El alcalde de Santiago, Martiño Noriega, gana la batalla judicial a El Correo Gallego
El alcalde de Santiago de Compostela, Martiño Noriega, de Compostela Aberta, una candidatura ciudadana vinculada a En Marea, acaba de ganar la batalla judicial que el periódico El Correo Gallego emprendió contra él para inhabilitarlo por difundir en Facebook las deudas del diario con la Seguridad Social que le impedían contratar publicidad en ese medio.
El pleito se inició hace diez meses cuando el regidor santiagués decidió responder en las redes sociales a una campaña de El Correo Gallego que lo acusaba de discriminar al periódico en el reparto de la publicidad y de beneficiar a “diarios coruñeses [La Voz de Galicia] y radios de Madrid [la cadena Ser]”. En respuesta a uno de esos artítulos Noriega explicó el 3 de agosto de 2016 a través de sus perfiles personales de Facebook y Twitter que la ley prohíbe a las administraciones contratar con empresas tienen deudas con la Seguridad Social y cifró las de El Correo Gallego: un millón de euros con la Agencia Tributaria.
La respuesta de El Correo Gallego fue una denuncia en la vía penal que pretendía la inhabilitación del alcalde compostelano en la que lo acusaba de valerse de su cargo institucional para revelar datos secretos y causar un perjuicio irreparable a la empresa editora. El diario en su demanda no negaba los hechos, sino que lamentaba el “perjuicio irreparable” de que Martiño Noriega los hubiese hecho públicos a través de sus redes sociales.
La Audiencia Provincial de A Coruña, en un auto de seis páginas firmado el pasado 21 de abril por los magistrados Ángel Pantín, José Gómez y Jorge Cid, viene a dar la razón al alcalde de Santiago y decreta el archivo del caso en un auto contra el que no cabe recurso. El tribunal sostiene que el regidor no incurrió en un delito de revelación de secretos porque los datos sobre las deudas de El Correo Gallego con las Administraciones Públicas no lo son. Y advierte de que un diario digital ya las había difundido meses antes de que Noriega las publicitase en sus redes sociales.
El fallo de la Audiencia Provincial de A Coruña, al que ha tenido acceso eldiario.es, sostiene que la información comunicada por Noriega en Facebook y Twitter no puede calificarse como secreto: “No se trata de un dato interno de la propia empresa reservado y conocido por un determinado circulo de personas, sino un dato referente a una deuda de naturaleza pública que la empresa denunciante mantenía con la Hacienda Pública. No consideramos que la existencia de dicha deuda revista el carácter de secreto y de hecho la Administración Pública puso en conocimiento de los posibles deudores de la entidad la existencia de la deuda y a ello obedece la orden de embargo. Es incompatible el secreto con la difusión de la información promovida por la propia Administración acreedora”.
En los fundamentos de derecho el tribunal va más allá y advierte que “es importante” valorar el contexto en que se produjeron los hechos: la batalla mediática que el diario mantiene desde hace meses con el alcalde compostelano y que la publicación de Noriega responde a una información anterior del periódico en la que se le acusaba de penalizarlo en el reparto de publicidad y de perjudicar a los empleados, que por aquel entonces sufrían las penalidades de un expediente de regulación de empleo.
Así lo expone la Audiencia Provincial de A Coruña: “La revelación se enmarca en un contexto de enfrentamiento entre la denunciante y el investigado. En este sentido, la revelación hecha por el denunciado está precedida de un artículo publicado en el periódico editado por 5 aquélla en la que se censura el gasto de casi 30.000 euros en publicidad por parte del investigado en un diario de A Coruña y cadenas de radio de Madrid y se pregunta cuánto se ha gastado en el periódico y radio de Santiago de Compostela, reprochándole que no se solidarice con la clase obrera de dicha empresa y se emplaza a los lectores a buscar la respuesta en el Facebook o en el twuiter del alcalde. En respuesta a dicho artículo, que es publicado por el investigado con los dos documentos del Ayuntamiento, se explica por parte del denunciado que la razón de no contratar la publicidad institucional obedece a la existencia de la deuda con la Hacienda Pública. Este tribunal, ciñéndose al aspecto jurídico y sin entrar en consideraciones de otro tipo, considera que este contexto es importante para juzgar la relevancia de la información. No nos encontramos ante una difusión espontánea de una información relativa a la empresa, sino que dicha revelación se enmarca en una respuesta dada por un representante político ante la publicación de un artículo en el que se censura su comportamiento a la hora de gastar el dinero público en publicidad institucional. La respuesta pudo ser excesiva y merecedora de otros reproches, pero no tiene la relevancia suficiente como para constituir un ilícito penal”.
El tercer argumento que utiliza el tribunal para archivar la causa explica que el dato revelado por el alcalde de Compostela Aberta ya había sido difundido por alguna publicación en Internet. Por eso la Audiencia Provincial de Santiago archivó el caso el pasado 21 de abril y rechaza que Noriega tenga que sentarse en el banquillo por revelación de secretos.
El regidor siempre había alegado que esa información la obtuvo a partir de terceros y no por su condición de alcalde. Noriega y El Correo Gallego, el segundo por detrás de La Voz de Galicia en difusión en la ciudad, mantienen una tensa relación que ha llevado al diario a referirse despectivamente a él en los titulares y portadas como “El alcalde 2.0”.
El grupo empresarial editor de El Correo Gallego que gestiona además una radio y una televisión local en la capital de Galicia atraviesa por una grave situación económica que ha motivado el embargo por parte de Abanca, la entidad que surgió de la desaparición de las cajas gallegas, de varias propiedades inmobiliarias, entre ellas la histórica sede en la zona monumental donde siempre estuvo la redacción.