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La Justicia ordena la libertad “inmediata” de un violador de Lleida al rebajarle la pena por la ley del 'sí es sí'

Edificio de los juzgados de Lleida

Oriol Solé Altimira

24 de enero de 2023 11:30 h

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La Audiencia de Lleida ha revisado a la baja las condenas de seis violadores porque la nueva normativa del 'solo sí es sí' les resulta más beneficiosa y está prohibido aplicar el Código Penal de forma desfavorable al penado. La mayoría de rebajas son leves, de alrededor de un año, salvo la de un condenado por dos intentos de agresión sexual. Las juezas han ordenado la “inmediata” salida de prisión de este interno al reducir su condena de 15 años a seis años y seis meses, que ya ha cumplido. En todos los casos la Fiscalía se había opuesto a la rebaja de penas.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha hecho públicos este martes autos por los que la única sección penal de la Audiencia de Lleida revisa las condenas de siete agresores sexuales en aplicación de la nueva ley del 'solo sí es sí'. Tal y como obliga cada modificación del Código Penal, los jueces deben revisar sus sentencias y comprobar si la nueva norma resulta más beneficiosa para los condenados.

En Lleida, por ahora, seis violadores se han beneficiado de la nueva norma, mientras que a uno se le ha mantenido la pena al valorar las tres magistradas que la nueva regulación no le resulta más favorable. Se trata de un condenado a siete años y medio de cárcel por agresión sexual a un menor, que reclamaba ver reducida su pena tres años. Las togadas recuerdan que en su caso el Código Penal no resulta más favorable porque la horquilla de penas se ha mantenido entre los cinco y diez años de cárcel, por lo que “no procede” la revisión.

En el caso de la mayor rebaja de condena, el tribunal remarca que “en ausencia” de disposiciones adicionales en la ley del 'solo sí es sí' que obliguen a mantener las penas, la Constitución y el Código Penal obligan a la rebaja de condenas cuando la legislación sea más favorable para el condenado.

En el caso de Lleida que ha motivado la excarcelación de un agresor, Daniel P. G. fue condenado en 2010 a 15 años de cárcel: tres por un delito de agresión sexual en grado de tentativa castigado entonces con entre cuatro y diez años de cárcel, nueve por otro delito de agresión sexual en grado de tentativa de los artículos penado en la fecha de los hechos con entre 12 y 15 años (la pena le fue rebajada un grado en ambos casos al intentar el delito) y tres años por robo.

La nueva redacción del Código Penal, exponen las juezas, varía las horquillas penales de los delitos sexuales por los que fue condenado: de dos a ocho años de prisión y de siete a 15 años respectivamente. En consecuencia, acuerdan mantener la peña de tres años por robo –no se ha modificado el Código Penal en este sentido–, pero rebajar las condenas por agresión sexual.

Las togadas valoran el “grave peligro inherente” a los intentos de agresión sexual que enjuiciaron así como “la reprochabilidad de la conducta” para concluir que las nuevas penas “proporcionadas” tras el nuevo Código Penal son de 18 meses y 5 años de prisión respectivamente. Todo ello hace que la pena total pase de 15 años a seis años y medio, que el condenado ya ha cumplido, por lo procede a su “inmediata” excarcelación.

La otra rebaja de calado en Lleida ha sido la de un condenado por agresión sexual con uso de armas, cuya pena de 12 años de cárcel se ha quedado ahora en siete. En su caso, las magistradas argumentan que le impusieron la pena mínima por este delito con el Código Penal anterior, por lo que ahora procede hacer lo mismo, tal y como ha ocurrido con la mayoría de condenados a penas mínimas en Catalunya.

El resto de rebajas de condenas de Lleida son más leves. Un condenado por abusos sexuales a menores ha visto reducida su pena de 10 a nueve años de cárcel. También han visto rebajada un año –de 12 a 11 años de prisión– dos condenados por agresión sexual. Al último condenado por este delito, a quien se le aplicó la atenuante de violar bajo los efectos del alcohol, se le ha rebajado la pena de cinco a tres años y medio de cárcel.

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