimientos de concesión de ayudas por parte de Gobierno central y Junta de Andalucía.

El juez no argumentó siquiera el hecho de desestimar la comparecencia de Thibault como perito-testigo, es decir, como experto en la materia, no como investigado, por si podría simplemente arrojar algo de luz acerca de una cuestión que varias defensas vienen reclamando desde hace ya muchos meses. “No ha lugar a lo solicitado al no ser objeto de la presente causa”, dijo contundentemente en una providencia de tres líneas emitida el 19 de septiembre de 2016 a la que tuvo acceso este medio.

La intención de una de las defensas era que Thibault acudiera al juzgado de Sevilla, junto al subdirector general Juan Manuel Gutierrez y la vicesecretaria general técnica Raquel Peña, para “corroborar” que las ayudas concedidas por la Junta “se ajustaron” a la norma ministerial de 1995, según era la intención de la defensa, bajo un argumento que ha empezado a calar entre otras defensas: solo era necesario pedir la ayuda y una memoria que lo justificase.

Otro cantar es que luego determinados ERE incluyeran 'intrusos' u otras irregularidades, como así se viene investigando, pero lo que es el procedimiento, el “particularísmo” que el propio Martín dijo en el auto de procesamiento de la 'pieza política', era el mismo que usaba y usa el Estado. Si era o no legal se deberá ver en el juicio, incluso en las cuestiones previas al mismo según están barajando ya algunas defensas. “La Dirección General resolvía directamente sobre la concesión de las ayudas, condicionada la disponibilidad presupuestaria existente”, ha sentencido Thibault ahora ante el juzgado.

A falta de este alto cargo del Gobierno de Rajoy, las personas que ahora podrán aclarar algunas de estas cuestiones, relativas precisamente a ayudas cofinanciadas entre Gobierno y Junta como lo fueron algunas a la Faja Pirítica de Huelva, será una de sus antecesoras en el cargo: la directora general de Trabajo del Gobierno español entre 1991 y 2004, Soledad Córdova, la misma que gestó junto al expresidente Griñán, ministro en los 90, la normativa de ayudas a trabajadores. Según fuentes cercanas al caso, Córdova está dispuesta a “explicarlo todo” ante la jueza Núñez Bolaños.

La instrucción iniciada por Mercedes Alaya siempre ha mantenido que Andalucía “desarrolló el sistema propio de ayudas sociolaborales”, “sin acogerse al procedimiento de tramitación a través de la Seguridad Social” y con “ausencia del procedimiento legal de subvenciones”. Alaya partió de la premisa de que la Junta no era competente para otorgar ninguna ayuda sociolaboral y, aunque el Supremo entendió que la Junta podía dar esas ayudas a pesar de que pudiera haber errores procedimentales, toda la instrucción parte de esa presunta ilegalidad, que vendría avalada por el legislador desde 1994 y 1995, según mantienen varias defensas.

La Fiscalía tampoco creyó que fuera pertinente aclararlo

¿Existía un marco legal que amparaba a la comunidad autonóma de Andalucía para otorgar ayudas sociolaborales a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas? A la pregunta, que podría aclarar Córdova o la exsecretaria general de Empleo Carmen de Miguel García que también declara este martes, tampoco parece haber querido dar respuesta la Fiscalía Anticorrupción, que no se ha mojado recientemente sobre si las ayudas de los ERE tenían un marco legal estatal.

Los fiscales respondieron hace unas semanas, ocho meses después, a un escrito conjunto de varias defensas que argumentaba que la Junta tenía competencia para otorgar las ayudas investigadas, evitando que se hiciera “un pronunciamiento expreso” en la pieza principal de la causa e invitando a que la valoración de su argumento se practicara “particularmente en cada pieza separada”. “Si el procedimiento no era ilegal, tampoco lo eran las ayudas”, vienen sosteniendo.

Aquel breve escrito de la Fiscalía señaló, muy al estilo de lo determinado por el juez Martín para rechazar la testifical de Thibault, que las diligencias de instrucción solicitadas “no deben ser acordadas por no ser pertinentes para el objeto de las presentes actuaciones”. La duda in situ de un abogado de la defensa, sobre las ayudas de la Faja confinanciadas por ambas administraciones, fue considerada “impertinente” por la jueza Alaya, como se puede comprobar de un diálogo en su despacho judicial.

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