El Gobierno de Cospedal atribuye a un sindicalista una falsa condena de malos tratos
En medio del revuelo por el auto del Tribunal Supremo que cuestiona la constitucionalidad del plan de ajustes que María Dolores de Cospedal aprobó para Castilla-La Mancha, el portavoz de su Gobierno, Leandro Esteban, salió ayer a defender esa normativa, pero con ello desató otra polémica añadida. Al referirse al coordinador autonómico de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO-CLM, Ramón González, afirmó que este estaba “condenado por malos tratos”, una falsa acusación que lanzó sin mayores explicaciones.
Concretamente, el portavoz regional manifestó, respecto a esta cuestión, que alguno de los portavoces (en referencia a los sindicalistas que se han opuesto a la Ley) no se ha caracterizado “por entender la vida democrática de manera cívica”, añadiendo que “alguno de ellos tiene alguna historia judicial que le condena por malos tratos”.
Se trata de una falsa acusación que desde el sindicato han querido denunciar debido a la gravedad de la misma, puesto que se refiere a un fenómeno muy sensible en la sociedad española. Así, explican que la expresión ‘malos tratos’ se ha hecho “lamentablemente habitual” en castellano para aludir a las agresiones de género que se producen en el seno de la familia o en las relaciones de pareja, cuando ese no ha sido el caso de este sindicalista.
Detallan que la “condena por malos tratos” a la que ha aludido el portavoz del Gobierno regional no se deriva de la comisión de ningún delito de violencia de género, ni “de ningún delito de ningún tipo”, sino que tiene un origen laboral en un juicio de faltas que conllevó una sanción de 240 euros para el sindicalista.
Los hechos tuvieron lugar el 7 de febrero de 2012, con motivo de la celebración de una asamblea contra la Ley (ahora cuestionado por el Supremo) de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, a la que se oponía CCOO. Tras la misma intepusieron demanda contra Ramón González el delegado de la Junta en Toledo, Fernando Jou, su jefe de gabinete, su jefe de prensa y el vigilante de seguridad. Ninguno de los cuales sufrió lesión alguna, a la vista de las sentencias de la Audiencia provincial de Toledo, donde se establece “falta de maltrato”.
Por ello, el sindicato deplora que Esteban haya utilizado “arteramente” los términos “condenado por malos tratos”, con las “infames implicaciones que tal expresión conlleva”. Insta así al portavoz del Gobierno de Castilla-La Mancha a “reconocer públicamente el grave error en el que ha incurrido al lanzar públicamente tal aseveración”. Quiere también que el aludido aclare el entorno en el que produjeron los hechos: la causa laboral del conflicto (la Ley de cuya constitucionalidad duda hasta el Tribunal Supremo); la exacta calificación jurídica de los hechos -falta, que no delito-, la ausencia de lesiones, la pena que supuso y las personas implicadas, “sin que ninguna de ellas resultara con daño alguno”.
La Junta de Castilla-La Mancha ha enviado un escrito de rectificación al eldiario.es/clm alegando que no se trata de una “falsa condena” de malos tratos puesto que la sentencia a Ramón David González existe y que por lo tanto el titular, según establecen, es “falso”. Desde este medio, no negamos la existencia de esa condena, pero consideramos que el adjetivo “falso” comprende a toda la acepción posterior: “condena de malos tratos” a la que se refirió Leandro Esteban, cuando en realidad se trató de una condena por “falta de maltrato”, que no es lo mismo, tal y como queda reflejado en el cuerpo de la noticia.