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Tres meses de cárcel e inhabilitación para un abogado que presentó dos veces la misma demanda

Las demandas versaban sobre máquinas recreativas

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha confirmado íntegramente una sentencia de la Audiencia de Cáceres que condena a un abogado a una pena de tres meses de cárcel e inhabilitación para ejercer su profesión por un delito de estafa procesal, tras haber presentado la misma demanda en dos ocasiones, al recibir una sentencia desfavorable en el primer caso y cursar la misma querella siete días después. 

La sentencia, que no es firme y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, también le condena a un mes y 15 días de multa, con cuota diaria de 6 euros. 

No obstante, el tribunal tiene en cuenta, como atenuante, que “no se ha causado perjuicio económico alguno” al afectado que fue demandado en dos ocasiones.

Los hechos se remontan a 2018, cuando el letrado condenado interpuso una demanda contra un cliente de una empresa de máquinas recreativas y expendedoras que reclamaba la devolución, más intereses, de 1.145 euros.  

El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Cáceres desestimó esa demanda y “pocos días después de la sentencia, el 28 de julio de 2020, el acusado firmó otra en esencia idéntica y en la que se omitía cualquier referencia” a que se trataba de un hecho ya juzgado, según la sentencia del TSJEx recogida por la agencia Efe. 

Esa segunda demanda sí prosperó y se estimó íntegramente, condenando al cliente a abonar la citada cantidad. 

Sin embargo el condenado al percatarse de la duplicidad pidió la nulidad, que se declaró en una sentencia posterior y que propició que el Ministerio Fiscal formulase acusación por un delito de estafa procesal contra el abogado de la compañía demandante. 

En un juicio posterior, el letrado alegó que se encontraba en Portugal y que dio instrucciones a su secretaria, “que esos días pasaba una crisis física y emocional a consecuencia del alzheimer de su madre, y que su cabeza no estaba donde debía estar por lo que erró al instar un procedimiento verbal sin darse cuenta de que ya había instado uno con anterioridad”.  

Sin embargo, el TSJEx aclara que en la segunda demanda el letrado “detallaba cuestiones que no se incluyeron en la primera, con la finalidad de que el tribunal dictara un procedimiento favorable a su cliente”. 

Pese a que le han dado la razón finalmente, el doblemente querellado “renunció a las acciones penales y civiles que pudieran corresponderle”. 

El letrado condenado insistió en que para que se diera un delito de estafa procesal es necesario que se produzca un perjuicio económico pero el alto tribunal destaca que “la simple lectura de las dos demandas permite comprobar que los escritos no eran idénticos”. 

“La segunda demanda subsana las deficiencias de la primera, lo que, más que razonablemente, hace dudar de que se debiera a un error”, ha señalado el TSJEx.

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