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Opinión - Ni liderazgo ni autoridad. Por Esther Palomera

El Gobierno de Ayuso recurre el fallo que le obliga a dar un alquiler social a una afectada por la venta de vivienda pública

El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso se opone a otorgar un nuevo alquiler social a una afectada por la venta de vivienda pública a Goldman Sachs, a pesar de que una sentencia judicial de primera instancia ampara a la mujer que fue desahuciada por el fondo estadounidense en 2016 y condena a la Comunidad de Madrid a concederle un nuevo piso público. 

Sin embargo, el Ejecutivo autonómico ha recurrido el fallo, alegando que “no está obligado a resolver la situación habitacional” de la recurrente y citando una sentencia previa del Supremo. Para respaldar su argumentación, asegura que “en ningún caso se ha validado por los órganos judiciales que un desalojo deba ir acompañado de una alternativa habitacional sine qua non”, según consta en el recurso de apelación presentado por la Comunidad de Madrid y al que ha accedido elDiario.es. 

En esta misma línea, la Abogacía regional mantiene que “no existe un derecho fundamental a la vivienda en nuestro país” y subraya que la Constitución establece este derecho como “un principio rector de la política social y económica”. Con esta argumentación, la Comunidad de Madrid defiende que la sentencia recurrida “ignora abiertamente un extremo que es de sobra conocido en nuestro ordenamiento jurídico”.

Desahuciada en 2016

Estas son las razones que expone el Gobierno de Ayuso para evitar que Ángela (48 años) y su familia vuelvan a acceder a una vivienda pública. En 2009, esta mujer, madre de familia numerosa, consiguió un piso social en Valdecarros. En ese momento, la Comunidad de Madrid se lo adjudicó por su “especial necesidad” y llegó a concederle una reducción del 95% de la renta. Pagaba un alquiler mensual de 50 euros. 

Cuando el Ejecutivo de Ignacio González (PP) vendió 3.000 viviendas públicas a Goldman Sachs por 200 millones de euros, Ángela perdió el descuento social de su alquiler. Con el cambio de casero, no pudo hacer frente al nuevo precio de la renta. “Pedí ayuda a los servicios sociales, a Cáritas y no sé a cuántas cosas más”, recuerda. Nadie le explicó las consecuencias que tendría para ella y su familia la venta de vivienda pública. Solo recibió una carta, que le costó interpretar. Comenzó a acumular recibos sin pagar y, tras ver a otros vecinos abandonar sus casas, ella fue desahuciada en 2016.

Dos años después de aquel lanzamiento, la Justicia declaró nula la operación por la que el Gobierno madrileño se deshizo de esos 3.000 pisos sociales. La Comunidad de Madrid recurrió esta decisión, y tras varios varapalos judiciales, el equipo de Ayuso se encargó de gestionar la recuperación de las 1.700 viviendas que aún eran propiedad del fondo.

Con la venta ya anulada, Ángela volvió a pedir un alquiler social. Acudió a la Agencia de Vivienda Social, dependiente de la Comunidad de Madrid, pero no obtuvo respuesta. Tras el silencio administrativo, acudió a los tribunales y allí una jueza le reconoció su derecho. 

La Comunidad debe responder a “la necesidad habitacional”

“La Administración que recuperó la propiedad de las viviendas transmitidas por un contrato declarado nulo de pleno derecho, ha de responder a la necesidad habitacional de la recurrente que ella misma ha creado”, señaló la magistrada. En un fallo emitido en septiembre, adelantado por esta redacción, la jueza también recalcó que el Gobierno de Ayuso no llegó a “valorar las circunstancias sociales y económicas” de la recurrente.  

En sus alegaciones, el Ejecutivo autonómico considera que es erróneo asegurar que “la necesidad habitacional de la recurrente ha sido provocada por la Comunidad de Madrid”, ya que el desahucio se produjo “por falta de pago de la renta a la entonces propietaria del inmueble”, Encasa Cibeles, una sociedad creada para gestionar la compra de estos pisos y participada al 97% por Goldman Sachs. “En pocas palabras y sin entrar en mayores disquisiciones, el desahucio no lo provocó la Comunidad de Madrid”, añade el equipo jurídico de la administración regional.

A la Abogacía General de la Comunidad de Madrid le parece que la sentencia se “excede de las funciones jurisdiccionales”. “Lo que en ningún caso procede es sustituir a la autoridad administrativa competente y otorgar sin trámite alguno una vivienda pública”, insisten los letrados, que explican que la “solución” en este caso pasaría por iniciar de nuevo el procedimiento administrativo y que sea la Comunidad de Madrid la que decida “si procede o no la citada legalización”.

Finalmente, el equipo jurídico autonómico defiende que “la anulación de la venta no produce una retroacción de los efectos”. De esta forma, el Ejecutivo autonómico intenta evitar que se le abra un nuevo frente por la venta de 3.000 viviendas públicas, ya que si este fallo es ratificado, otros afectados que perdieron su casa tras el cambio de casero pueden seguir el mismo camino que Ángela. Se desconoce el impacto que podría tener esta sentencia, ya que se desconoce el número de beneficiarios de un piso público que fueron desahuciados o se marcharon cuando su alquiler perdió la protección social.