Catalunya prohíbe que los padres acusados de violencia de género se comuniquen con sus hijos
El Govern ha aprobado este martes un decreto ley para hacer frente a la llamada violencia vicaria, una modalidad de violencia de género que los agresores ejercen sobre los menores como forma de herir a las mujeres. La nueva normativa prohibirá las estancias, visitas y contacto con sus hijos a todos los padres que se encuentren en procesos penales por este tipo de violencia, de forma que solo el juez pueda autorizar la relación entre padres y menores. Una medida destinada a “proteger la vida y la seguridad” de los niños, según ha defendido la consellera de Justicia, Lourdes Ciuró.
La normativa hasta ahora sí quitaba la guardia y custodia de los hijos a los hombres denunciados y, además, permitía que los jueces pudieran suspender los contactos con los niños en este tipo de procesos penales. Sin embargo, los magistrados tendían a no hacerlo, al menos en los primeros momentos. En vista de ellos, el nuevo decreto da la vuelta a la normativa y hace que, de entrada, las visitas y contactos queden prohibidas, igual que la guardia de los menores, a no ser que el magistrado las autorice. El decreto ley modificará el código civil catalán para introducir estas modificaciones.
Esta prohibición operará en los casos que haya “indicios fundamentados” de que el progenitor ha cometido violencia de género, es decir, en los casos que haya un proceso penal por estos hechos y, también, en el caso de personas que ya cumplan condena. Por tanto no valdría con la denuncia de la madre, sino cuando haya una denuncia por parte de la Fiscalía o ya haya en curso un proceso judicial abierto por acuerdo judicial. “Ampliamos la cobertura pues no solo evitamos la guardia sino también las estancias y las visitas”, ha explicado la consellera.
Según los datos que maneja el Govern, el numero de niños y adolescentes víctimas de violencia vicaria ha crecido en los últimos años. Con los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), cinco menores fueron asesinados el año pasado en el conjunto de España y uno de ellos en Catalunya. “Estos casos ocurren normalmente en momentos de separación y divorcio, en estancias o visitas con el padre”, ha explicado Ciuró, que ha considerado necesario reducir al máximo el riesgo de que un progenitor que ya ha agredido a la madre pueda hacerle daño a través de su hijo.
Con los mismos datos del CGPJ, la consellera ha explicado que de las 47.000 ordenes de protección a la mujer que se concedieron en 2019, solo en un 3% el juez suspendió las visitas con sus progenitores. “El juez tiene la potestad para dictaminarlo pero no suele concederse”, ha dicho Ciuró. Por ello, a partir de ahora serán los magistrados deberán no prohibir los contactos, sino autorizarlos cuando sean reclamados. Y, en todo caso, las comunicaciones deberán ser justificadas y después de poder escuchar al menor.
El decreto ley modificará también las condiciones para prestar atención psicológica a las víctimas y sus familiares. Hasta ahora los profesionales necesitaban el consentimiento del progenitor para que los menores recibieran esta atención y también que fueran explorados psicológicamente. Un requisito que ahora se eliminará cuando haya un procedimiento abierto por haber atentado contra la vida, la integridad física o moral, la libertad, la libertad e indemnidad sexuales del otro progenitor.
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