Condenado a 42 años de cárcel un osteópata por abusar sexualmente de 21 pacientes “al amparo de tratamientos ficticios”
Sentencia contundente contra el osteópata acusado de abusar sexualmente de una veintena de mujeres. La Audiencia de Barcelona ha condenado al fisioterapeuta por 21 delitos de abuso sexual al concluir que el hombre se prevaleció de su condición de especialista médico para perpetrar los delitos “al amparo de tratamientos ficticios” sin el consentimiento de sus pacientes.
La sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, desgrana el engaño al que sometía el acusado a varias de sus víctimas. Aduciendo tratamientos médicos, explica la sentencia, les realizó tocamientos sin consentimiento. Se da la circunstancia, además, algunas de las pacientes abusadas acudieron a la consulta para tratamientos de suelo pélvico, lo que sirvió de alegato al acusado para mantener que no había delito. La sentencia lo descarta.
La letrada Júlia Humet, que representa a algunas de las víctimas, ha manifestado su satisfacción con la sentencia tras un procedimiento “muy largo” para las denunciantes. Ahora la Fiscalía y las acusaciones pueden pedir la entrada en prisión provisional del condenado mientras se resuelven los recursos. La sentencia, tal y como destaca Humet, expone la complejidad del caso al darse los abusos en un ámbito de teórica confianza de las pacientes con su osteópata.
Las magistradas de la sección 8ª de la Audiencia de Barcelona dan total credibilidad a las denunciantes, de quienes destaca que se expresaron “con claridad y contundencia, sin intentar eludir ninguna de las preguntas que les formularon”. La persistencia en la incriminación por parte de las víctimas es un elemento clave de los juicios por delitos sexuales que en este caso el tribunal ve plenamente cumplido.
También descartan las magistradas que las víctimas acusaran al fisioterapueta por “un móvil de venganza o resentimiento”. La sentencia, de hecho, describe que varias de las mujeres se sintieron culpables a la hora de denunciar pese a mantener la convicción de que los tocamientos a los que las había sometido el osteópata “no se correspondían” con sus dolencias de las pacientes.
“Las pacientes –ahonda la sentencia– aún sintiéndose extrañas en las sesiones, intentaban autoconvencerse de que eran prácticas procedentes y lo justificaban al encontrarse en un entorno profesional protegido y ante un profesional que además tenía buena reputación”.
Las víctimas, incide el tribunal, “se encontraban intimidadas para verbalizar que estaban siendo abusadas sexualmente” debido a que el acusado se prevaleció de su “situación de superioridad” al ser un profesional médico “en un entorno que las víctimas consideraban seguro”.
La incriminación de las víctimas ha sido corroborada por testigos, como fisioterapeutas que trabajaban en la misma clínica que el acusado, y peritos, que han determinado la convicción del tribunal de que la actuación del acusado “excedía de una mera mala praxis” y traspasaba la línea del Código Penal.
Al producirse los abusos en un entorno profesional, las pacientes tenían “dudas” de que las acciones del osteópata atacaran su libertad sexual, pero no se atrevían a verbalizarlo o incluso “se cuestionaban ellas”. Pero el tribunal lo deja claro: “no existía indicación terapéutica concreta y específica” asumida por la paciente. “Y esto es lo decisivo, faltaba el consentimiento”, remacha la sentencia.
El tribunal descarta la tesis de los tocamientos consentidos y resalta que el acusado podría haber resuelto las dudas sobre si lo eran o no “con extrema facilidad”. Para empezar, preguntando a las mujeres en vez de actuar “por la vía de hecho” y “valiéndose de cierta asimetría que aparece en una relación sanitaria”.
5