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Tercer rapapolvo judicial a 'Abogados Cristianos': la campaña sobre 'chemsex' “no genera ningún riesgo relevante”

Polonia Castellanos, abogada de 'Abogados Cristianos'.

Lucas Marco

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La campaña sobre el 'chemsex', impulsada por el Comité Ciudadano Antisida y subvencionada por el anterior Ejecutivo valenciano del Pacte del Botànic, “no genera ningún riesgo relevante de favorecer el consumo de drogas, en cuanto que se dirige a personas que ya realizan el 'chemsex' y con un fin asistencial”. Así de contundente se expresa la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia para desestimar el último recurso de la entidad ultraconservadora 'Abogados Cristianos' contra el archivo de la causa contra la ex directora general de Salud Pública y Adicciones de la Generalitat Valenciana, Ofelia Gimeno. 

La fundación que preside Polonia Castellanos se querelló contra la exalto cargo de Compromís por un presunto delito contra la salud pública al haber aprobado, en 2021, una subvención de 5.496 euros al Comité Ciudadano Antisida de la Comunitat Valenciana destinada a la creación de una aplicación asistencial a los usuarios de estas prácticas sexuales asociadas al uso de ciertas drogas en la comunidad LGTBI. El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Valencia citó a declarar, en calidad de investigados, a Ofelia Gimeno y al director del Instituto Valenciano de la Juventud (Ivaj), Jesús Damián Martí.

El juez, en un primer momento, sobreseyó la causa respecto a Martí. Tras este primer varapalo, la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia desestimó el recurso de 'Abogados Cristianos' en un auto del pasado 20 de febrero. En abril también archivó la querella contra Gimeno al considerar que el objetivo principal del proyecto era “mejorar la salud” de los usuarios de esta práctica además de “impulsar una coordinación transversal en la promoción de la salud sexual”.

La fundación ultraconservadora volvió a recurrir y se ha topado con el tercer rapapolvo judicial. La Audiencia Provincial de Valencia, en un auto del pasado 25 de julio al que ha tenido acceso elDiario.es, reprocha a la entidad que se limite a reproducir “mecánicamente” las alegaciones que ya habían siso desestimadas en relación al sobreseimiento de la causa para el director del Ivaj. “Obviamente, aunque se insista en el presente recurso, no vamos a revisar lo ya resuelto en nuestro anterior auto”, apunta la última resolución. 

'Abogados Cristianos' consideraba que, “al menos”, el director del Ivaj “habría incurrido en imprudencia” difundiendo la campaña en redes sociales, por lo que pedía que se practicaran más pruebas adicionales, tales como la declaración de Mónica Oltra, ex vicepresidenta y exconsellera de Igualdad y Políticas Inclusivas.

El auto recuerda que el artículo 361.bis del Código Penal exige que la publicación del contenido “genere un riesgo grave, que tenga aptitud para producir una gran alarma social y que sea idónea para generar un riesgo concreto para la vida e integridad de las personas menores de edad”. Sin embargo, el recurso de 'Abogados Cristianos' no explica cómo encaja la conducta de Ofelia Gimeno en el precepto legal ni “en qué medida resultarían afectadas personas menores de edad”.

“El programa subvencionado por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública usa redes sociales que pueden ser de acceso general, pero no está específicamente dirigido a menores, por lo que se sitúa fuera del ámbito de protección de la norma que fundamenta la querella”, reza el auto. Además, según la documentación analizada en el procedimiento, el proyecto tenía como objetivo principal “mejorar la salud sexual de los hombres que tienen sexo con hombres, personas trans y hombres trabajadores del sex y que utilizan las aplicaciones de contactos, dando especial relevancia a los que utilizan el chemsex”.

El programa en el punto de mira de la fundación ultraconservadora pretendía, según la resolución, intervenir mediante perfiles en aplicaciones de contactos para “dar información y proporcionar una atención psicológica y médica, como la realización de pruebas rápidas de diagnóstico de enfermedades y derivaciones a otros recursos sanitarios”.

Así, según la Audiencia Provincial de Valencia, “el uso de las nuevas tecnologías de la comunicación no está dirigido, según el programa, a promover determinadas prácticas sexuales ni actividades perjudiciales para la salud pública, sino a prestar atención sanitaria a las personas que practican el chemsex”. Además, la exdirectora general de Salud Pública “se limitó a resolver la convocatoria de las ayudas públicas”, teniendo en cuenta la propuesta de la Comisión Evaluadora, por lo que el auto descarta que haya indicios de que omitiera las “precauciones exigibles” o que tuviera intención de promover determinadas prácticas.

Abogados Cristianos relaciona el chemsex con la viruela del mono

La Audiencia Provincial de Valencia también desliza que la querella de la fundación ultra “relaciona la práctica del chemsex con la viruela del mono”, una vinculación que también expresó el responsable de redes sociales del grupúsculo neofascista España 2000, que se enfrenta a una petición de pena de dos años y medio de prisión por un presunto delito de odio.

Contra esta última resolución no cabe recurso por lo que la cruzada de 'Abogados Cristianos' contra la campaña sobre el 'chemsex' ha llegado a su fin.

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