La nueva Ley de Memoria garantizará el derecho a la investigación en España de los crímenes franquistas por primera vez en 40 años
Una nueva hoja de ruta para la memoria histórica. Es lo que será la nueva Ley de Memoria Democrática, cuyo trámite ha dado comienzo este martes y que el Gobierno calcula que entre en vigor en el primer semestre de 2021. La norma es una batería de medidas que pretende dar un paso más a la de 2007 y cubrir los vacíos por los que instancias internacionales llevan años señalando a España. Una de las claves del anteproyecto, que consta de 66 artículos, es la creación de una Fiscalía de Memoria Democrática y Derechos Humanos con la que el Estado pretende por primera vez “garantizar el derecho a la investigación” de los crímenes cometidos durante la Guerra Civil o el franquismo, según consta en el texto.
El Ejecutivo asume que la norma “tiene los elementos suficientes para investigar las violaciones de derechos humanos”. Y así lo especifica su articulado. La creación de la Fiscalía es, de hecho, una de las principales novedades del anteproyecto, del que ya se conocían algunos detalles como la asunción de las exhumaciones por parte del Estado. La idea es que el Ministerio Público sea “potente” y “en el momento en que se le planteen las denuncias, las investigue”, algo que hasta ahora no ocurre, pues los casos se topan con archivos en base a la Ley de Amnistía o el argumento de la prescripción de los hechos, entre otras trabas. De esta forma, se pretende asegurar que todas las personas que han sufrido torturas, persecuciones o que quieren recuperar los restos de sus familiares puedan denunciar y cuenten con la indagación de los hechos. Hay que tener en cuenta que la norma puede sufrir cambios, ya que ahora empieza la fase de consultas antes de volver al Gobierno y pasar después al Congreso.
En la práctica, esta Fiscalía especializada se encargará de “supervisar” y “coordinar” la actividad del Ministerio Fiscal en materia de memoria democrática y derechos humanos para evitar interpretaciones dispares y restrictivas y unificar criterios en todos los procedimientos y actuaciones a los que se refiere la ley: las violaciones a los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario ocurridas con ocasión de la Guerra Civil y la Dictadura, así como el periodo que va desde la muerte del dictador hasta la aprobación de la Constitución Española. También se encargará de impulsar los procesos de búsqueda de las víctimas y promoverá las inscripciones en el Registro Civil de sus defunciones. El texto apunta a que “intervendrá en su caso en defensa de la legalidad y los derechos humanos”.
Según ha explicado el Gobierno este martes, es en el artículo 2 de la ley donde “viene marcado este principio” que culmina en la garantía de las investigaciones para todos los ciudadanos y que obliga a los poderes públicos a interpretar la norma “de conformidad con los tratados internacionales de derechos humanos en la materia”, que en numerosas ocasiones han llamado la atención a España por las graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante la dictadura y su impunidad. Tratados internacionales entre los cuales “está la prohibición de la amnistía para delitos de lesa humanidad”, recuerda el magistrado emérito del Constitucional, Juan Antonio Martín Pallín. “Curiosamente España firma el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en abril de 1977 y la ley de Amnistía es de octubre de ese año, cuando ya estaba vigente el pacto, por lo que lo infringe. Esto lo han dicho claramente la ONU y el relator Pablo de Greiff”, apunta el magistrado.
En el Gobierno hay voces más y menos optimistas sobre el alcance de la actuación de la Fiscalía. Algunas se agarran a que este tipo de tratados internacionales de los que nuestro país forma parte están por encima de la ley, y citan el artículo 10.2 de la Constitución: “Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”.
Otras voces se muestran más expectantes ante el complejo y largo desarrollo normativo que implica la norma, que “no puede ir contra cosas juzgadas ni contra la seguridad jurídica”, defienden estas fuentes. Lo que sí está claro, al menos sobre el papel, es la clara vocación del órgano especializado y que también supone un salto clave respecto a la circular que en 2016 envió a los fiscales provinciales la entonces Fiscal General del Estado, Consuelo Madrigal y que, según las familias de las víctimas, torpedeó las investigaciones. En ella, les instruía sobre cómo oponerse a las investigaciones de la magistrada argentina María Servini en el marco de la llamada 'querella argentina'. Hace algunas semanas, la nueva titular de la Fiscalía General, Dolores Delgado, remitió otra orden que deja sin efecto la anterior, y por tanto elimina las trabas a la causa argentina sobre crímenes franquistas. Los colectivos de memoria se mostraron entonces confiados en el cambio de criterio de la Fiscalía, pero pedían más implicación al Gobierno y a los jueces.
La trabas siguen sobre la mesa
Se trata de un paso importante en el esclarecimiento de lo ocurrido y en la búsqueda de la verdad, justicia y reparación que tanto han exigido las asociaciones memorialistas, familias y víctimas de la dictadura porque durante 40 años la presentación de casos ante la justicia no ha estado dando lugar a la apertura de investigaciones. No obstante, la última palabra seguirá teniéndola el órgano judicial. La creación de la Fiscalía viene a “oficializar de alguna manera lo que hasta ahora se estaba haciendo de una manera rudimentaria por la buena voluntad de las asociaciones de memoria y alguna acción particular o algún ayuntamiento, pero la Fiscalía no tiene el monopolio de la acción”, resalta Martín Pallín, que entiende que junto al acceso de cualquier particular a ello, “esto tiene un sentido institucional”.
Con la ley en la mano, la investigación está asegurada, pero las trabas que hacen que España siga sin juzgar los crímenes y que convierten a Argentina en el único país del mundo en tener una causa abierta siguen estando sobre la mesa. Entre ellos, la Ley de Amnistía o el argumento de la prescripción de los delitos, que se erigen como dos de los recursos habitualmente usados por tribunales españoles para archivar las denuncias.
Según explica Eduardo Ranz, abogado especializado en memoria histórica, “las causas de archivo siguen existiendo”, por lo que “es complicado” que la nueva norma, que además prevé ilegalizar las asociaciones que hagan apología del franquismo o anular sentencias de la dictadura, “derive” en enjuiciamientos. Sin embargo, el experto celebra que la norma vaya a implicar “que por primera vez se generalicen las investigaciones” y “si eso luego no se traduce en un castigo contra nadie en el ámbito penal es otra cosa, pero es importante para conocer la verdad y que venga reflejada en un documento judicial”.
Por su parte, Javier Chinchón, miembro de Rights International Spain (RIS) y profesor de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales en la Universidad Complutense de Madrid, también apunta a las trabas que siguen existiendo en nuestro país y esgrime que “los procesos en última instancia se irán encontrando con el pronunciamiento del Tribunal Supremo” que absolvió en 2012 a Baltasar Garzón de un delito de prevaricación pero en la práctica “cerró la puerta” a otros procedimientos. El Alto Tribunal vino a defender con su interpretación la validez de la Ley de Amnistía y a esgrimir que no era posible entender este tipo de crímenes como de lesa humanidad en el momento de cometerlos, por lo que estarían prescritos.
Para que sí pudieran juzgarse, y no solo investigarse, como prevé la nueva norma, que sustituirá a la aprobada por Jose Luis Rodríguez Zapatero en 2007, España debería considerar estos crímenes “como le han dicho múltiples instancias internacionales, como crímenes de derecho internacional y graves violaciones de los derechos humanos, no sujetos pues a prescripciones, amnistías etcétera”, explica Chinchón. Así lo esgrimió ya en 2014 Pablo de Greiff, relator especial de Naciones Unidas del Consejo de Derechos Humanos, cuando evaluó a España, y cuyas observaciones han servido al Ejecutivo para redactar la ley, según ha declarado Carmen Calvo, vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros.
En las 20 páginas que sirvieron a de Greiff para exponer los suspensos a nuestro país en lo que a memoria histórica se refiere, el experto destaca la Ley de Amnistía como el principal obstáculo para la búsqueda de la justicia, ya que los casos se archivan “sin que los jueces siquiera conozcan los hechos”. Junto a ella, también citó las “interpretaciones restrictivas” de los principios de no retroactividad o de seguridad jurídica, de la aplicación de la norma más favorable o de la prescripción de los delitos. En suma, concluyó, los efectos son “incompatibles con los compromisos internacionales que ha suscrito España, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
También el Comité de Derechos Humanos ha recordado a las autoridades españolas que “las amnistías, indultos y otras medidas similares que impiden que los autores de graves violaciones de los derechos humanos sean llevados ante los tribunales son incompatibles con las obligaciones de todo Estado de investigar los crímenes, de garantizar un recurso efectivo, y del derecho a ser oído por un tribunal con todas las garantías”.
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