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Preguntas y respuestas: lo que tienes prohibido si vives en una ZBS de Madrid confinada por Covid-19

Calle Blasco de Garay en Chamberí, con una de la acera de sus impares confinada por pertenecer a la ZBS de Andrés Mellado

Somos Madrid

25 de enero de 2021 07:59 h

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La Comunidad de Madrid ha confiado parte de su estrategia del control de la pandemia a los confinamientos por zonas básicas de salud (ZBS): en las áreas donde detecta mayor transmisión comunitaria del coronavirus, decreta cierres perimetrales que va ampliando semana a semana, en el caso de que la incidencia de la enfermedad no disminuya lo suficiente. Lo hace desde mediados de septiembre a través de una normativa que no todos los ciudadanos tienen clara y que procedemos a explicar en sus dudas más frecuentes.

¿Qué dice exactamente la normativa?

La Comunidad de Madrid aprobó el 22 de octubre de 2020 el decreto que rige todas las limitaciones a la movilidad por ZBS. En él “se restringe la entrada y salida de personas de los ámbitos territoriales salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados”. La Consejería de Sanidad publicó posteriormente el justificante que recomienda llevar a todas las personas que tengan que entrar o salir de estas áreas.

¿Cuáles son las excepciones para entrar o salir?

Nadie puede entrar o salir de las zonas confinadas, salvo para actividades indispensables. La Comunidad de Madrid considera las siguiente excepciones:

  • Motivos laborales
  • Acudir a centros sanitarios
  • Ir a centros educativos (desde universidades, colegios, academias o escuelas infantiles, entre otros)
  • Asistencia a personas mayores, menores o dependientes
  • Acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas
  • Acudir a exámenes
  • Para renovación de permisos, documentación y otros trámites inaplazables
  • Acudir a centros de entrenamiento o competiciones deportivas (en el caso de deportistas federados)
  • Cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor
  • Regresar a la zona de residencia

Si necesitas entrar o salir del área, es aconsejable disponer de un salvoconducto o justificante para mostrar a los agentes de policía que vigilarán por el cumplimiento de la orden en las calles de Madrid.

¿Se puede atravesar una ZBS confinada?

Sí, está permitida la circulación por carretera y viales que las atraviesen, siempre que el origen y el destino esté fuera de la zona confinada.

También se permite la circulación de personas residentes dentro de las zonas afectadas, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas, aunque la Consejería de Sanidad “desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles”.

¿Cuáles son los límites de las ZBS confinadas?

Cada zona básica de salud ocupa las manzanas que están en su interior y está separada del resto por la calzada. En sus límites, están afectadas por las restricciones las aceras contiguas a cada manzana confinada, mientras que queda libre la del otro lado. No obstante, la normativa regional permite caminar por todo su perímetro.

¿Cuáles son las áreas afectadas por las restricciones en Madrid?

Se pueden consultar todas las áreas en el siguiente mapa, actualizado por la Consejería de Sanidad cada semana:

¿Puedo salir o entrar en de las zonas confinadas para hacer compras?

No, las compras no se considera una actividad esencial por parte de la Comunidad de Madrid, así que los vecinos confinados tienen que consumir dentro de los límites de su barrio. Tampoco pueden acudir a las tiendas de las ZBS confinadas el resto de madrileños, salvo que lo hagan por motivos laborales o de extrema urgencia.

¿Puedo salir del cierre acudir al cine, teatro o a otras actividades?

No, por el mismo motivo anterior. El ocio no forma parte de las excepciones para poder entrar o salir del cierre perimetral y las entradas adquiridas no sirven como justificante para permitir los desplazamientos.

¿Pueden multarte si incumples las restricciones?

Sí, el decreto publicado habilita a la Comunidad de Madrid y a las policías municipales y nacionales a imponer multas a las personas que no respeten las medidas incluidas en el confinamiento. Las sanciones aplicables por el incumplimiento de las órdenes y protocolos sanitarios vigentes pueden oscilar entre los 600 y los 600.000 euros, en función de su gravedad.

El seguimiento del respeto a los cierres perimetrales se está efectuando en Madrid con controles aleatorios por parte de Policía Municipal y Policía Nacional, además de por la Guardia Civil en carreteras rurales. Aunque con un nivel de presión mucho menor al del confinamiento de la pasada primavera, lo que ha provocado quejas de vecinos en zonas que ya han pasado otras cuarentenas: “La gente hace lo que quiere”, se quejaban muchos.

¿Qué está cerrado o abierto y cuáles son sus horarios?

Los únicos espacios que están cerrados por decreto regional en las zonas confinadas son sus parques infantiles. Los comercios y cualquier otro tipo de negocio tienen los mismos horarios que el resto de zonas no confinadas: las tiendas y la hostelería deberán cerrar a las 21.00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables.

¿Por qué se ha impuesto este confinamiento?

La Consejería de Sanidad decreta esta medida debido al importante repunte de casos de coronavirus registrado. Lo hace afirmando que su estrategia de confinamiento por barrios funciona a la hora de contener la pandemia. La cuarentena de cada barrio suele estar acompañada de un cribado masivo de sus vecinos con tests de antígenos.

¿Cuándo se acabará el confinamiento de mi ZBS?

Según los criterios fijados a día de hoy por la Consejería de Sanidad, se levantarán las restricciones cuando la tasa de nuevos contagios sea un 50% inferior a la alcanzada cuando se tomó la decisión de confinar el área. La decisión se comunicará el viernes anterior al posible fin de la cuarentena en rueda de prensa.

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