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¿La pensión de incapacidad permanente total es para siempre?

¿Puede ser para siempre la incapacidad permanente?

Sara Caro

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Una vez se concede una pensión de incapacidad permanente total, los beneficiarios se preguntan si esta durará toda la vida o si, por el contrario, podría llegar el día que se anule y no se pueda recibir más. Y lo cierto es que todas las pensiones de incapacidad permanente pueden ser revisadas cada cierto tiempo para comprobar que las limitaciones de la persona con incapacidad siguen siendo las mismas y no han disminuido o aumentado.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social revisa cada dos años, por regla general, la situación de una persona beneficiaria de una pensión de incapacidad permanente. En esa revisión por parte de la Seguridad Social, se podrá mantener el grado que se reconoció en un principio, un aumento del grado e incluso una reducción del mismo, dependiendo de la situación de cada persona. En algunos casos, aunque no es lo más común, también se podría retirar el derecho a la pensión de incapacidad permanente.

No siempre existe una revisión de la incapacidad permanente por parte de la Seguridad Social

A pesar de que las revisiones son comúnes, no siempre tiene que producirse. En algunos casos, la propia Seguridad Social considera que las lesiones o enfermedades que tiene el trabajador no tienen ninguna posibilidad de mejora, por lo que no será necesario hacer esta revisión.

Por norma general, el grado de incapacidad permanente total es el más revisado por parte de la Seguridad Social ya que es este precisamente el que puede mostrar alguna mejora. En el caso de la incapacidad absoluta o la gran invalidez, aunque también pueden ser revisados, no suele ser la tónica habitual al plantearse difícil una mejoría por parte del afectado.

El único grado de incapacidad permanente que no es revisado es precisamente la incapacidad permanente parcial ya que, en este caso, se trataría del cobro de una indemnización. Una vez se realice el pago, finalizaría el proceso por completo.

¿Puedo pasar de la incapacidad permanente a la pensión de jubilación?

Al llegar a la edad ordinaria de jubilación, una persona con incapacidad permanente pasa a ser beneficiario de la pensión de jubilación. Desde ese momento se considerará que la pensión tiene un carácter definitivo y no podrá volver a ser revisada por parte de la Seguridad Social.

Eso sí, el trabajador tendrá la posibilidad de escoger entre la pensión de incapacidad permanente o la pensión de jubilación, dependiendo de cual resulte más favorable ya que recibir ambas pensiones a la vez no es posible al ser incompatibles, siempre y cuando pertenezcan al mismo Régimen de la Seguridad Social. Aún así, existen algunas excepciones en las que sí que se podrían compatibilizar.

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