La consulta canaria se basa en la Ley de Participación apoyada por el PP en 2010
La consulta sobre las prospecciones petrolíferas convocada para el 23 de noviembre por el Gobierno de Canarias, formado por Coalición Canaria y el PSOE, se basa en la Ley de fomento de la participación ciudadana, que en 2010 fue aprobada por el Parlamento regional con el apoyo del PP y la abstención de los socialistas.
“El Gobierno podrá, a instancias del presidente, recabar la opinión de la ciudadanía sobre asuntos de interés general de competencia autonómica, mediante sondeos, encuestas o cualquier otro instrumento de participación ciudadana”, detalla el artículo 20 de esa norma, que desde junio ha sido desarrollado en dos decretos para hacer posible la consulta.
Dado que la autorización de las prospecciones petrolíferas es una competencia estatal, la pregunta fijada por el Gobierno de Canarias se enfoca en dos competencias autonómicas: “¿Cree usted que Canarias debe cambiar su modelo medioambiental y turístico por las prospecciones de gas o petróleo?”.
El reglamento que regula las consultas fue publicado el miércoles en el Boletín Oficial de Canarias y establece que podrán participar las personas jurídicas inscritas en el Registro de Participación Ciudadan y las personas físicas mayores de 16 años que tengan la condición política de canarios y que tengan su residencia legal en Canarias.
La opinión de la ciudadanía podrá recabarse mediante la formulación de una o varias preguntas directas, cuyo texto debe ser redactado de manera clara y sencilla y ser formulada de manera sucinta, inequívoca y fácilmente entendible.
A partir de la publicación de la convocatoria de la consulta y hasta el día anterior a la fecha fijada para la misma, el Gobierno puede realizar una campaña institucional para informar a la ciudadanía.
La participación en la consulta se puede hacer de forma presencial o por medios electrónicos y en éste último caso se exige estar inscrito en el Registro de Participación Ciudadana, cuya regulación también ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias.
Para la emisión de las respuestas de modo presencial, se habilitarán lugares específicos ubicados en las dependencias de los edificios y establecimientos públicos de la administración de la comunidad autónoma.
La ciudadanía podrá designar observadores para estar presentes durante el proceso de consulta en los lugares de emisión de las respuesta y el posterior recuento.
Añade el reglamento que para garantizar la regularidad y transparencia del proceso de consulta se deberá constituir una comisión de control paritaria integrada por seis personas, designadas por el presidente del Gobierno en representación de la Administración y entre las personas inscritas en el Registro de Participación Ciudadana.
La consulta no tendrá carácter vinculante pero el presidente del Gobierno elaborará un informe en el que recoja la valoración y efectos del resultado de la consulta, dará a cuenta de ello al Parlamento de Canarias y deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias y en el portal institucional de participación ciudadana.