Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Una nueva sentencia vuelve a declarar la nulidad de la ampliación de la ZEPA que hubiera frenado el cementerio nuclear

Laguna del Hito. Foto: Turismo Castilla-La Mancha

Carmen Bachiller

1

  • Es un nuevo capítulo en los tribunales contra el decreto que aprobó el Gobierno de Castilla-La Mancha para tratar de frenar el Almacén Temporal Centralizado (ATC) de residuos nucleares de Villar de Cañas, y que ahora parece descartado

La Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha se ha pronunciado en contra del decreto de ampliación de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ‘Laguna de El Hito’ que había aprobado el Gobierno regional como medida de protección ambiental para evitar así la instalación del cementerio nuclear de Villar de Cañas (Cuenca).

El Alto Tribunal castellanomanchego estima ahora (la sentencia es del 24 de febrero y se ha dado a conocer ahora) los recursos contencioso-administrativos interpuestos respectivamente, por la ‘Asociación de Afectados por la Ampliación de las Figuras de Red Natura de la Laguna del Hito’ y los ayuntamientos de Záncara, Villarejo de Fuentes, Villares del Saz y Saelices contra la decisión de la entonces Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha (así se denominaba en la anterior legislatura cuando se interpusieron los recursos).

Además, impone costas a la Junta, limitadas en lo que a honorarios de los letrados de las demandantes se refiere, al máximo de 3000 euros a cada uno de ellos. No obstante, deja abierta la puerta a que el Gobierno castellanomanchego pueda interponer recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de la notificación de la sentencia.

La sentencia supone la nulidad total del decreto, según ha explicado el despacho Pilar Martínez Abogados, y se une a las ya conseguidas por la Administración del Estado, por el Ayuntamiento de Villar de Cañas y por otros particulares, “todas favorables a los demandantes”. En la actualidad, están a la espera de que se resuelvan los recursos de casación, interpuestos por la Junta.

Las causas de nulidad del decreto se basan, según ha explicado el despacho de abogados, en el incumplimiento del principio de garantía de la información y participación de los ciudadanos en el diseño y ejecución de las políticas públicas, pero también de las exigencias de la Directiva europea Hábitats y la obligación de definir mediante georreferencias las distintas zonas de uso así como la ausencia  de memoria económica.

También ha considerado del tribunal que existe “arbitrariedad y desviación de poder” en la aprobación del decreto y falta de determinación  de las limitaciones generales y específicas de los usos y actividades que requiere un plan de este tipo además de privación de criterios orientadores de las políticas sectoriales y ordenadores de las actividades económicas y sociales para hacerlas compatibles con las exigencias legales.

Por otro lado considera que se vulnera el artículo 45 de la Constitución sobre el derecho al aprovechamiento racional de los recursos naturales y del principio de solidaridad colectiva al imponer un coste social y económico sin compensación alguna, de forma específica e individualizado a estos municipios y ciudadanos, en franca desigualdad con los de otros lugares del territorio español.

Otra de las razones es el “estrangulamiento económico de la zona, sin ningún tipo de plan de desarrollo sostenible”, la “expropiación encubierta” sin cumplirse las exigencias legales para ello y privación a los ayuntamientos y entidades locales de la capacidad de autonomía local.

La protección llegaba a las 25.000 hectáreas

Cabe recordar que el decreto ampliaba la figura Red Natura 2000 ‘Laguna de El Hito’ de 1.000 a 25.000 hectáreas y, según la defensa de los demandantes, la norma anulada resultaba “extremadamente gravosa para los habitantes y los municipios a los que afectaba”, tanto de forma directa, por la imposición de “enormes limitaciones y restricciones, propias de los planes de uso de estas figuras de protección, bien de forma indirecta, al truncar las expectativas de los ayuntamientos, habitantes y emprendedores llegados a la zona a la espera de la construcción del ATC, que veían en esta nueva infraestructura un medio de recuperación de población y de generación de riqueza y empleo”. 

“En este momento, a la espera de que se resuelvan por el Tribunal Supremo los recursos de casación pendientes y de que se presente o no recurso de casación contra esta nueva sentencia, las infraestructuras realizadas en la zona y el dinero invertido en ellas, están desaprovechados, cuando hubieran podido ser un elemento dinamizador de un área en declive y contribuir a salir de las dificultades económicas  en las que el país se ve sumido en la actualidad”, comenta Pilar Martínez Abogados.      

La letrada explica que presentó ante los tribunales informes periciales “de calidad y avalados científicamente”, elaborados por  la consultora Melissa y por los prestigiosos catedráticos, Domingo Gómez Orea, doctor ingeniero agrónomo y catedrático en Medio Ambiente y Ordenación del territorio en la Universidad Politécnica de Madrid y José Carlos Escudero García, doctor en ciencias biológicas y catedrático emérito de Ecología y evaluación de Impactos ambientales en la Universidad de Extremadura.

Estos informes, subraya, “pusieron de manifiesto la falta de rigor y de fundamento técnico-científico con que se llevó a cabo la desmesurada e injustificada ampliación de esta figura Red Natura, que afectó al interés superior del Estado, en el correcto almacenamiento de residuos nucleares, como infraestructura de interés medioambiental para el cumplimiento de las obligaciones asumidas por España en la materia”.

Un cementerio nuclear al que no renuncia el alcalde mientras la Junta apuesta por “energía verde”

El pasado mes de febrero la Empresa Pública de Gestión de Residuos Radiactivos (ENRESA) anunciaba su renuncia a construir el Almacén Temporal Centralizado (ATC) de residuos nucleares en Villar de Cañas, aunque el alcalde no daba el proyecto por cerrado al considerar que la decisión de Enresa se debía más  a las modificaciones “lógicas” que necesitará el proyecto después de tanto tiempo, que a una renuncia total a construirlo.  

En todo caso, el Ministerio para la Transición Ecológica anunció al Gobierno castellanomanchego su intención de investigar los 73 millones de “gasto muy opaco” acumulado desde el año 2012 en la gestión del cementerio nuclear proyectado en la localidad conquense.

El pasado 12 de marzo, apenas dos días antes de declararse el estado de alarma por la COVID-19, el consejero de Desarrollo Sostenible, José Luis Escudero, aseguraba que Villar de Cañas reúne todos los requisitos para ser ejemplo del nuevo modelo energético ‘verde’ y avanzaba, en el marco de la planificación del transporte de energía para el periodo 2021-2026, su intención de ampliar la capacidad de evacuación de Villar de Cañas a 950 megawatios de energía verde, limpia y sin residuos. 

Eso, explicaba, supondrá dotar a la comarca de un plan alternativo y sostenible al ATC, que llevaría aparejada una inversión estimada de en torno a 800 millones de euros, y generaría como efecto inducido más de 1.000 empleos.

Etiquetas
stats