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El Supremo obliga a dirigir las quejas por 'el derecho al olvido' a Estados Unidos
El Tribunal Supremo no considera responsable al buscador Google Spain S.L. del tratamiento de datos personales que difunde, en un fallo en el que impone que las quejas en defensa del derecho al olvido contra el buscador deban presentarse ante la empresa en Estados Unidos, Google Inc.
La decisión del Supremo anula las decisiones de la Agencia española de Protección de Datos y de la Audiencia Nacional, que hicieron responsable a Google Spain S.L. de la difusión en su motor de búsqueda de datos personales. Le obligaban a excluir informaciones relativas a los reclamantes e impedir su captación en el motor de búsqueda. El alto tribunal le da finalmente la razón a Google Spain, que recurrió contra estas decisiones, y le exonera de responsabilidad.
Google Spain S.L. no realiza actividad alguna de las que caracterizan el tratamiento de datos personales, sino que lo hace Google Inc., a quien corresponde en exclusiva la determinación de los fines, las condiciones y los medios de tratamiento, dice el Supremo.
De este modo, el Supremo declara, en cuatro sentencias, la nulidad de las decisiones de la Audiencia y de la Agencia Española de Protección de Datos, “en cuanto se dictan en un procedimiento dirigido contra Google Spain S.L., que no es responsable del tratamiento de datos ni, por lo tanto, está sujeta al cumplimiento de las obligaciones declaradas en tales resoluciones”.