Las claves de la nueva ley de caza en Castilla y León: permite batidas con nieve y fija dos especies vulnerables como cinegéticas
Las Cortes de Castilla y León han aprobado una nueva Ley de Caza que deroga la norma de 1996 y que permitirá la caza mayor (lobo, ciervo, gamo, corzo, rebeco, cabra montesa y muflón) con hasta 15 centímetros de nieve, excepto para las cacerías de jabalí. Sí que se prohibirá toda la caza mayor con más de 15 centímetros de “espesor medio” de nieve y la menor si la nieve “cubre de forma continua el suelo”. A través de enmiendas transaccionales, las Cortes ha acordado permitir cazar con menos de 15 centímetros de nieve. Inicialmente la Junta de Castilla y León propuso un límite de 40 centímetros y lo rebajó a 30 cm durante la elaboración de la norma.
Esta prohibición no se aplica a la caza de aves acuáticas desde puestos fijos, ni a la de palomas torcaces y zorzales en pasos, ni a la de otras aves migratorias en sus vuelos de desplazamiento. Este punto era una reclamación de las organizaciones de cazadores, contra la que se habían posicionado las homólogas conservacionistas e incluso la Asociación sindical de Agentes Medioambientales de Castilla y León (Apamcyl), que alegó en favor de prohibir la caza mayor en días de nieve.
Además, esta ley impulsada por el consejero de Fomento y Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez Quiñones, considera cinegéticas dos especies vulnerables en la Lista Roja de Especies Amenazadas, elaborada por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN): la tórtola europea (Streptopelia turtur) y la liebre de piornal (Lepus castroviejoi), que tienen una población decreciente.
SEO BirdLife propuso en 2015 que la tórtola europea se incluyera en el Catálogo Español de Especies Amenazadas como especie 'vulnerable'. Años después. la Comisión Europea establecía que debía paralizarse la caza de tórtolas para salvar la especie y a finales de 2020, la Comisión Europea pidió de nuevo a España que refuerce la protección de la tórtola europea.
El Congreso de los diputados instó al Gobierno en abril a proteger la tórtola europea para evitar su extinción, con el voto en contra del Partido Popular, Vox y la abstención de Ciudadanos y del Grupo Mixto. De momento, no figura en el catálogo estatal de especies amenazadas, lo que permite a Castilla y León clasificar la tórtola europea como especie cinegética. Otras autonomías, como Castilla-La Mancha, Cataluña y Aragón, han suprimido como cinegética para el plan general de caza 2021-2022.
La nueva norma rechaza que se puedan declarar especies cinegéticas aquellas que estén en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas “ o afectadas por algún tipo de protección en aplicación de la legislación básica estatal que implique la prohibición de su caza”. Tampoco podrán ser especies cinegéticas aquellas que estén en el Catálogo de Especies Amenazadas de Castilla y León y aquellas cuya caza haya sido prohibida por la Unión Europea.
Además, se podrá eliminar alguna especie de la lista cinegética si es “necesario” para “garantizar adecuadamente su conservación”, para lo que se requerirá un informe previo de la Comisión Científica de la Caza y del Consejo Regional de Medio Ambiente. La Junta también podrá declarar especies cinegéticas “de atención preferente” porque su población tenga “sobreabundancia que deba ser corregida”.
La Comisión Científica de la Caza estará formada por personas “de acreditada solvencia técnica o científica y con reconocida experiencia en la gestión cinegética o sobre la conservación de especies cinegéticas”. Sus miembros podrán ser ajenos a la Junta de Castilla y León y recibir alguna remuneración económica o indemnización por prestar sus servicios.
Se mantiene la caza del lobo
A pesar de que el Gobierno pretende prohibir la caza del lobo a partir del 25 de septiembre, Castilla y León mantiene como especie cinegética el lobo al norte del Duero, valorada en 6.000 euros. Los periodos hábiles para la caza del lobo serán desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente.
Será necesaria la autorización de la Consejería para las monterías y ganchos que incluyan al lobo entre las especies que se van a cazar.
Otras novedades
También se prohíbe “molestar deliberadamente” a la fauna o “dificultar” cualquier cacería, aunque no aparece en el régimen sancionador. Los planes territoriales de recursos cinegéticos o de gestión podrán establecer cupos máximos de extracción, aunque no se contempla sanción si este cupo es superado, como tampoco se prohíbe expresamente la actividad cinegética bajo los efectos del alcohol y las drogas.
En los caminos de uso público, se permite portar armas abiertas o con el seguro puesto en en periodos, días u horarios hábiles siempre que no se encuentren a la vista personas o vehículos ajenos a la cacería.
La Consejería también apuesta por el desarrollo de iniciativas de formación de los cazadores, de concienciación pública, mejora de los hábitats, toma de datos sobre las poblaciones cinegéticas o cualquier otra que “favorezca” los objetivos de esta ley “en beneficio de la caza deportiva y las especies cinegéticas”.
Los cazadores deberán cumplimentar una ficha que permita “llevar a cabo un mejor control de las capturas producidas y de la ejecución del plan cinegético”, pero no se concreta qué datos deberán incluirse o cómo se realizará esta ficha. En el borrador, la Junta preveía que los cazadores rellenaran esta ficha a través de la sede electrónica y justo después de las cacerías.
También se rebajan algunas infracciones respecto a la norma de 1996, puesto que algunas pasan de ser 'muy graves' a 'graves', como practicar la caza sin tener aprobado el correspondiente plan cinegético. Las sanciones van desde los 200 euros hasta los 100.000 euros, con la posibilidad de suspender la actividad cinegética del cozo o la retirada de la licencia de caza.
Cotos, cazadores y entidades colaboradoras
La superficie mínima para constituir un coto de caza se reduce a 250 hectáreas frente a las 500 que establecía la norma de 1996. Los cotos deberán inscribirse de oficio en el Registro de Cotos de Caza, en el que se anotarán los datos identificativos del coto, del titular cinegético y, en su caso, del arrendatario o arrendatarios.
Además, el titular de un coto deberá presentar una memoria anual de los aprovechamientos y actividades realizadas en el plazo de un mes desde la finalización de la misma. No será necesario si todos los cazadores han registrado sus capturas a través de la sede electrónica o si el titular ha enviado informes de seguimiento mensuales. La Junta podrá suspender el aprovechamiento cinegético del coto si hay un “incumplimiento reiterado”.
Se crea una figura de cotos y cazadores colaboradores. La Consejería podrá otorgar la condición de entidad colaboradora a otras asociaciones o sociedades relacionadas exclusivamente con la caza. Las entidades colaboradoras gozarán de preferencia en la concesión de subvenciones para el desarrollo de las actividades cinegéticas.
Podrán ser declarados cotos colaboradores aquellos cotos cuyo titular colabore con la Consejería “de forma voluntaria” para la obtención de datos, experimentar y analizar las actuaciones. Los cotos colaboradores podrán ser objeto de incentivos económicos, como bonificaciones o exenciones sobre la tasa anual o mediante la habilitación de líneas de ayudas.
Los cazadores colaboradores deberán registrar las capturas a través del sistema automático de capturas. La Consejería desarrollará los requisitos que debe cumplir el cazador colaborador y la forma en que se concretará la colaboración.
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