El Supremo tumba la protección contra el ladrillo en las playas y abre la puerta a ampliar chiringuitos en Andalucía
La anulación de los artículos del Reglamento de Costas que prohibían a los chiringuitos excavar un sótano en la arena o levantar más de una planta altera sustancialmente las reglas de juego en las playas españolas. Para los empresarios, es un triunfo que abre otra vez las puertas a equiparse con almacenes en el subsuelo. Los derrotados son el Gobierno, que ve cómo cae la protección que aprobó hace menos de dos años, y los ecologistas, que en la Costa del Sol llevan mucho tiempo batallando contra estas estructuras de hormigón insertas en la arena, y habían conseguido que la prohibición se recogiera en una norma que ahora queda invalidada.
“Nos parecía una norma desproporcionada. La recurrimos, porque la hicieron sin escucharnos y nos perjudicaba porque teníamos muchas concesiones autorizadas con sótano”, se felicita Manuel Villafaina, presidente de la Federación Andaluza de Empresarios de Playa: “Los sótanos dan calidad a las playas: así no se ven cajas de Coca Cola, cubos de basura…”. Calcula que “unos 20 o 30” chiringuitos (de los 500 que hay en Andalucía) podrían pedir ahora la autorización del sótano.
La norma ahora derogada los prohibía por su efecto erosivo sobre los arenales, que son dominio público, y se basaba en las previsiones de afección del cambio climático sobre la ribera del mar, especialmente sensible a la subida del nivel del agua. “Un chiringuito no erosiona absolutamente nada. Nunca nos explicaron cómo erosiona un sótano”, dice el empresario, que promete prudencia con la vía que ahora se abre. “No vamos a pedirlos en playas de 30 metros; sólo donde sean de 50 o 70, y el agua no llegue o no haga daño”.
La otra cara de la moneda son los ecologistas, que temen lo peor. “Si el Gobierno central no vuelve a sacar el Reglamento con la debida forma y en tiempo, los chiringuitos tienen vía libre”, lamenta Rafael Yus, que lleva años denunciando estas estructuras. Siempre ha defendido que tampoco con la norma nuevamente vigente deberían autorizarse los sótanos de hormigón, porque son estructuras no desmontables en espacio público.
Sin embargo, los ecologistas saben que sin prohibición expresa, tienen la batalla perdida. La Junta de Andalucía ignoraba sistemáticamente sus alegaciones y también los reparos del ministerio, hasta que los ecologistas malagueños consiguieron la modificación de 2022. “La clave va a estar en la actitud que tome la Junta. Si aprovecha para tramitar nuevos títulos o su revisión, o es prudente y espera”, observa Javier de Luis, portavoz Ecologistas en la Costa del Sol, donde se concentran un buen número de estas instalaciones.
Manga ancha de la Junta de Andalucía
A la vista de lo ocurrido hasta ahora, no hay razones para pensar que la Junta de Andalucía vaya a cambiar su criterio de tolerancia hacia los sótanos. Cuando entró en vigor de la norma que ahora se anula, un buen puñado de chiringuitos solicitaron a la vez autorización para ampliar superficie y construir sótano. Los ecologistas denunciaron que los sótanos ya estaban expresamente prohibidos y que había informe de Costas en contra. La Junta respondió que sí, pero que todo se había pedido justo antes de que se publicase la nueva norma, así que el sótano era válido. Los ecologistas creen que alguien filtró el contenido del Reglamento para que los empresarios registraran sus solicitudes sobre la bocina.
Otro antecedente, del que ha informado este medio esta misma semana: antes de conocer la sentencia del Tribunal Supremo, la administración andaluza validó el sótano del chiringuito Bikini, en Fuengirola, bajo el argumento de que se pidió con la normativa anterior a 2022, que ahora está nuevamente vigente.
También suele interpretar con manga ancha otros requisitos como el de que las instalaciones sean desmontables, algo imposible con un sótano de hormigón; la distancia a la orilla (70 metros en pleamar, algo que casi todos incumplen en Málaga); o la ocupación máxima de 200 metros cuadrados “salvo casos excepcionales debidamente justificados”. “Para la Junta, todos son excepcionales”, observa De Luis.
Este medio ha visto una decena de informes negativos emitidos a lo largo de los últimos años, por motivos que van desde la colocación de chiringuitos en reservas dunares hasta el exceso de superficie, la instalación de sótanos a nivel freático o, incluso, la instalación sobre un depósito de gas licuado con signos de corrosión. Fuentes de la Consejería admiten que ha habido al menos una treintena de discrepancias con Costas, pero subrayan su voluntad de entendimiento y que “siempre se han dado licencias conforme a la normativa vigente”.
El resultado es que muchos chiringuitos se expanden mediante instalaciones accesorias, hamacas y sombrillas hasta los 1.000 metros cuadrados, según los ecologistas. Volviendo al ejemplo del chiringuito Bikini: su proyecto contempla 440 metros cuadrados y está publicado en la web de sus arquitectos, si bien en este caso la Junta sí le ha apercibido para que corrija su extensión, al tiempo que daba el pase al sótano.
La relevancia política y económica de los chiringuitos
“Da la sensación que el Estado tiene que proteger el dominio público marítimo-terrestre, no solo frente a los especuladores, sino ante la propia Junta de Andalucía”, denuncia De Luis.
Los empresarios de playa son objeto de deseo político en Andalucía, especialmente para la derecha. No hay campaña electoral en la que no se hagan fotos con ellos, destacando su peso para la economía del turismo de sol y playa. “Somos seña de identidad y damos servicio”, defiende Villafaina. “Nos felicitan por nuestra economía. La gente viene a la Costa del Sol por el clima y la gastronomía, y el 90% visita los chiringuitos”.
Los ecologistas denuncian que esta cercanía se traduce en una actitud laxa, cuando no omisiva de las administraciones, y esta misma semana han presentado una denuncia ante Fiscalía contra la Directora General de Sostenibilidad y Cambio Climático, María López Sanchiz, y el consejero Ramón Fernández Pacheco, a los que imputan delitos de prevaricación, contra la ordenación del territorio y abuso de autoridad por ignorar sistemáticamente los informes negativos de Costas amparándose en una distribución de competencias confusa.
El Ministerio no aclara si recurrirá
La anulación es también un revés para el Ministerio de Transición Ecológica, que no aclara si recurrirá la sentencia. El Tribunal Supremo anunció este jueves que anula las normas introducidas por el Gobierno de Pedro Sánchez porque prescindió de hacer una consulta pública. Estima así un recurso presentado por la Plataforma de Afectados por el Deslinde de Costa Formentera.
Sin embargo, la votación en la Sala ha estado apretada: dos de los cinco magistrados han emitido voto discrepante, subrayando que la nulidad absoluta es desproporcionada. Argumentan que sí hubo una “intensa” participación pública. Presentaron alegaciones comunidades autónomas (Galicia, Andalucía, Cataluña, País Vasco, Comunidad Valenciana) y entidades ecologistas, y comentarios decenas de ayuntamientos, clubes de vela, asociaciones de fabricantes de conservas o de acuicultura, asociaciones de puertos deportivos y, también, federaciones de empresarios de playas, si bien en un momento posterior a la elaboración del proyecto.
Esto mismo sostienen fuentes del ministerio consultadas por elDiario.es: “En la tramitación de la modificación reglamentaria que ahora el Supremo anula se garantizó la total participación ciudadana: hubo una amplísima participación pública, abierta a toda la ciudadanía y comunicada a todos los potenciales afectados, y se estudiaron y tuvieron en cuenta las numerosas aportaciones recibidas”.
De momento, vuelve a regir el Reglamento tal y como lo redactó el Gobierno de Rajoy, en 2014. Esto significa vía libre a los sótanos y, también, la posibilidad de ampliar los plazos concesionales de los chiringuitos hasta los 75 años.
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