El Cabildo de Gran Canaria da luz verde a la ordenanza que regulará las tasas de los puestos de la Cruz de Tejeda

Imagen de archivo de uno de los puestos de la Cruz de Tejeda.

EFE

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El Cabildo de Gran Canaria ha dado luz verde a la ordenanza fiscal que regulará la tasa por utilización privativa y/o aprovechamiento especial de los puestos de la Cruz de Tejeda por razones de interés general, y cuya aprobación final se dará en el próximo pleno de la corporación insular.

Esta nueva normativa tiene por objeto la regulación del régimen jurídico de los recursos de Derecho Público del Cabildo Insular de Gran Canaria, constituidos por estas tasas, en aras de fomentar la actividad comercial en el enclave, incentivar su atractivo turístico, impulsar una utilización racional de los puestos de venta, evitar cargas administrativas innecesarias y accesorias para las personas y simplificar y racionalizar la gestión de los recursos públicos, ha detallado este lunes el Cabildo en un comunicado.

Según ha argumentado la empresa pública Valora Gestión Tributaria, encargada de redactar la ordenanza, esta se adecúa a los principios de buena regulación y cumple la obligación de las administraciones públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Así, el documento destaca que, en virtud del principio de necesidad, cualquier ocupación del dominio público insular, sea cual sea la forma o el instrumento jurídico que se utilice, si se satisface un importe a la Administración, este tiene naturaleza de tasa, independientemente del nombre que se utilice, con las consecuencias que ello acarrea y la necesidad de aprobación de su correspondiente ordenanza fiscal reguladora.

Del mismo modo, abunda en que la norma está justificada por razones de interés general, ya que, actualmente, los puestos de venta y almacenes de la Cruz de Tejeda se localizan en un enclave turístico trascendental, dentro de la finca denominada Parque forestal Cruz de Tejeda, calificada en cuanto a su naturaleza jurídica, como bien de dominio público de servicio público.

Un lugar en el que confluyen a diario gran cantidad de visitantes y que está flanqueado por el Parador Nacional, todo ello dentro del entorno de la cumbre de la Isla, lo que constituye el epicentro geográfico de Gran Canaria y el punto de encuentro de la mayoría de los antiguos caminos reales que siguen siendo utilizados cada día por numerosos senderistas.

Por su parte, y de acuerdo con el principio de eficacia, esta disposición pretende conseguir impulsar la actividad comercial e incentivar el atractivo turístico de la zona, al poner “especial énfasis en el producto local y canario en general”.

Es por ello que se ha licitado el correspondiente expediente de concesión demanial de los puestos de venta, a excepción del número 2, que está adscrito al Patronato de Turismo de Gran Canaria, con destino a Oficina de Información Turística, y del número 1, cuya utilización también ha solicitado dicho organismo autónomo.

En lo que se refiere al principio de proporcionalidad, se destaca que la nueva ordenanza contiene la regulación imprescindible para garantizar una utilización racional de los puestos de venta y, asimismo, atendiendo al principio de seguridad jurídica, se ajusta y desarrolla en el ámbito de las competencias insulares.

En esta línea, la propuesta hace hincapié en que “esta norma obedece al principio de eficiencia”, puesto que “evita cargas administrativas innecesarias y accesorias” para las personas, y simplifica y racionaliza la gestión de los recursos públicos.

Por su parte, en virtud del principio de transparencia y con el objetivo de “mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas”, ha recordado que se ha publicado una consulta pública previa para recabar opiniones sobre la futura disposición normativa

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