Canarias descarta por ahora el uso de test rápidos de antígenos para cribar a turistas
La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha publicado este lunes en el boletín oficial de la comunidad autónoma la resolución que fija las indicaciones de uso de los test rápidos de antígenos para la detección del virus SARS CoV-2. Estas pruebas diagnósticas, que tienen la ventaja de la inmediatez de los resultados (se obtienen en apenas 15 minutos), solo se podrán realizar, de momento, a pacientes que presenten síntomas compatibles con la COVID-19 desde hace cinco o menos días o a personas asintomáticas que hayan estado en contacto estrecho con un caso positivo confirmado.
La regulación autonómica sigue las directrices marcadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) a partir de la evidencia científica sobre la eficacia de estos test. Y es que, hasta la fecha, los estudios disponibles señalan que es en ese periodo de cinco días desde la aparición de los síntomas cuando esta técnica se revela especialmente precisa, con una sensibilidad (capacidad para identificar positivos) y una especificidad (porcentaje de verdaderos negativos) equiparables a las PCR.
Por tanto, la resolución del director general de Salud Pública del Gobierno de Canarias, Juan José Alemán, excluye por ahora el uso de los test rápidos de antígenos para cribar a los visitantes nacionales e internacionales a los que se les exige un certificado de prueba con resultado negativo para poder alojarse en los alojamientos turísticos reglados del Archipiélago. La técnica válida seguirá siendo la PCR.
En su comparecencia de la pasada semana para explicar la solución de urgencia que había tenido que adoptar el Gobierno regional para tratar de salvar la temporada de invierno sin comprometer la seguridad sanitaria en plena pandemia, la consejera de Turismo, Yaiza Castillo, manifestó la apuesta del departamento que lidera por los test de antígenos “o cualquiera que sea más fácil, cómodo, rápido” y que sea validado por las autoridades. También las aerolíneas y la patronal hotelera han expresado su interés por promover el uso generalizado de esta técnica de detección como salida para la crisis turística, por rapidez, coste (apenas cinco euros por kit) y facilidad de manejo (las muestras se extraen a través de hisopos que se introducen en la vía nasofaríngea y se depositan en un dispositivo que marca la infección con dos rayas y el negativo con una).
Sin embargo, los expertos en microbiología ya han advertido de que no son pruebas válidas para realizar cribados a asintomáticos ni para testar a personas que presenten síntomas con una evolución de más de cinco o siete días, ya que la sensibilidad y eficacia desciende a partir de esa fase de la enfermedad.
El Gobierno regional publicó el pasado sábado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) el decreto ley 17/2020, que recoge esas medidas extraordinarias en materia turística y la modificación de dos leyes: la Ley de Ordenación Turística y la Ley de Actividades Clasificadas. En relación con la detección de la COVID-19 y la obligatoriedad de presentar un certificado con prueba negativa, el documento alude a test de diagnóstico de infección activa, sin especificar la técnica. La propia consejera de Turismo ya había advertido en su comparecencia pública días antes de que el decreto estaría redactado “en un sentido amplio” para que cualquier avance en pruebas diagnósticas del coronavirus no implicara la necesidad de modificar la norma para poder aplicar esas técnicas novedosas.
Fuentes oficiales de la Consejería de Sanidad han señalado este lunes a Canarias Ahora que “en este momento” la prueba idónea para los asintomáticos sigue siendo la PCR (Reacción en Cadena de la Polimerasa). “La consejera dijo que Turismo se decantaría por el test más idóneo, pero que lo marcaría Sanidad. Y Sanidad marca que, con la evidencia científica actual, es la PCR”. La resolución del director general de Salud Pública deja la puerta abierta a modificar su contenido en un futuro y a actualizarla sobre la base de “los resultados de los distintos estudios que se están realizando sobre la especificidad y sensibilidad de las pruebas y en coordinación con el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social”.
La resolución sobre los test de antígenos, que es aplicable a todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad pública o privada con capacidad diagnóstica en Canarias, también fija la obligatoriedad del médico prescriptor de notificar los resultados positivos, tal y como ocurre con otras pruebas de detección y como fijan los protocolos.
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