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El edil socialista de Hacienda exime al PSPV del pago de plusvalías en Valencia y obliga al Partido Comunista a pagar IBI

El edificio que acoge la sede del PSPV en la calle Blanqueries de Valencia

Carlos Navarro Castelló

Situaciones similares, con diferente resultado. El concejal socialista de Hacienda del Ayuntamiento de València, Ramón Vilar, ha autorizado al PSPV, su partido, la exención del abono del Impuesto de Plusvalías tras la venta de su sede de la calle Blanquerías, en virtud de la Ley de Partidos y de Régimen Fiscal.

El partido socialista anunció en octubre del año pasado la venta su sede en la calle Blanqueries de València por un importe de 5,8 millones de euros, importe por el cual hubiera tenido que abonar al Consistorio unos 100.000 euros en concepto del mencionado tributo.

Tal y como ha explicado a eldiario.es el propio Vilar, su partido solicitó la exención acogiéndose a las mencionadas leyes, teniendo en cuenta que se trata de una entidad sin ánimo de lucro que además no genera una competencia.

Un requisito, este último, al que el Ayuntamiento se ha acogido para exigir el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y de Construciones, Instalaciones y Obras (ICIO) a confesiones religiosas y otras entidades por actividades que, además de tener un fin lucrativo, suponen una competencia con otras empresas privadas que sí abonan los impuestos.

Vilar ha asegurado que la exención cuenta con todos los informes técnicos favorables y es totalmente legal.

Sin embargo, acogiéndose a la misma normativa, el Partido Comunista de España (PCE) no ha tenido la misma suerte que el PSPV. Fuentes de la organización valenciana han informado de que han solicitado la exención del pago del IBI de sus sedes en todas las ciudades españolas y que tan solo en el caso de València, con un importe de 1.100 euros, el Consistorio se la ha denegado.

Las mismas fuentes han explicado que la solicitud se basa en una sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de Valladolid del año pasado en la que se avala la mencionada exención.

Sin embargo, entre otras cuestiones, en su resolución de denegación el Ayuntamiento argumenta que, según el artículo 2 de la Ley de Régimen Fiscal, los partidos no se consideran entidades sin ánimo de lucro y por tanto no cabe la mencionada exención (criterio diferente al aplicado para el de Plusvalías del PSPV), algo que contradice el mencionado fallo judicial.

Ante esta situación, desde el Partido Comunista se ha presentado un recurso de reposición amparándose en la sentencia, la cual adjunta al escrito, un extremo que ha confirmado el edil Vilar, quien ha explicado que los técnicos estudian en estos momentos el recurso.

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