Castelló aprueba su primera ordenanza de movilidad sostenible enfocada en el peatón, la bicicleta y los vehículos de movilidad personal
El pleno del Ayuntamiento de Castelló ha aprobado inicialmente la Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible. La alcaldesa Amparo Marco ha destacado que esta ordenanza “presta especial atención a los peatones, ciclistas y a los vehículos de movilidad personal (los que transportan a una sola persona, como los patinetes), y hace hincapié en las personas con movilidad reducida, el transporte público, las zonas de la ciudad con velocidad limitada y las zonas de baja emisión”.
El texto ha sido aprobado con los votos a favor del equipo de gobierno (PSPV, Compromís y Podem-EU) y la concejala no adscrita, y los votos en contra de PP, Ciudadanos y Vox. Se expondrá al público durante un plazo de 30 días y se entenderá definitivamente aprobado en el caso de que no se presenten reclamaciones en ese plazo. “Castelló dispondrá así de la primera normativa de movilidad sostenible que armoniza los distintos usos de la vía pública y los espacios urbanos”, ha apuntado la alcaldesa.
“Esta es una ordenanza que defiende una ciudad que fomenta la creación de espacios verdes, la circulación de bicicletas y de vehículos de movilidad personal y, sobre todo, una ciudad que prioriza la creación de zonas peatonales en la que las personas seamos el eje de las políticas públicas”, ha explicado en la sesión plenaria el concejal de Movilidad Sostenible, Jorge Ribes. “Esta ordenanza pasará a ser un texto de referencia en materia de movilidad en Castelló, ya que en ella se encuentran reguladas la mayoría de las cuestiones que afectan a movilidad y vía pública dentro del ámbito local; y será también un texto de referencia de las políticas que impulsa este gobierno en materia de movilidad para avanzar en un modelo de ciudad sostenible, verde, amable y peatonal”, ha apuntado.
El texto adapta la normativa de Tráfico a las particularidades de Castelló y es de aplicación en todo el término municipal, en las vías urbanas y en las interurbanas cuya competencia hubiera sido cedida al Ayuntamiento. En su articulado, la Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible se ocupa de las normas generales de circulación y seguridad vial, estableciendo criterios para la necesaria convivencia en los espacios públicos, la limitación de velocidad en el núcleo urbano y los principales criterios de vigilancia y control de la seguridad vial. También aborda la circulación de vehículos a motor, estableciendo las restricciones a la circulación de vehículos pesados, las normas de circulación para motocicletas, ciclomotores y bicicletas, junto a las de los vehículos de movilidad personal.
Desarrolla, asimismo, las normas generales sobre la circulación de viandantes, las zonas de especial protección para el peatón, las zonas 30 y las de espacio compartido, las zonas de bajas emisiones y la regulación de las zonas peatonales de uso restringido. También recoge la distribución urbana de mercancías y las normas generales sobre carga y descarga. Además, regula las medidas de promoción del transporte público, especial o el transporte de mercancías peligrosas, así como el servicio de bicicleta pública municipal y servicios privados de arrendamiento, tanto de bicicletas como de vehículos de movilidad personal.
Establece los criterios para la emisión de las tarjetas de movilidad reducida, así como los de la parada, el estacionamiento y el estacionamiento regulado; y los usos temporales de la vía pública. Recoge, asimismo, el régimen sancionador, las responsabilidades y la clasificación de las sanciones.
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