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Venta de directos sexuales y desnudos a cambio de 'likes': alerta entre los menores

Un grupo de adolescentes con sus teléfonos móviles

Maialen Ferreira

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Los delitos contra menores y mujeres en internet han aumentado de forma alarmante durante la pandemia, según consta en la memoria de la Fiscalía del País Vasco correspondiente al ejercicio 2020, publicada esta semana. Durante el confinamiento aumentó el número de delitos contra la libertad sexual cometidos a través de las redes sociales, si bien se trata de delitos en los que existe una elevada cifra oculta de criminalidad. Acoso entre adolescentes, intercambio de fotografías y vídeos de carácter sexual o tenencia y distribución de pornografía infantil son algunos de los casos que han tenido lugar en Euskadi en los últimos meses.

En Gipuzkoa, un hombre se dedicaba a vender vídeos en directo de menores de edad a hombres adultos. El sospechoso, captaba a chicas jóvenes a través de Instagram y las embaucaba con el objetivo de que a través de WhatsApp grabasen “directos” en los que realizaban actos sexuales. El hombre vendía los “directos” y entregaba a las menores una parte del dinero obtenido.

Los hechos han sido investigados y finalmente se ha podido identificar a una persona cuyo material informático está siendo analizado. También se han identificado a algunos de los compradores de “directos”. No obstante, desde la Fiscalía advierten que este tipo de investigaciones avanzan de forma lenta “dadas las dificultades de identificar a delincuentes en la red y la demora que ello conlleva por precisarse de la colaboración de empresas extranjeras como Google, Facebook o WhatsApp”.

El 'modus operandi' de este tipo de delincuentes suele basarse en contactar con las menores a través de redes sociales como Facebook o Instagram para después tratar de derivar la conversación a un entorno “más seguro” como WhatsApp o Telegram. Esto agrava la situación, puesto que las aplicaciones de mensajería permiten realizar videollamadas que no se pueden recuperar y es en estas videollamadas donde se llegan a desarrollar conductas delictivas difíciles de probar después.

El acoso o ciber acoso también es común entre adolescentes y ha sufrido un incremento en la pandemia. En Euskadi la mayoría de los infractores de este tipo de delitos en 2020 no superaban los 14 años. Como en el caso de un grupo de jóvenes de entre 12 y 13 años que se hicieron perfiles de Instagram para contactar con un compañero de clase. En los perfiles falsos se hicieron pasar por chicas y mantuvieron conversaciones de contenido sexual, mandándose de forma recíproca fotos sexuales. Por si fuera poco, los jóvenes terminaron haciendo públicas las fotografías íntimas que la víctima había enviado a través de un tercer perfil falso.

En ocasiones son los propios menores los que intercambian fotos y vídeos desnudos a través de WhatsApp o deciden subirlos a través de Facebook con el objetivo de conseguir “likes”. La Fiscalía ha detectado casos de jóvenes que realizaban “desnudos completos” frente a la cámara de móvil en “directos” que ellos mismos distribuían a través de redes sociales entre un “indeterminado número de personas anónimas”. En otros casos, los propios menores investigados creaban cuentas falsas de Instagram usurpando la identidad de la persona a la que querían perjudicar y desde esa misma cuenta, realizaban comentarios hirientes y amenazas a los círculos cercanos de las víctimas. “El daño que causan las redes sociales por su uso inadecuado no siempre es medible”, alerta la Fiscalía.

 A lo largo de este año también ha culminado el proceso del caso Enrich y Luna, en el que los futbolistas del Eibar Sergi Enrich y Antonio Luna fueron condenados a dos años de cárcel por grabar y difundir un vídeo manteniendo relaciones sexuales con una chica sin su consentimiento lo que implica un delito contra la intimidad, agravado por revelar datos relativos a la vida sexual de la víctima y por ser difundido a terceros. Fue absuelto un tercero, Eddy Silvestre, acusado por haber distribuido el vídeo a terceras personas, por falta de pruebas.

En Álava, uno de los casos investigado por la Fiscalía Provincial, desenmascaraba a un hombre acusado de contactar con un menor de 9 años de edad a través de Instagram y proponerle, a sabiendas de que se trataba de un menor, tener un encuentro con él con el señuelo de que se trataba de “un feriante y que le daría fichas para las atracciones”. Al día siguiente, en el mismo chat de Instagram creyendo que seguía siendo el menor con quien estaba hablando, el acusado le envió fotografías de contenido pornográfico. En este caso, fue el padre del niño quien estaba tras la pantalla haciéndose pasar por su hijo para lograr identificar al sospechoso.

Al acusado se le ha diagnosticado esquizofrenia paranoide y trastorno de personalidad, pero según la Fiscalía, se encuentra en condiciones para conocer y entender sus actos. Finalmente ha sido condenado a la pena de 20 meses de prisión suspendida por tres años condicionando tal suspensión a la realización de 75 jornadas de Trabajos en Beneficio de la Comunidad, al seguimiento de un programa de educación sexual y a no aproximarse ni comunicarse con la víctima durante el tiempo de la suspensión de la condena.

¿Qué puede hacer la Justicia para reparar el daño a la víctima?

Sobre esta temática ha versado el Curso de Verano de la UPV/EHU 'Los delitos contra menores y mujeres en las redes sociales: cómo se investigan y cómo se protege a las víctimas' que ha tenido lugar este lunes y martes en Donostia. En él expertos como el Fiscal adscrito al Fiscal de Sala Coordinador de Extranjería, Luis Lafont Nicuesa, el letrado del Tribunal Constitucional, Javier Zaragoza Tejada o la Fiscal, Daniela Dupuy Repetto, han analizado el papel de la Justicia y de los delincuentes en casos de ciberdelincuencia contra menores y mujeres.

¿Qué puede hacer la Justicia cuando se distribuye sin consentimiento a través de las redes sociales imágenes de carácter sexual o íntimas de una persona? El letrado del Tribunal Constitucional, Javier Zaragoza Tejada ha descrito este tipo de actos como “irreparables” para las víctimas que lo sufren. Muchas de ellas encuentran imposible volver a su vida normal después del acoso sufrido e incluso llegan a replantearse el suicidio.

“Tanto Jueces como Fiscales, como también abogados, debemos conseguir la reparación de la víctima así como la disminución del daño logrando la desaparición de dichas imágenes. No podemos meternos uno por uno en todos los teléfonos móviles de España para borrar esos contenidos, pero sí que podemos intentar conseguir es evitar la difusión. ¿Cómo? Tratando que aplicaciones como WhatsApp bloqueen el reenvío de ciertos contenidos a más personas. De hecho, esto se está realizando durante la pandemia con bulos que se hacen pasar por noticias y que solo se dejan enviar una vez. Se puede lograr lo mismo para bloquear el reenvío masivo de imágenes o grabaciones que afecten a la intimidad e integridad de las personas”, ha explicado Zaragoza.

Entre los delitos más significativos, los expertos han destacado el 'online grooming', delito en el que un adulto se pone en contacto con un menor a través de las redes sociales para ir ganándose su confianza e involucrarle en una actividad sexual y el 'porn revenge', cuando una persona distribuye sin consentimiento imágenes o vídeos sexuales de su pareja o ex pareja y que fueron grabadas durante la relación.

Agentes encubiertos virtuales para cazar depredadores sexuales

Con la llegada de este tipo de delincuencia, se ha creado la figura del agente encubierto virtual, que con el objetivo de cazar depredadores sexuales, crea falsos perfiles de adolescentes en determinadas redes sociales para detectar a posibles pedófilos en busca de menores. Sin embargo, ésta es una práctica que causa cierto debate entre los propios agentes y los expertos criminalistas, puesto que al hacerse pasar por una víctima o por un posible miembro de la organización criminal o cercano a esta, “puede considerarse poco legítimo”, según explica Luis Lafont Nicuesa.

En estos casos, el agente encubierto se acerca al posible delincuente o a la víctima a través de las redes sociales. Para ello, crea un documento de trabajo en el que refleja su “falsa personalidad” y estudia de forma exhaustiva al perfil investigado: quiénes son sus amigos virtuales, sus gustos, a qué páginas sigue, a qué publicaciones les da “me gusta”, qué juegos o música le interesan, para así actuar de forma similar y facilitar una futura interactuación.

Después se procede a realizar un acercamiento en forma de solicitud de amistad en la red social que se utilice. Algo, que según ha apuntado Lafont, puede tardar hasta 3 meses en producirse. Una vez aceptado, se debe interactuar con precaución, primero a través de esa red social y posteriormente a través de la red social que el investigado considere oportuna o considere más segura, como pueden ser WhatsApp o Telegram. “No hay que realizar al investigado comentarios o proposiciones que sean una inducción al delito. hay que esperar que las mismas procedan del investigado”, ha explicado Lafont.

Y así hasta lograr alguna prueba incriminatoria o confesión del crimen. Sin embargo, estas técnicas de investigación se enfrentan a una serie de problemas como el hecho de que la mayoría de investigados no hablen español por lo que el agente encubierto requeriría constantemente los servicios de un traductor o que el investigado solicite realizar una videollamada.

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