Dos abuelos de Murcia ganan en el Constitucional la batalla por optar a la adopción de su nieto
Un matrimonio de abuelos murcianos ha ganado la batalla en el Constitucional por la adopción de uno de sus nietos. El tribunal ha constatado que tanto los jueces de la Región como la propia Dirección General de Familias expulsaron a los abuelos de los procesos legales que rodeaban al niño después de la muerte de la madre y vulneraron sus derechos fundamentales, por lo que el proceso debe repetirse. En la actualidad, según explican fuentes del caso a elDiario.es, tanto el niño como su hermana siguen viviendo con su familia de adopción a instancias del juzgado y de la administración mientras sus abuelos siguen pleiteando para que se cumpla la última voluntad de su madre.
La madre de los dos niños se suicidó en 2020. Para entonces varios juzgados de la Región de Murcia mantenían abiertos diversos procesos para decidir el futuro de dos de sus tres hijos, cuyo padre residía fuera de España y no tenía ningún contacto con ellos ni había mostrado interés por hacerse cargo de los menores. Ya en 2018 la mujer había comparecido ante un notario para dejar por escrito su voluntad de que los niños vivieran con sus abuelos, dos funcionarios que siempre han defendido haber estado capacitados para hacerse cargo de los menores.
Las causas legales en torno al menor, que en la actualidad tiene cinco años de edad, se dividieron en tres diligencias judiciales distintas. Una sobre la patria potestad del niño, otra sobre su régimen de acogimiento y otro, finalmente, sobre su adopción. En todos ellos, los juzgados de la Región entendieron que los abuelos no estaban legitimados para participar en los aspectos legales de la vida de su propio nieto.
En el primero se estudió la decisión de la Dirección General de Familias y Protección del Menor –dependiente de la Consejería de Política Social del gobierno de Fernando López Miras– de asumir la tutela del menor. El segundo denegó el acogimiento a los abuelos, pero quedó en suspenso cuando se enteraron, en plena vista, de que en un tercer procedimiento el niño ya había sido adoptado por una pareja, la misma que también había adoptado a su hermana de ocho años a propuesta de la Dirección General. El juez se limitó a aceptar, sin argumentos, lo que proponía el organismo público para separar al niño de su familia.
Fue entonces cuando el matrimonio de abuelos decidió llevar el caso hasta el Constitucional, denunciando que los tribunales y la administración murciana habían vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva al no haberles permitido participar en los procesos legales que rodeaban a su nieto más joven. Todo mientras se suspendía el régimen de visitas y, además, no podían ver al pequeño.
En su recurso, el matrimonio no solo alegaba que se habían vulnerado sus derechos fundamentales. También cargaban directamente contra la Dirección General de Familias: “Al conocer el fallecimiento de la madre aprovechó para «acelerar» la adopción del nieto, ignorando los procedimientos en curso”, denunciaban. “Se nos ha negado la posibilidad de una adopción abierta”, afirmaban, acusando a la administración de López Miras de “desentenderse del todo” poco después. Finalmente, la pareja “atribuye el suicidio de su hija a la pérdida de toda esperanza por la actuación de la entidad pública al haber suspendido las visitas con sus dos hijos y a que su hijo había sido dado en guarda con fines de adopción”.
La respuesta de la sala segunda del Tribunal Constitucional ha sido dar la razón íntegramente a los dos abuelos y ordenar al juzgado que repita el procedimiento de adopción del pequeño pero “para que dicte la resolución que proceda con pleno respeto al derecho fundamental vulnerado”. Es decir, permitiendo que los abuelos se personen y puedan formar parte del procedimiento que afecta a su nieto. Mientras tanto, el menor seguirá viviendo con la familia que consiguió su adopción por la vía judicial.
Críticas al juzgado y al gobierno murciano
La sentencia del Constitucional, que ha podido examinar elDiario.es, lanza duros reproches tanto a la administración como al juzgado de primera instancia número 9 de Murcia por cómo gestionaron el proceso de adopción del niño. El juzgado, critica el Constitucional por unanimidad de sus miembros, “aceptó acríticamente sin motivación alguna” la propuesta de adopción de la Dirección General de Familias. Lo hizo, además, en una resolución “estereotipada” del juzgado.
Ni el juez ni el organismo público valoraron “ninguno de los aspectos relevantes” para considerar que el niño viviera con sus abuelos, sin ponderar los informes de psicólogos y trabajadores sociales que hablaban de “las incuestionables capacidades de los abuelos para la crianza de los nietos” y su solvencia económica. “Pese a que no concurrían circunstancias particularmente inadecuadas que pudieran perjudicar la salud y el desarrollo del niño, se desechó la alternativa de conceder el acogimiento familiar en familia extensa, esto es, en favor de los abuelos, evitando cortar los lazos que significa separar al niño de sus raíces”, reprocha el Constitucional.
La actuación del juez y de la Dirección General, zanja el Constitucional, “se sujetó de modo inflexible, para negarles la posibilidad de intervenir y de ser oídos en el procedimiento” en detrimento del interés del menor, que según recuerda el tribunal de garantías debe estar por encima de las “rigideces” legales, según la doctrina de los tribunales europeos. El interés de los abuelos era “evidente, legítimo y directo” y ahora el proceso legal debe repetirse pero con los abuelos personados en el procedimiento y optando, por tanto, a adoptar al niño de cinco años.
“No sabíamos que estaban adoptados”
La sentencia del Constitucional ya ha sido ejecutada y varios procesos legales en torno a la adopción de este menor de edad han vuelto a la casilla de salida, pero esta vez con sus abuelos como parte del proceso y sin secretos. Margarita López Anadón es la letrada que representa a los dos abuelos en un pleito que arrancó con una mujer que tenía claro que no podía hacerse cargo de sus hijos: “Quería desde el principio que sus hijos quedaran al cuidado de sus padres mientras no pudiera hacerse cargo de ellos”, explica la abogada a elDiario.es.
La letrada denuncia que la actuación de la administración murciana, de los juzgados y de un primero abogado negligente desembocaron en su suicidio en marzo de 2020. Para entonces, descubrió por sorpresa que su hijo menor estaba en acogimiento preadoptivo con otra familia y que, además, no tenía visitas con ellos. “Consideramos que fue el detonante. Ella perdió totalmente la esperanza entre la actuación del abogado y lo que hizo la entidad pública... al mes se lanzó al vacío”, recuerda.
Fueron precisamente los abuelos los que comunicaron a la administración murciana el fallecimiento de la madre. La siguiente noticia que tuvieron, meses después, fue que la Dirección General había dado al niño en adopción a una pareja. Se enteraron durante una vista en otro de los múltiples procesos abiertos: “Me enteré y me puse a llorar. Luego ya salí y se lo dije a los abuelos, que querían seguir luchando, y seguimos en esa línea para recuperar a sus nietos”, explica.
La letrada critica que tanto la entidad pública como el juzgado “pasaron por alto” el interés de los abuelos en quedarse con el niño y su hermana, firmando la adopción a pesar de los procedimientos judiciales abiertos. “Según el Constitucional, no motivaron nada”, explica tras recibir el aval del tribunal de garantías. “Estamos muy contentos, es esperanza. Estos asuntos de menores en desamparo es un tema que, quien no está metido, no puede imaginarse la crueldad de estos procedimientos, porque realmente son crueles”.
El proceso vuelve ahora a la casilla de salida aunque tanto este menor como su hermana siguen con la familia de adopción. Pero la adopción del menor, tal y como ha ordenado el Constitucional, ha sido anulada y el próximo mes de noviembre otro juzgado celebrará la vista por el acogimiento que piden sus abuelos. Mientras tanto, la letrada que lleva el caso aspira a que, por lo menos, se puedan reanudar las visitas con los niños.
En contacto con elDiario.es, desde la consejería murciana de Política Social no se pronuncian al respecto de este caso porque “se trata de un caso donde hay un menor implicado” y su obligación es “salvaguardar, ante todo, la protección del menor”. “Este tipo de casos son valorados y estudiados por profesionales especializados en la materia y, además, se encuentra en un proceso judicial”, se limitan a señalar.
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