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La defensa de Alfredo Sáenz recurrirá en amparo ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Supremo
Según informaron a Europa Press en fuentes jurídicas, los abogados de Sáenz sustentarán el recurso en una posible infracción del derecho de igualdad y también del derecho a la tutela judicial efectiva.
Como paso previo a la formalización de este recurso de amparo, que la defensa del directivo pretende presentar “de inmediato”, la defensa presentará un incidente de nulidad ante el Alto Tribunal.
Una vez emitida la sentencia por el Supremo, éste la enviará al Banco de España, que la analizará y tomará una decisión sobre si Sáenz mantiene intacta su honorabilidad, requisito exigido para poder seguir con su labor al frente del Banco, según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.
Según la nueva legislación que ultima el Gobierno, el Banco de España deberá considerar la opinión de los tribunales a la hora de determinar si un directivo de un banco mantiene su honorabilidad después de haber cometido un delito y si, por lo tanto, puede seguir ejerciendo su actividad.
Ésta es una de las modificaciones que el Ministerio de Economía ha incluido en el proyecto de Real Decreto por el que se modifican diversos reales decretos en materia de requisitos de honorabilidad, experiencia y buen gobierno en las entidades de crédito.
El texto fue presentado en enero y sometido a consulta pública hasta el 7 de febrero. En la actualidad ha sido remitido al Consejo de Estado y se prevé que pueda ser aprobado por el Consejo de Ministros el mes que viene.
En concreto, la nueva redacción señala que a la hora de determinar si un directivo bancario conserva sus condiciones de honorabilidad hay que analizar la reiteración de condenas o sanciones por faltas o infracciones.
La anulación de los efectos administrativos del indulto a Alfredo Sáenz se conoció el pasado 12 de febrero y este martes se ha hecho pública la sentencia completa, cuyo ponente es el magistrado Carlos Lesmes.
El Alto Tribunal concluye que el Gobierno socialista, que se encontraba en funciones al conceder el indulto, utilizó su prerrogativa de aplicar la medida de gracia contraviniendo la Ley “y la propia Constitución”. Incurrió por tanto en un claro 'ultra vires', acepción latina que significa más allá de su competencia en relación con el apoderamiento recibido por la Ley de Indulto.
La sentencia llega a esta conclusión tras analizar que el indulto pretendía que la condena impuesta a Sáenz por un delito doloso no le afectara a la hora de serle aplicada la normativa bancaria.