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El Parlamento rechaza recurrir al TC la ley hipotecaria por los bienes de la Iglesia
La Mesa del Parlamento ha decidido no admitir a trámite la propuesta registrada por IULV-CA para la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 206 de la Ley Hipotecaria (relativo a la inmatriculación de fincas de la Iglesia católica en el registro civil) por “vulneración” tanto de la Constitución como del Estatuto de Autonomía.
En su propuesta de interposición de recurso, Izquierda Unida planteaba que dicho precepto de la Ley Hipotecaria supone una vulneración de los artículos 9, 14 y 16 de la Constitución española y del artículo 14 (prohibición de discriminación) del Estatuto de Autonomía de Andalucía, “resultando afectada la comunidad autónoma en la propiedad y administración de sus bienes patrimoniales y de dominio público”, en función de lo establecido en los artículos 36 y 47 del texto estatutario.
Como se recordará, el pasado jueves, la diputada de IULV-CA Alba Doblas preguntó en el Pleno del Parlamento al consejero de Presidencia, Manuel Jiménez Barrios, sobre las medidas que piensa tomar el Gobierno andaluz para promover la declaración de inconstitucionalidad de la Ley Hipotecaria en lo relativo a las inmatriculaciones de la Iglesia católica, --como el caso de la Mezquita de Córdoba--, tras la aprobación de una propuesta de resolución en esta materia en el pasado Debate sobre el Estado de la Comunidad.
Según Doblas, la vigente Ley Hipotecaria, “procedente de la dictadura franquista”, permite la inscripción masiva de bienes inmuebles a nombre de la Iglesia católica “sin respetar las mínimas garantías de legalidad y a través de un procedimiento claramente inconstitucional”.
Un procedimiento que, a juicio de IULV-CA, equipara a la Iglesia católica con el Estado, la provincia, el municipio y las corporaciones de Derecho Público a la hora de facilitar la inscripción, “lo que ha supuesto la apropiación por la Iglesia del patrimonio de todo el pueblo andaluz”.
Según apunta Doblas, en muchos casos se ha hecho sin conocimiento de los poderes públicos, pero en otros contando con la pasividad de los mismos, por lo que, en virtud de lo establecido en el artículo 47 de nuestro Estatuto de Autonomía, se hace necesaria la actuación del Gobierno para su protección.
Por su parte, el consejero de Presidencia, Manuel Jiménez Barrios, aseguró ante el Pleno que la Junta “llevará a cabo el mandato” del Parlamento autonómico para adoptar todos los “mecanismos políticos y jurídicos necesarios” para declarar la inconstitucionalidad de una norma tan “anacrónica y desfasada” como la Ley Hipotecaria de 1946 y cuya reforma se está debatiendo en estos momentos en el Congreso de los Diputados.
El consejero, que mostró el “rechazo” del Ejecutivo andaluz a que “en pleno siglo XXI” siga vigente una ley que “plantea muchas dudas de constitucionalidad” y que “equipara a diocesanos con fedatarios públicos”, valoró no obstante que el Gobierno de la Nación esté estudiando la reforma de esta ley hipotecaria en el Congreso, un trámite que, según ha apostillado, es el ideal para “hacer desaparecer la posibilidad de que la Iglesia utilice el procedimiento especial para la inmatriculación de los bienes”.