“La prisión permanente no era necesaria: un criminal no piensa en si le van a caer 30 o 40 años”
Nicolas García Rivas (Madrid, 1959) es catedrático de Derecho penal de la Universidad de Castilla-La Mancha y director del Centro de Investigación en Criminología. También es autor del libro La rebelión militar en el Derecho Penal. Y uno de los 100 expertos penalistas que han firmado un manifiesto contra la prisión permanente revisable. Duda de la constitucionalidad de la última reforma del Código Penal e incluso de que sea compatible con la convención de Derechos Humanos. Las penas deben ir encaminadas a la reinserción, recuerda, y considera discutible que la prisión permanente lo sea. Asegura que en la mayoría de los casos la privación de pena y los mecanismos de reinserción son suficientes para rehabilitar al preso. Para las excepciones, García Rivas invita a poner en marcha sistemas de vigilancia para cuando cumplan sus condenas.
¿Por qué han decidido salir públicamente a pedir en un manifiesto derogar la prisión permanente revisable?
Los juristas que hemos firmado ese manifiesto estamos muy preocupados por la actual deriva autoritaria de la política criminal española que se manifiesta no solo en este asunto, sino en la persecución de manifestaciones relacionadas con la libertad de expresión, que debe tener unos límites, pero eso no implica que se pueda criminalizar cualquier manifestación en redes sociales, ya sean exabruptos o conductas inmorales. El límite penal no debe ponerse ahí. A partir de esa preocupación y en este momento en que se iba a discutir la posible ampliación de la prisión permanente o su derogación como propone el PNV, decidimos manifestarnos en contra de su existencia.
¿Están convencidos de que contraviene la Constitución? ¿Qué artículos?
Sí y por varios motivos. Creemos que imposibilita la reinserción social del condenado. Se hace mucho hincapié en que se trata de una pena revisable. Eso tiene que ser así a la fuera porque en el ámbito de los Derechos Humanos europeos sería imposible otra cosa. En 1977 el Tribunal Constitucional alemán dijo que la dignidad de la persona no es compatible con que no pueda salir de la prisión. Y esa doctrina la asumió el Tribunal De Estrasburgo. Así que no podría ser de otro modo, ha de ser revisable. A partir de ahí, el Tribunal de Derechos Humanos establece un doble criterio para admitir las prisiones permanentes: el tiempo de revisión y el modo en que se revisa. Hay un precedente importante de una sentencia en 2013 del Tribunal Europeo de Estrasburgo en relación con la regulación de la prisión permanente y que citaba un límite máximo de 25 años. En la regulación española en los casos de terrorismo la revisión se hacía a los 35 años. En la prisión permanente hay revisiones a los 28 años también. Así que por ahí no parece que cumpla con lo que exige Estrasburgo.
En cuanto a la forma, la regulación española dice que la revisión se realizará teniendo en cuenta la evolución del condenado en su personalidad y eso es lógico, pero además pide tener en cuenta las circunstancias del delito. Las circunstancias de un crimen por definición son siempre execrables, ese no es un parámetro lógico para prever la reinserción. La Constitución dice que las penas deben ser encaminadas a la reinserción y no parece que esta reforma del Código Penal lo haga.
¿Es pertinente afrontar un debate como este con crímenes tan recientes como el del niño Gabriel o Diana Quer?
No parece lógico afrontar un debate así con casos tan recientes y tan graves. Inevitablemente el ánimo de quien debe decidir puede estar influido, pero el legislador se tiene que acostumbrar a decidir en frío aunque sucedan estas cosas. La profesionalidad de los diputados debería estar por encima de estos casos. Sería mejor que no coincidiese, pero la verdad es que el Parlamento debe abstaerse también de estos casos tan dramáticos. Lo del jueves con las familias de las víctimas, que merecen todo el respeto y cuidado, en la tribuna y algunos partidos ejerciendo una especie de chantaje moral, es inaceptable.
Los familiares han recogido firmas y la sociedad mayoritariamente se posiciona del lado de la prisión permanente. Muchas voces aseguran que hay delincuentes que no son reinsertables.
Lo primero que hay que asumir es que la opinión pública es fácilmente manipulable. Lo de estos días es un buen ejemplo, con el 70% de los informativos dedicados al asesinato de un niño. Hemos visto a miembros del Gobierno asistiendo a unas exequias en las que no suelen estar, salvo casos de terrorismo. Existen parámetros en la Constitución que no se deben sobrepasar. Probablemente si se preguntase a la gente en este contexto, habría muchos a favor de la pena de muerte. Pero es que eso no importa porque está abolida. ¿Cómo se tiene que valorar que dos o tres millones de personas estén a favor de la prisión permanente y aportan sus firmas? Pues como una opinión más. Pero si creemos que esa legislación vulnera la Constitución, pues no importa demasiado.
España tiene una tasa de 0,6 homicidios por cada 100.000 habitantes, de las más bajas de Europa, solo por detrás de Austria. ¿Cómo se entiende que el debate político de repente gire en torno al endurecimiento de penas?
Eso es lo que dicen los datos de Eurostat, la oficinna europea de estadística. En España el índice de homicidios está en 0,65; en Francia, en 1,53; en Finlandia, en 1,61. Y nuestra tasa de reclusos por 100.000 habitantes está entre 130 y 140, en Alemania está en 77; en Italia, en 87 y en Francia, en 100. Los datos aquí indican que la tasa de criminalidad es bastante baja, sobre todo en los delitos graves, y sin embargo la tasa de reclusión es más alta que en otros lugares. O sea, nuestra legislación es bastante dura. Eso de que los presos salen a los pocos años es directamente mentira. Salen cuando cumplen la pena que se les impone.
Y hay personas que pueden reincidir y un problema muy localizado en determinados casos que probablemente presenten una patología y quizás deban ser tratados de otra manera, con medidas de seguridad posteriores al cumplimiento de la pena. Pero eso no debe implicar una legislación general con penas desproporcionadas. Y la prisión permanente lo es, no era necesaria, había ya penas de hasta 40 años en el Código Penal. Y además es que no es lógico: un criminal no piensa en si le van a caer 30 o 40 años cuando comete un crimen. Se ha analizado mucho el efecto del endurecimiento de las penas sobre los índices de delincuencia. En Gran Bretaña cuando se abolió la pena de muerte en 1965 se estudiaron durante cinco años las consecuencias. Y lo que se demostró es que no había cambios en las tasas de criminalidad, así que partiendo de esos estudios la abolición se mantuvo en 1970. Y en Estados Unidos está más que demostrado que los estados que tienen pena de muerte no tienen menores índices de criminalidad.
Como respuesta a la petición del PP de ampliar la prisión permanente revisable hay otra de Ciudadanos para endurecer el acceso a los permisos. ¿Cómo lo valora?
Solo lo puede valorar negativamente porque la regulación sobre el acceso a los permisos y al tercer grado ya es bastante duro. Una persona a la que se le condene a prisión permanente se va a pasar ocho años en prisión sin salir ni un momento a la calle. El acceso al tercer grado se contempla a partir de los 18 años en casos normales y a los 27 en casos de terrorismo. Y la sociedad debe saber que existen estudios que señalan que a partir de los 20 años entre rejas la personalidad del recluso si no está destruida, está completamente transformada. Cuando algunos invocan el ojo por ojo deben saber que si alquien pasa décadas en prisión eso tiene unos efectos durísimos sobre la persona. La propuesta de endurecer el acceso al tercer grado que propone Ciudadanos no es acorde a la reinserción. Lo que habría que procurar es mejores equipos de tratamiento, más medios, eso si queremos ser una una sociedad civilizada, lo otro son las mazmorras.
Es humano que ante determinados crímenes surja el discurso de que se pudran en la cárcel. ¿Cómo se combate?
Responder a ese discurso ni es fácil ni tiene buena prensa. Yo lo hablo con mis alumnos y lo primero es determinar qué tipo de sociedad queremos, si pretendemos una medieval, desear se pudran tiene lógica. Si queremos una sociedad moderna donde esa persona acabe aceptando los valores sociales, pues el discurso debería ser otro. Resulta interesante lo que hizo Noruega con el caso Breivik. Recordemos que fue el autor de un atentado en Oslo que luego asesinó a 70 personas en una convención del partido socialista en una isla. Este sujeto fue condenado a 21 años de prisión, a los que se añade -y aquí está la clave que puede tranquilizar a esa gente- que deba estar en lugar adecuado más tiempo. Allí se programó un internamiento con medios diferentes para tratar de reinsertarlo.
Es importantes saber que al final de toda la política penal, habrá casos de personas que son imposibles de resocializar. Para ellos habrá que establecer otro tipo de medidas. Pero para la mayoría, la privación de libertad y los medios para la reinserción deben ser suficientes.