El Consejo de Europa, satisfecho con la aplicación de la sentencia que deroga la doctrina Parot
Estrasburgo ha mostrado su satisfacción con el cumplimiento por parte de España de la sentencia que anula la aplicación de la doctrina Parot. El Comité de Ministros ha evaluado este jueves el cumplimiento de la resolución dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que exigía la liberación de la etarra Inés del Río por haber aumentado su tiempo de condena de manera retroactiva.
Los miembros del Comité de Ministros celebran la decisión de la Audiencia Nacional de poner en libertad a Inés del Río como respuesta a la “medida individual indicada por el Tribunal Europeo”. Además, consideran que el acuerdo de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de dejar sin efecto la doctrina que impuso a partir de 2006 para que los presos condenados por hechos anteriores a 1995 no pudieran redimir las condenas, un beneficio que sí preveía la legislación vigente en ese momento, se alinea con el fallo del tribunal internacional.
La nueva doctrina adoptada por el Supremo tras la sentencia de Estrasburgo provocó las críticas de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que tachó de “incomprensible” el criterio de la Sala, y pidió la desaparición del organismo judicial por no “mojarse”.
La institución europea también avala la decisión de no pagar los 30.000 euros que la sentencia fijaba como indemnización a Inés del Río por haber permanecido en prisión cinco años más de lo que hubiera sido legal. El criterio de la Audiencia Nacional, y que el Gobierno ha defendido en la información remitida al Comité de Ministros, es que la retención de ese dinero se destinaría a la compensación a las víctimas y daños subsidiarios de sus atentados, que el Ejecutivo cifra en 1,5 millones de euros.
El Consejo de Europa considera que ese criterio es “coherente” con la práctica del Comité de Ministros y explica que la deuda contraída por Del Río con las víctimas la ha asumido el Estado.
El organismo europeo evalúa el cumplimiento de todas las sentencias dictadas por el Tribunal y emite una resolución, que en este caso todavía no es final ya que solo se ha sometido a la primera supervisión del procedimiento. El Comité de Ministros valorará de nuevo en el futuro la información que le envíen España y las partes implicadas en el proceso sobre la aplicación de la sentencia y será entonces cuando se dé por cerrado definitivamente el caso.