El titular del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Las Palmas de Gran Canaria, Cosme López, ha condenado al director de CANARIAS AHORA y a la empresa editora del periódico a pagar una indemnización de 6.000 euros al presidente del Consejo de Administración de Inforcasa, propietaria de Canarias7, Juan Francisco García, por una intromisión ilegítima en el derecho al honor. La sentencia, dada a conocer este jueves, no es firme y será recurrida por los demandados ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.
Juan Francisco García solicitaba en su demanda el pago de una indemnización de 120.000 euros, la condena en costas, la publicación de la sentencia en CANARIAS AHORA, la retirada de todos los comentarios que consideraba ofensivos y la prohibición a los demandados a volver a atentar contra su honor en cualquier medio de comunicación presente o futuro. El juez, que ha estimado parcialmente la demanda, ha rebajado las pretensiones económicas a 6.000 euros, obliga a la retirada de los comentarios ofensivos de la hemeroteca del periódico y condena a los demandados a publicar la sentencia en CANARIAS AHORA. No hay condena en costas para ninguna de las partes y se rechaza la petición de prohibición de futuras intromisiones.
Los hechos, juzgados el pasado 20 de enero, tienen su origen en una serie de artículos de opinión, noticias y comentarios de los lectores de CANARIAS AHORA publicados con ocasión del proceso de renovación parcial de órganos de la Caja Insular de Ahorros de Canarias. La mayoría de las piezas que sirvieron para esta demanda también fueron utilizados en otra acción similar pero teniendo como demandante al periódico Canarias7. Este segundo juicio, celebrado el pasado día 9, está aún pendiente de sentencia y en él se admitió la reconvención (demanda contra demanda) del director de CANARIAS AHORA por unos artículos contra su persona y su familia en el periódico Canarias7.
En su sentencia, el magistrado hace referencia a esos artículos que dieron lugar a esa otra demanda del director de CANARIAS AHORA contra Canarias7. En concreto considera el juzgador que los artículos hacían referencia “a la conducta profesional y la vida privada y familiar de don Carlos Sosa” que, a su juicio, “mitigan los efectos de la intromisión y deben ser valorados a la hora de moderar la indemnización”.
El juez ha decidido en su sentencia descartar la mayoría de los artículos, noticias y comentarios que Juan Francisco García consideraba insultantes y difamatorios, pero ha dado esa consideración a otros calificativos y afirmaciones que no considera probadas, especialmente las que reflejaban al demandante como una persona “con carácter despótico y sin escrúpulos, al que se le compara con regímenes autoritarios y dictatoriales, como el régimen franquista o el Ministerio de Propaganda nazi, capaz de conseguir sus objetivos por cualquier medio”.
También resalta la sentencia que fueron punibles y no demostradas por los demandados las referencias a que Juan Francisco García “ha conseguido su capital a fuerza de amenazas, chantajes, fraudes políticos y económicos, o cuando se le acusa de manipular o inventar la información que publica en el diario que preside”.
Pese a solicitar la comparecencia de más de una docena de testigos para probar la veracidad de las afirmaciones que dieron origen a la demanda, el juez sólo admitió a la parte demandada el testimonio del redactor jefe de CANARIAS AHORA Alexis González.
Si bien el magistrado Cosme López no aprecia intromisión en las referencias hechas en CANARIAS AHORA a la querella presentada por La Caja en 2000 contra Juan Francisco García, particularmente en lo referido a los gastos de la boda de su hija pagados por la Obra Social de la entidad, sí le parecen ofensivos los comentarios en los que se atribuyen al presidente de Canarias7 aspectos como “el saqueo” de fondos o las presiones ejercidas para que aquella acción penal fuera retirada y finalmente sobreseída por los tribunales.