¿Puede un ayuntamiento prohibir una bandera franquista en una fachada?
El pasado mes de diciembre, en vísperas de las elecciones catalanas del 21-O, un vecino colgó en su balcón en la localidad valenciana de Alaquàs una bandera preconstitucional con el escudo franquista, una circunstancia que fue denunciada en redes sociales por un “conocido hostelero” local que se preguntaba cómo el ayuntamiento consentía la presencia de simbología franquista en las calles.
Desde el PSPV-PSOE, al igual que también hicieron desde otras formaciones, se hicieron eco de la polémica y solicitaron la retirada de la enseña utilizada durante la dictadura al vecino que la había colgado. El ciudadano en cuestión la retiró inicialmente, aunque el pasado lunes la volvió a colgar de su balcón.
El concejal y secretario local socialista de comunicación, Toni Saura, lamentaba que este tipo de símbolos “sólo vienen a tratar de enturbiar la convivencia pacífica” en la localidad, al tiempo que puntualizaba que la Ley de Memoria Histórica no contempla la ilegalidad de esta clase de símbolos si corresponde a particulares, por lo que desde el consistorio -que gobierna la socialista Elvira García- “no había forma legal de actuar”.
Ordenanza Ciudadana
El PSPV-PSOE, que pretende remitir un escrito firmado por todos los grupos municipales a este vecino para solicitarle de nuevo la retirada de la bandera franquista, trabaja en el borrador de una Ordenanza de Convivencia Ciudadana en la que se incluya algún tipo de sanción por la exhibición de este tipo de símbolos constitucionales.
La normativa, que se encuentra bastante avanzada, podría llevarse al pleno en los últimos meses, aunque Saura reconoce que las competencias municipales son bastante limitadas: “Según la Ley de Memoria Histórica, ni siquiera podemos retirar el yugo y las flechas de una fachada, algo que depende de la comunidad de vecinos”. No obstante, el equipo de gobierno pretende “aprovechar al máximo los resquicios legales para restringir al máximo estas expresiones preconstitucionales que pueden afectar a la convivencia”.
El contenido y las competencias que pueda asumir el ayuntamiento en esta futura Ordenanza de Convivencia Ciudadana dependerán de lo que dicten los informes jurídicos municipales: “Por el momento, lo que hemos conseguido es abrir el debate entre partidos políticos y colectivos sociales locales”.