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El Estado deberá devolver más de 1.400 millones a las eléctricas por un decreto del PP anulado por el Supremo

Una central hidroeléctrica.

Antonio M. Vélez

31 de agosto de 2021 22:09 h

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El Tesoro Público va a tener que devolver más de 1.400 millones de euros a las compañías eléctricas por un decreto aprobado por el Gobierno del PP en 2015 que ha anulado recientemente el Tribunal Supremo. El Alto Tribunal ha tumbado el denominado 'canon hidráulico' que el Ejecutivo de Mariano Rajoy, con José Manuel Soria como ministro de Industria, implantó para gravar el uso de aguas para la producción de energía eléctrica y atajar (según anunció en su momento) el llamado déficit de tarifa, la diferencia entre los ingresos y los costes regulados del sistema eléctrico.

Esa estimación de 1.400 millones la dejó caer el lunes en el Congreso la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, en la comparecencia en la que dio cuenta de la escalada del recibo de la luz y rechazó intervenir los precios de la electricidad por ser contrario, dijo, a la normativa europea, lo que ha propiciado un nuevo choque entre el PSOE y sus socios de Unidas Podemos.

Ribera subrayó que “ocurrencias” como ese decreto del PP ahora anulado por el Supremo pueden tener un coste multimillonario para los consumidores (como pasó con los arbitrajes por los recortes a las renovables) o para las arcas públicas, como en este caso.

La cifra de 1.400 millones, que prácticamente triplica las previsiones iniciales, es una estimación provisional, según fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica. Y es un importante boquete para las cuentas públicas. Equivale al desembolso adicional en pensiones que, según Funcas, debe realizar el Estado por cada punto de subida del IPC. En agosto, la inflación se ha disparado a la mayor tasa en casi una década, precisamente, por la escalada de la luz. Este miércoles el mercado mayorista de electricidad va a batir su tercer máximo histórico consecutivo por la subida de la cotización del gas natural y la cotización récord de los derechos de emisión.

Esa millonaria devolución para las eléctricas tiene su origen en una sentencia del pasado 15 de abril, cuando la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo estimó en parte el recurso presentado por la patronal de la industria eléctrica Unesa contra el Real Decreto 198/2015, de 23 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 112 bis del texto refundido de la Ley de Aguas y se reguló el canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica en las demarcaciones intercomunitarias.

Esta sentencia dictó la nulidad de la disposición transitoria segunda del citado decreto de 2015, que establecía el carácter retroactivo de los pagos de los ejercicios 2013 y 2014. Cuando trascendió la resolución, se interpretó que la devolución se limitaría a esos dos ejercicios, lo que supondría reintegrar a las eléctricas unos 500 millones de euros. Pero en realidad la cifra a devolver es muy superior y las empresas van a recuperar todo lo recaudado hasta ahora fundamentalmente a Iberdrola (líder destacado en la hidroeléctrica nacional), Endesa, Naturgy y Acciona. Esos fondos no van a parar al sistema eléctrico, sino al Tesoro Público, que ahora deberá articular la correspondiente partida presupuestaria para devolvérselo a las empresas, explican fuentes del Ministerio.

La sentencia del Supremo que estimó en parte del recurso de Unesa no solo tumbó la retroactividad del canon para los ejercicios 2013 y 2014. También la disposición adicional primera del decreto, relativa a la “revisión de concesiones”, que argumentaban las eléctricas en su demanda, implicaba “una infracción del principio de jerarquía normativa por extralimitación reglamentaria”, según se lee en la sentencia.

Esa revisión se dejaba al albur de lo fijado en la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, también aprobada por el Gobierno de Rajoy, y que establecía que las concesiones “deberán ser adaptadas a la nueva regulación” de conformidad con la Ley de Aguas y con el Reglamento de Dominio Público Hidráulico.

Visto bueno del titular

El problema, explican fuentes del sector, es que este último reglamento dice en su artículo 116 que una concesión solo puede modificarse “si el peticionario aceptase las condiciones propuestas”. Es decir, el concesionario tiene que dar su visto bueno al cambio y la Administración, de oficio, no puede revisar la concesión si el concesionario no lo acepta. Las Confederaciones Hidrográficas no han revisado las concesiones y se han limitado a cobrar el canon que ahora ha anulado el Supremo. Del total ingresado, el 98% va a parar al Tesoro Público y el restante 2%, a los propios organismos de cuenca.

A esos 1.400 millones, que corresponden al periodo 2013-2020, habría que sumar los correspondientes intereses generados en este período de tiempo y, en su caso, lo cobrado este 2021. Además, hay que tener en cuenta que los organismos de Cuenca ya se han gastado, como mínimo, ese 2%, en la propia gestión ordinaria del tributo “y deben ser compensadas por ello”, apunta el Ministerio, que califica esta situación de “legado envenenado”.

Las confederaciones, reconoce Transición Ecológica, “no han revisado las numerosas concesiones para aprovechamiento hidroeléctrico que se han otorgado en las distintas cuencas por la dificultad de tramitar estos procedimientos, por la paradoja de que las condiciones de la concesión han de ser aceptadas por el concesionario, aceptación que no parece propia de un tributo cuyo presupuesto es la realización del hecho imponible”.

El canon está vinculado a la producción hidroeléctrica de cada central. Esta fuente de generación, que utiliza un bien público, está en el centro de la polémica por su papel en el mercado mayorista de electricidad (ha sido la gran dominadora en agosto, por ahora el mes más caro de la historia), aprovechando los altos precios del gas y del carbono, a los que no hace frente, aunque el Gobierno ha planteado recortar sus ingresos y los de las nucleares por el encarecimiento del CO2.

En las últimas semanas el Ministerio ha abierto expedientes informativos por el “escandaloso” vaciado de varios pantanos, en expresión de Ribera, que el lunes anunció una reforma legal para regular el desembalse de estas infraestructuras. También se ha puesto sobre la mesa que una empresa pública gestione las concesiones hidroeléctricas que caduquen.

Advertencias de las confederaciones

Las propias confederaciones ya venían advirtiendo en las cuentas anuales que próximamente se publicarán en el BOE de que van a tener que devolver ese dinero. Así lo reconoce la del Duero, la que más recauda por ese canon. En sus últimas cuentas señala que “presumiblemente se ha de devolver el importe de lo ingresado” en el periodo 2013-2020, que cifra en más de 485 millones.

Otro tanto apunta la del Miño-Sil (CHMS): “Podría llegar acordarse la devolución de los ingresos percibidos entre los años 2015 y 2020 en concepto de canon por la utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica”, advierte. “Se podría acordar que la devolución de la totalidad de los ingresos se realizase por la CHMS, previa transferencia de los fondos ingresados en el Tesoro. Por ello, nos encontramos ante un pasivo contingente equivalente a la cantidad ingresada en el Tesoro (362.069.793,05 €), y un activo contingente por idéntico importe”, añade la entidad, que indica que “en el ejercicio 2021 los ingresos por este canon ascienden a 47.399.925,59 euros”.

Algunas eléctricas ya han reclamado que se les devuelva parte del dinero. Es el caso de Endesa, que el pasado 21 de mayo “ha solicitado la devolución las liquidaciones de los ejercicios 2013 y 2014, correspondientes al canon por la utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica, ascendiendo su importe a 3.355.839,79€”, explica la Confederación del Guadiana en sus cuentas de 2020.

Las eléctricas trataron de tumbar el canon en el Tribunal de Justicia de la UE, que avaló su naturaleza de impuesto medioambiental. Pero el tribunal europeo no entró en si contravenía o no otra normativa española. Ahora resulta que no se podía aplicar si las compañías eléctricas no se avenían a aceptar el cambio en las concesiones. Así lo ha determinado el Supremo al estimar el recurso de Unesa. La patronal, rebautizada hace unos años como Aelec, tiene como secretario general a Pascual Sala Atienza, hijo del jurista Pascual Sala Sánchez, ex presidente del Tribunal Supremo, del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional.

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