El Consejo de Seguridad Nuclear autoriza la prórroga del funcionamiento de la central de Cofrentes hasta 2030
El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), reunido de forma telemática, ha aprobado este miércoles informar favorablemente la solicitud de renovación de autorización de explotación de la central nuclear Cofrentes (Valencia) por el periodo solicitado de nueve años y medio, es decir, hasta el 30 de noviembre de 2030. Este informe será ahora remitido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para su autorización, según se establece en el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas (RINR, artículo 23).
Fuentes del organismo han explicado que la decisión adoptada por el Pleno se basa en la comprobación del funcionamiento correcto de la central y del mantenimiento del nivel adecuado de seguridad para continuar su operación, así como en la constatación de la respuesta adecuada del titular a los requisitos normativos aplicables. Como consecuencia de la evaluación del CSN han resultado diversas propuestas de mejora de la seguridad, en gran medida identificadas en la Revisión Periódica de la Seguridad (RPS).
De esta forma se hace una revisión profunda y global del estado de seguridad de la central, especialmente importante porque la central cumplirá 40 años de operación en 2024 y, a partir de ese año entrará, por lo tanto, en la denominada Operación a Largo Plazo (OLP).
Este informe favorable está basado en los resultados de la evaluación del CSN, contenidos en 46 informes técnicos especializados. Asimismo, contempla la información procedente de los procesos de supervisión y control de la central, por parte del Consejo de Seguridad Nuclear, durante la vigencia de la actual autorización.
Límites y condiciones aplicables
El dictamen emitido por el regulador establece nueve límites y condiciones que en su conjunto hacen referencia a requisitos de tipo genérico para todas las centrales nucleares, tales como: identificación del titular y explotador responsable, potencia máxima autorizada, documentos oficiales de explotación de la central y su trámite de modificación, informes anuales requeridos, salida de bultos radiactivos fuera del emplazamiento y requisitos para solicitar el cese de la explotación.
También incluye el cumplimiento de las propuestas de actuación del titular y de sus compromisos adquiridos, de los programas de mejora de la seguridad y de otras acciones adicionales específicas que el CSN requiere mediante Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC); la protección contra riesgos internos, concretamente, los derivados de inundaciones internas y aspersión; y acciones relacionadas con la gestión del envejecimiento y la Operación a Largo Plazo (OLP).
Instrucciones Técnicas Complementarias
Las mismas fuentes han añadido que los límites y condiciones establecidos se acompañan de cinco Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) establecidas por el CSN directamente al titular de la central. Las ITC desarrollan las condiciones de la autorización y están referidas, entre otros, a los siguientes ámbitos: propuestas de actuación derivadas de la Revisión Periódica de Seguridad (RPS) y el resto de la documentación presentada con la solicitud, así como modificaciones en el plazo y/o las acciones de algunos de los compromisos adquiridos por el titular, y otras acciones adicionales derivadas de la evaluación del CSN.
Igualmente, para llevar a cabo un seguimiento eficiente del cumplimiento derivado de estos compromisos, se establece el requisito de remitir al CSN, en el primer trimestre de cada año natural, un informe actualizado del estado de cumplimiento de los mismos
También se incluyen acciones para llevar a cabo la revisión de los análisis deterministas de inundaciones internas y aspersión, así como los cambios asociados al Estudio de Seguridad (ES) y al Manual de Protección contra inundaciones internas, así como acciones relacionadas con la gestión del envejecimiento y con la Operación a Largo Plazo (OLP).
Esta ITC recoge las actuaciones requeridas en relación con el informe integral del estado de componentes y estructuras, el Plan Integrado de Evaluación y Gestión del Envejecimiento (PIEGE), las modificaciones al Estudio de Seguridad (ES) y a las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento Mejoradas (ETFM) relacionadas con la gestión del envejecimiento y la OLP.
Plan de Gestión de Residuos
Asimismo, el Pleno ha informado favorablemente el Plan de Gestión de Residuos Radiactivos y del Combustible Gastado (PGRRyCG) asociado a la operación a largo plazo. Una vez aprobado, constituirá la revisión 11 de dicho PGRRyCG.
De igual manera, el Pleno del CSN ha informado favorablemente la solicitud de renovación de la autorización de protección física presentada por el titular de Cofrentes. Esta autorización entrará en vigor simultáneamente y por el mismo plazo por el que se establezca la autorización de explotación.
Igualmente, el Pleno ha sido informado del estado de la evaluación del proceso de licenciamiento de la autorización de construcción del Almacén Temporal Individualizado (ATI) de Cofrentes, así como de su correspondiente contenedor de combustible gastado, HI-STAR 150.
Incencio en la central de Trillo
La central nuclear de Trillo (Guadalajara) ha notificado esta madrugada al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) un segundo incidente, en este caso un incendio en el transformador principal con una duración de más de diez minutos que se registraba cuando la instalación ya estaba en parada para la reparación de una válvula del sistema de refrigeración.
La hora de inicio de prealerta de este segundo suceso se sitúa en aproximadamente las 2.30 de la madrugada y la de finalización sobre las 3.45, hecho que se producía cuando la misma estaba en parada fría. En ningún momento ha habido riesgo ni para las personas ni para el medio ambiente, según han confirmado a Europa Press fuentes de la instalación.
El suceso está en estudio y pendiente de clasificación en la Escala Internacional de Sucesos Nucleares y Radiológicos (INES).
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