Hace unos días, durante una entrevista, el diputado de En Comú Podem, Xavier Domènech, a preguntas sobre naturaleza del pretendido referéndum sobre la relación Catalunya–España, afirmó que, a diferencia de este, la referida consulta del 9–N fue “un espacio de movilización”. Me causó una evidente sorpresa. Siempre he entendido que una movilización es, fundamentalmente, un ejercicio de los derechos de reunión y manifestación, expresada a través de concentraciones o manifestaciones de los ciudadanos, espontáneas o convocadas por organizaciones sindicales o sociales, para reivindicar derechos o protestar por sus limitaciones o privaciones. Nada que ver con la consulta del 9–N de 2014.
La consulta tuvo su origen, como es bien sabido, en la suspensión por el Tribunal Constitucional (TC) de ciertos preceptos de la Ley Autonómica 10/2014, de 26 de septiembre, que regulaba la “consulta popular no referendaria sobre el futuro político de Catalunya” y del Decreto 129/2014, que la desarrollaba.
Esa decisión del TC determinó que el entonces president Mas, el 14 de octubre, anunciara en una comparecencia institucional la convocatoria de la “consulta” para el 9 de noviembre. Pese a la rotunda prohibición del TC, se celebró una especie de consulta ciudadana que careció, obviamente, de cualquier valor legal. ¿Dónde está la movilización?
Como consecuencia del empecinamiento del president Mas y su Gobierno, se plantearon diversas querellas contra él y las consejeras Joana Ortega e Irene Rigau. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, por auto dictado por cinco magistrados el 8 enero de 2015, acordó abrir una causa penal contra dichas personas por un delito de desobediencia grave a la autoridad (el TC). Entre ellos, su presidente, que hoy es el director de la Oficina Antifrau. Dicha resolución judicial, muy fundada, fue el precedente del reciente escrito de acusación formulado por la Fiscalía, por aquel delito más el de prevaricación –es decir, dictar, a sabiendas, una resolución administrativa injusta. Fiscalía, de acreditada imparcialidad y competencia, como lo expresó en la acertada persecución de la corrupción de CiU.
Por otra parte, no puede evitarse constatar que los ahora acusados y el Gobierno actuaron sin respetar ni cumplir los principios, previstos en la referida Ley, de “neutralidad institucional, primacía del interés colectivo, pluralismo, igualdad y no discriminación”. Principios, propios de un gobierno democrático, que continúan sin respetar hoy.
En todo caso, la convocatoria de la consulta y las decisiones y actuaciones administrativas subsiguientes para hacerla posible no fueron en modo alguno una movilización. Fueron un permanente abuso de poder con un altísimo coste para las arcas públicas de la Generalitat. El proceso hacia la consulta y esta misma representó un gasto público, innecesario e injustificado, de 5.176.704 euros, en una comunidad autónoma que sufría –y sufre– enormes carencias en los servicios públicos y en la satisfacción de derechos y necesidades esenciales para la calidad de vida de los ciudadanos.
La operación se llevó a cabo desde el Centre de Telecomunicacions i Tecnologies de la Informació de la Generalitat (CTTI), que contrató a diversas empresas privadas para la prestación de los más variados servicios, la mayoría informáticos, que están acreditados, al menos, en las quince facturas que se relacionan en el escrito de acusación. Entre dichos servicios, cabe destacar el suministro de 7.000 ordenadores portátiles. Empresas o entidades como Hewlett Packard, Telefónica de España, Imagina, Axa, T–Systems, Fujitsu y tres sociedades contratadas por esta y Unipost.
Estas empresas sí que se “movilizaron” para enriquecerse gracias a la gestión ilícita de la Generalitat, para que un reducido porcentaje de votantes acudiera de buena fe a los centros de votación, creyendo honradamente en el valor de su voto. Aprovechando, incluso, como puntos de votación, las sedes que la Agencia para la Competitividad de la Empresa de la Generalitat de Catalunya (Acció) tiene en diferentes ciudades del mundo –exactamente catorce– desde Andorra hasta Tokio.
Estos hechos y otros similares justifican plenamente que la Fiscalía afirme, con todo fundamento, que “el president Mas, amparado simplemente en su voluntad, que convirtió irrazonablemente en aparente fuente de normatividad” actuara, como bien se describe, en franca y directa oposición con lo acordado por el TC. Añadiendo la Fiscalía que los tres acusados “decidieron generar la apariencia de que las actuaciones administrativas públicas se paralizaban y el proceso quedaba exclusivamente en manos de ciudadanos voluntarios, cuando en realidad no era así”.
Ante esta realidad, resulta penoso y decepcionante que el grupo parlamentario de Catalunya Sí Que es Pot haya unido sus votos a la derecha independentista para expresar su apoyo a aquellos, tan justamente acusados, a los que se les denomina, injustificadamente, como “perseguidos” por los gravísimos hechos descritos. ¿Dónde está la razón democrática? ¿Donde está la izquierda?