El equipo médico de Ginecología del Materno de Gran Canaria pide apartar a un matrón por “riesgo vital” para mujeres y bebés

Hospital Materno Infantil de Gran Canaria.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —
30 de noviembre de 2020 06:01 h

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El equipo médico del servicio de Ginecología y Obstetricia del Hospital Insular Materno Infantil de Gran Canaria ha solicitado por escrito a la dirección del centro y también en los juzgados que se suspenda en sus funciones a un matrón que se reincorporó el pasado viernes 20 de noviembre a su puesto tras un periodo apartado, al considerar, a tenor de una serie de incidentes documentados en la última década, que su praxis constituye “un riesgo vital y evitable” para las mujeres gestantes y sus bebés en los paritorios del complejo.

El personal facultativo del servicio se ve “incapaz” de seguir asumiendo la responsabilidad de las consecuencias derivadas de la actividad de este trabajador, según recoge el documento elevado por la jefa del área, Alicia Martín, a la gerente, la también ginecóloga Alejandra Torres. En consonancia con este escrito, los especialistas médicos de guardia durante estos últimos días han firmado reiterados documentos para restringir el uso del paritorio en el que ejerce este matrón, M.S., a “las situaciones de extrema necesidad y siempre bajo indicación médica”. 

El trabajador, por su parte, asegura haber presentado una denuncia por presunto acoso laboral ante la Inspección de Trabajo al quedar desprovisto de labores asistenciales por esa decisión del equipo médico del servicio. “Me paso mi jornada laboral sentado y mirando para el techo”, señala a este periódico M. S., quien afirma que ya vivió una situación similar entre marzo y junio de este año, antes de ser suspendido cautelarmente de funciones como consecuencia de la apertura de un expediente disciplinario por dos de los incidentes denunciados. 

En paralelo a la vía administrativa, la jefa de Ginecología del Materno Infantil interpuso el pasado lunes una denuncia que ha recaído en el Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria. En ella solicita que se le imponga la suspensión de funciones como medida cautelar urgente para preservar “la salud, la integridad física y la vida” de las pacientes a las que atiende. Meses antes, en julio, el anterior jefe de servicio, José Ángel García, ya jubilado, puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía de Las Palmas, sin que hasta la fecha conste que el Ministerio Público haya practicado diligencia de investigación alguna para corroborar los hechos. 

En el escrito dirigido por la jefa del servicio a la gerencia el pasado viernes, expuesto en la junta técnico-asistencial celebrada en el complejo el lunes, se alude hasta a ocho incidentes protagonizados por el mismo matrón en el periodo comprendido entre septiembre de 2011 y marzo de 2020, todos ellos documentados con informes médicos. 

El más grave data del 12 de noviembre de 2018. El informe emitido por la ginecóloga que estaba de guardia esa madrugada describe en detalle los hechos. La doctora relata que sobre las 4.11 horas acudió al paritorio que controlaba M.S. al detectar desde otra sala registros patológicos de la frecuencia cardiaca fetal. La tococardiografía revelaba un acusado descenso en el número de latidos por minuto desde las 3.57 y un ritmo mantenido en esos niveles alarmantes desde las 4.06. La facultativa precisa que, a pesar de ello, el matrón, que se encontraba solo en el paritorio junto a la paciente, “permanecía sentado ante el monitor sin haber solicitado” su presencia ni la de la auxiliar de enfermería u otro profesional, “aparentemente ajeno a la gravedad de la situación”. Según su relato, cuando entró en el paritorio M. S. hizo constar en el partograma informatizado que se había notificado al doctor y, al ser cuestionado por el motivo por el que no había avisado, defendió que, según su criterio, no se habían producido cambios significativos con respecto al resto de la noche. 

El informe de la ginecóloga añade que, a partir de ese momento, el matrón no presentó “una actitud colaboradora” ni respondió “de forma clara” a las preguntas que se le formulaban. A pesar de que la doctora había solicitado el quirófano para practicar una césarea urgente por el “riesgo de pérdida de bienestar fetal”, el trabajador denunciado no realizó el sondaje vesical de inmediato, ni administró el antibiótico pautado, ni agilizó el paso de la paciente a la camilla de quirófano, señala el escrito. “Me impresiona la no percepción de la urgencia y gravedad (de los hechos) del matrón en ningún momento”, escribió la doctora, que remarcó además que las guías de actuación establecen que, una vez indicada la realización de una cesárea, la demora en la intervención “solo puede traer complicaciones y problemas de organización”. La médica especialista tuvo que solicitar a una residente que realizara el sondaje y a otro matrón que ayudara a trasladar a la paciente al quirófano “ a la mayor brevedad posible”.

El niño nació con graves problemas. Sufrió una encefalopatía isquémica por la que tuvo que ser ingresado en el servicio de Neonatología y falleció a los tres días. 

En su denuncia ante la Fiscalía, el anterior jefe del servicio explica que el matrón, encargado de controlar el parto, decidió “por su cuenta y riesgo” no poner en conocimiento de la médica de guardia la situación, “debiendo hacerlo para que se hiciera cargo y adoptara las medidas que estimara adecuadas”. “No solo eso”, continúa el escrito, sino que cuando la doctora asumió el control, el trabajador mantuvo una actitud de “omisión de sus obligaciones”. 

El matrón sostiene que la versión contenida en ese informe médico no se ajusta a la realidad de los hechos. “Fue un accidente como cualquier otro, un mal resultado obstétrico”, afirma M. S. “No avisé porque no hizo falta. La médica estaba en otro paritorio y a los dos minutos llegó”. Su relato contradice al que figura en el escrito de la ginecóloga, que reporta un intervalo de 14 minutos entre el inicio de la bradicardia y su entrada en el paritorio tras detectar los registros anómalos desde otra sala. El trabajador denunciado señala que cuando advirtió la bajada de la frecuencia cardiaca fetal fue a comprobar si los electrodos se habían desconectado y que antes de que pudiera avisar a la doctora entró una residente, hecho que no consta en el informe. 

También difiere su versión de la que anotó la especialista médica en relación con el momento de registrar en el partograma que la doctora había sido notificada (4.11). Según el matrón, lo hizo en el momento de administrar un medicamento, no cuando la facultativa accedió al cuarto. Sobre la referencia a su falta de colaboración posterior, apunta que es “una apreciación subjetiva que tampoco es cierta”. “Mentir es fácil y gratuito. He pedido una copia autenticada de ese documento para interponer una demanda por injurias y difamaciones”, añade.

M.S. niega haber tenido responsabilidad alguna en las complicaciones surgidas en ese parto y apunta como causa de la muerte del bebé la asfixia producida por una circular (enredo) del cordón umbilical y por “la dilación en la toma de decisiones sobre la cesárea”.  

Sobredosificación

Un mes después de este incidente, M.S. solicitó la apertura del protocolo de acoso laboral y causó baja médica. En marzo de 2020, tras su reincorporación al puesto, volvió a protagonizar unos hechos que, en opinión de los dos últimos jefes del servicio de Ginecología y Obstetricia del Materno Infantil de Gran Canaria, “pusieron en riesgo la integridad y la vida de la madre y del hijo”. Al igual que en el primer caso, los acontecimientos fueron puestos en conocimiento de la gerencia y de las direcciones y subdirecciones médica y de enfermería. 

Una médica adjunta de Ginecología y Obstetricia expuso en su informe que el matrón incumplió una orden directa en una situación “de extrema urgencia”, en otra bradicardia (disminución de la frecuencia cardiaca fetal). En su relato, sostiene que este trabajador modificó el ritmo de perfusión (administración por vía intravenosa) de una medicación indicada para detener la progresión de un parto prematuro, duplicándola “por decisión propia” al considerar que la decidida por la especialista era “insuficiente”, según manifestó el propio M.S., que fue reemplazado por otro matrón. Al comprobar los sondajes, su sustituto se percató además de que la paciente tenía desconectado el suero fisiológico que la doctora había ordenado revisar en plena urgencia al sanitario ahora denunciado. 

La sobredosificación del fármaco administrado produce “taquicardia e hipotensión” que puede llevar a una “insuficiencia cardiaca, edema agudo de pulmón” e, incluso, la muerte materna, precisaba el entonces jefe del servicio de Ginecología y Obstetricia sobre el incidente de marzo . La médica calificó el momento de “muy intenso” para los profesionales que intervinieron pero, en especial, para el padre, que presenció la escena, lo que es “verdaderamente irreparable”. 

“Intenté compensar un tiempo que la señora estuvo sin medicar por un fallo en la bomba. No funcionaba y la tuve que desmontar y volver a montar. Es cierto que modifiqué el ritmo de perfusión, pero no la sobredosifiqué, intenté garantizarle el fármaco, ponerle las gotas de la dosis que tenía prescrita”, mantiene el matrón. “Entre los hechos y lo que se escribe hay un trecho. No se escriben cuando ocurren, sino después. Y en ese intervalo, la creatividad literaria es sorprendente”, afirma M.S., que defiende que todos esos informes médicos están condicionados por la figura del anterior jefe del servicio, con quien, según dice, ha mantenido discrepancias sobre el modelo de gestión desde su llegada al área en el año 2006. 

En el historial de este matrón figuran otros antecedentes de problemas asistenciales. En uno de los primeros documentados, ocurrido en 2011, una especialista solicitaba que se le abriera un expediente informativo después de que calificara otro registro cardiotocográfico patológico como “no preocupante”, lo que, a juicio de la facultativa, solo podía ser consecuencia “de un absoluto desconocimiento de los registros continuos de la frecuencia cardiaca fetal o de un análisis superficial y no detenido”, posibilidades ambas “extremadamente graves”. En 2013 dos policías judiciales tuvieron que personarse en el recinto hospitalario después de que una médica adjunta comunicara al juez de guardia que M.S. se había negado a realizar una transfusión de sangre a una gestante en urgencias. Los escritos también aluden a incumplimientos de las normas asistenciales en relación con las pacientes ingresadas en planta o su negativa a acompañar a una parturienta al quirófano y la realización del protocolo piel con piel. 

El trabajador lo niega todo. Sobre el incidente de 2013 precisa que nunca se ha negado a realizar una transfusión de sangre, sino a realizar un trabajo que, en su opinión y “según los estatutos”, corresponde al personal del Banco de Sangre. “El hospital entiende que yo tengo que firmar el volante, sacar la muestra de sangre a la señora, firmar la muestra y con eso se da por sentado de que se hace la identificación inequívoca de la que habla la norma, pero con eso lo único que hacemos es marcar un tubito con el nombre, no identificar inequívocamente a la señora. Eso lo tiene que hacer el banco de sangre. Yo no tengo que hacer su trabajo. No voy a poner mi firma en un documento cuando no me corresponde a mí si hay problemas”, señala. 

Semanas después del último conflicto, acaecido en marzo, el matrón fue suspendido cautelarmente de funciones. Aunque desde el complejo hospitalario no han dado información a este periódico sobre el estado del expediente disciplinario, M.S. asegura que hay una propuesta de sanción leve, de apercibimiento, que impugnará cuando sea definitiva. También afirma que el procedimiento por acoso laboral no se abrió en diciembre de 2018 y que tuvo que esperar a que se produjeran nuevos hechos (la privación de labores asistenciales) para que se reactivara, aunque finalmente fue archivado. Se reincorporó el 20 de noviembre para sorpresa de la jefa de servicio, que no tuvo conocimiento de este hecho hasta que fue avisada ese mismo día por la responsable del paritorio, tal y como recoge el escrito elevado a la gerente. 

La dirección del Hospital Insular Materno Infantil se ha limitado a asegurar que en este tipo de situaciones actúa “según el procedimiento establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud”. La subdirección de Enfermería, de la que depende el matrón, ha emitido otro escrito en el que advierte que “todas aquellas órdenes médicas que contradigan los procedimientos, protocolos o normativas de funcionamiento, si no se solicitan por escrito y firmadas, no deben ser realizadas por el personal de enfermería”.  

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