¿Quién será el primer amnistiado? Policías y políticos aguardan a los jueces con la duda de Puigdemont
Amnistía aprobada. Lo que parecía una quimera hace un año es una ley desde este jueves. Ahora queda quizás lo más difícil: su aplicación por parte de los jueces. Algunos magistrados y tribunales ya han dado muestras de querer complicar la puesta en práctica de la norma. La ley da a los jueces dos meses para amnistiar los casos del procés, pero la presentación de cuestiones prejudiciales ante la Justicia europea podría alargar los plazos.
Los centenares de afectados por la amnistía –desde policías de las cargas del 1-O a activistas y manifestantes– aguardan ahora los movimientos judiciales. En especial, los independentistas que confían en volver a casa tras años en el extranjero –como el expresident Carles Puigdemont o la secretaria general de ERC, Marta Rovira–. Sus causas, sin embargo, son las que presentan mayor incertidumbre. Por contra, las investigaciones que se siguen en Catalunya sobre policías y manifestantes pueden ser amnistiadas con más rapidez.
Las dudas: Puigdemont, Tsunami y la trama rusa
El propio independentismo ya ha identificado qué togados pueden poner más trabas a la aplicación de la amnistía. Se trata de tres órganos distintos, dos con sede en Madrid –la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presidida por el magistrado Manuel Marchena, y el juzgado central de instrucción 6 de la Audiencia Nacional de Manuel García Castellón– y el juzgado de instrucción de Barcelona que comanda el juez Joaquín Aguirre.
García Castellón ha dejado escrita en uno de sus autos durante la tramitación de la amnistía su convicción de que la causa Tsunami queda excluida del olvido penal del procés al investigar un delito de terrorismo –que la Fiscalía no ve– y resultar heridos de gravedad dos agentes policiales en unas protestas –que no organizó la plataforma.
Mientras, el juez Aguirre reactivó durante la tramitación de la amnistía en el Congreso, tras años varada, la trama rusa del procés, que podría quedar fuera de la ley si el instructor, como ya ha insinuado, decide sacar adelante el caso por alta traición. Todo ello pese a que la amnistía excluye la alta traición solo en los casos en que se haya producido “tanto una amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza”, algo que según el propio Supremo, que calificó el procés de “ensoñación”, no ocurrió el 1-O de 2017. En los últimos meses, además, Aguirre ha puesto de nuevo la causa bajo secreto, lo que mantiene en vilo a las defensas del caso.
Recursos y cautelares
Además, la norma puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional por parlamentarios o las comunidades autónomas, aunque en ese caso el texto finalmente aprobado establece que esos eventuales recursos “no tendrán efectos suspensivos”. Asunto diferente son las cuestiones de inconstitucionalidad ante el mismo tribunal de garantías o las consultas al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) sobre si la ley que se ajusta el derecho comunitario que pueden plantear los jueces o tribunales encargados de aplicarla.
Ambos movimientos detendrían la aplicación de la ley para el asunto concreto sobre el que se haga la consulta hasta que haya pronunciamiento del Constitucional o del TJUE. El Supremo enviará sus prejudiciales inmediatamente después de que el BOE publique la ley de amnistía. Una respuesta rápida, tal y como ya ocurrió con su rechazo a aplicar la reforma de la malversación en 2023. En este sentido, los cuatro fiscales del procés, sin que el Supremo les haya pedido formalmente su parecer, ya han expresado que no ven 'amnistiable' la malversación, lo que dejaría fuera de la norma a Puigdemont y Junqueras.
Fuentes jurídicas consultadas plantean la posibilidad de que esas cuestiones prejudiciales se planteen no sólo sobre la decisión misma de amnistiar, sino sobre otro artículo que puede resultar clave para que la ley despliegue efectos de forma inmediata: el que obliga a los jueces levantar las órdenes de búsqueda u otras medidas cautelares aunque el procedimiento esté suspendido “por cualquier causa”. Un artículo pensado para que Puigdemont y los exconsellers que permanecen en Bélgica desde 2017 puedan volver a España sin riesgo de ser detenidos.
Ya sea sobre la retirada de la medida cautelar o sobre el fondo de la amnistía, la presentación de una cuestión prejudicial deja en suspenso todo el procedimiento hasta que el Tribunal de Justicia de la UE no resuelva. La suspensión de la causa mientras se tramitan las cuestiones prejudiciales, en teoría, impediría llevar a cabo cualquier detención de Puigdemont –tal y como ya ocurrió cuando fue arrestado solo por unas horas en Italia–. Es decir, el riesgo de detención de Puigdemont es seguro si vuelve antes de que el Supremo envíe las prejudiciales, pero una vez remitidas al TJUE, será menor.
El expresident manifestó durante la campaña electoral su intención de estar presente en el debate de investidura que el Parlament debe celebrar, a más tardar, el 25 de junio, algo que el Supremo puede impedir, ya que antes de enviar las prejudiciales debe recabar la opinión de la Fiscalía, lo que podría demorar unos días su remisión. La resolución definitiva podría ir para largo: el TJUE tarda una media de 16 meses en resolver las cuestiones prejudiciales, si bien los independentistas podrían pedir un procedimiento acelerado.
En la causa de Tsunami desgajada en el Alto Tribunal no se ha dictado por el momento ninguna medida cautelar, aunque la magistrada Susana Polo sí ha citado a declarar al expresident entre el 17 y el 21 de junio. La instructora, que dio la opción de que esa comparecencia se hiciera por videoconferencia, tendrá que determinar ahora si mantiene la citación.
Amnistía de aplicación rápida
Aunque la respuesta del Tribunal Supremo a la amnistía sea la más esperada, cada juez que tenga un caso 'amnistiable' –la mayoría están en Catalunya– puede decidir aplicarla directamente sin esperar al Alto Tribunal y según su propio criterio. El redactado de la ley y la actitud previa de los tribunales durante la tramitación de la ley permite anticipar dos escenarios: jueces que aplicarán la norma como cualquier otra en contraste con los mencionados potenciales candidatos a plantear batalla contra la amnistía.
En el primer grupo se encuadran las causas contra centenares de jóvenes manifestantes ya condenados –con una minoría en riesgo de entrar en prisión– o pendientes de juicio por los distintos altercados que se vivieron en 2018 y 2019. Varios tribunales –desde un juzgado penal de Girona al TSJ catalán– ya han aceptado suspender juicios o deliberaciones de casos de altercados a la espera de la amnistía, lo que anticipa una aplicación de la norma sin excesivas complicaciones.
La ley también es clara a la hora de incluir a los 45 policías investigados por las cargas del 1-O de 2017 en Barcelona y a los 28 agentes cuya causa ya se archivó en Girona, ya que solo excluye de la amnistía a aquellos casos de violencia policial más graves. En la práctica, según fuentes jurídicas, sólo quedarían fuera de la amnistía los cuatro agentes acusados de dejar sin ojo a un independentista el 1-O con una bala de goma, aunque es previsible que las víctimas de las cargas recurran para intentar que más agentes queden fuera de la norma.
Policías y activistas forman el grueso de las alrededor de 400 personas que se verán beneficiadas de la amnistía. El cálculo definitivo se conocerá cuando la Fiscalía General del Estado (FGE), que ha encargado un recuento a las distintas fiscalías territoriales, haga pública la cifra total de amnistiados. Organizaciones antirrepresivas como Alerta Solidària elevan el cómputo hasta 419 manifestantes 'amnistiables'.
Plazos y pasos de la amnistía
Una vez la norma se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los jueces tienen dos meses para aplicarla –ya sea archivando los casos en virtud de la amnistía o elevando sus dudas al Tribunal de Justicia de la UE o al Tribunal Constitucional. Si bien el plazo de dos meses es común, es posible que veamos distintas velocidades de aplicación de la amnistía.
La norma deja a los jueces aplicar la amnistía de oficio, pero también a instancia de los afectados. En todas las causas donde haya independentistas encausados –ya sea exaltos cargos del Govern acusados de organizar el referéndum o jóvenes acusados de disturbios–, las defensas pedirán a los tribunales de inmediato la amnistía en cuanto la norma esté en el BOE.
Ya sea de oficio a petición de la defensa, antes de aplicar la amnistía el juez debe pedir opinión a la Fiscalía y al resto de partes. Si la causa está en instrucción, el juez decretará su sobreseimiento libre; si está bajo juicio, una sentencia absolutoria; y si ya está condenada –como ocurre con Junqueras–, los tribunales deberán revisar las sentencias para adecuarlas a la amnistía y dejar sin efecto las penas.
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