El Comité contra la Tortura de la ONU condena a España por malos tratos a una mujer durante su detención
El Comité contra la Tortura, el órgano de la ONU que supervisa la aplicación de la Convención contra la Tortura, ha condenado a España por el trato cruel sufrido por E.L.G., una cordobesa detenida en enero de 2013 por cuatro policías nacionales y trasladada a Comisaría, de donde salió con la nariz rota. La mujer denunció su caso ante los tribunales, pero fue archivado por un juzgado de instrucción y luego por la Audiencia Provincial. El Tribunal Constitucional también rechazó un recurso de amparo. Sin embargo, el Comité concluye que los hechos acreditados demuestran que E.L.G. sufrió, al menos, “tratos crueles, inhumanos o degradantes” durante su estancia en la comisaría de Lonja, en la capital cordobesa.
El Comité insta a España a que repare a la mujer de manera “plena y adecuada por los sufrimientos”, lo que incluye posibles indemnizaciones, y que adopte medidas disciplinarias contra los responsables. También exige que imparta “instrucciones precisas” a los agentes “para evitar que se cometan infracciones semejantes en el futuro”. España deberá informar dentro de tres meses sobre qué medidas ha adoptado para dar cumplimiento a esta resolución. El caso fue llevado ante el organismo internacional por la Asociación pro Derechos Humanos de Andalucía, que ha informado de la resolución este lunes.
Todo sucedió en Córdoba hace siete años
E.L.G. caminaba por la estación de trenes de Córdoba el 23 de enero de 2013 cuando fue detenida por cuatro agentes de la Policía Nacional (tres hombres y una mujer) vestidos de paisano. Según su relato, los agentes revisaron su bolso y encontraron una cartera que no era suya, así que le preguntaron dónde estaba lo que supuestamente había robado, mientras la golpeaban. Siempre según sus explicaciones, la esposaron sin notificarle el motivo de la detención, le tiraron del pelo, la metieron en el coche y una vez dentro, la llevaron a Comisaría. En el camino, aceleraban y frenaban para que se golpeara contra la mampara, según la versión de la mujer, que aparece en la resolución del Comité contra la Tortura.
Una vez en comisaría, la desvistieron, se llevaron su dinero y media hora después le dijeron que podía irse, según contó ella al órgano de la ONU. Aunque pidió asistencia médica, nadie le hizo caso, así que ella misma llamó a una ambulancia, que le recogió a la puerta de la comisaría. En el hospital comprobaron que tenía rota la nariz y hematomas en sus muñecas. Fue operada de la fractura siete días después.
Un caso archivado por los tribunales
El caso nunca llegó a juicio. La mujer denunció a los cuatro policías solo cinco días después de su detención, pero el juzgado archivó su denuncia en mayo de 2014, argumentando que concedía más credibilidad al testimonio de los cuatro policías que al de E.L.G.. La Audiencia Provincial de Córdoba confirmó el archivo, basándose en las declaraciones de otros policías y en las cámaras de seguridad, que constataban, según los magistrados, que no tenía “lesiones visibles a la entrada y a la salida de la comisaría”. Por último, el Tribunal Constitucional rechazó su recurso de amparo. Fue entonces cuando decidió acudir al Comité contra la Tortura.
Han tenido que pasar siete años para que una instancia oficial dé credibilidad a E.L.G., que ha mantenido su relato basado en un hecho incuestionable: cuando la detuvieron no sufría lesión alguna, y la ambulancia la recogió de Comisaría con la nariz rota. “El Comité considera que los hechos acreditados configuran, como mínimo, tratos crueles, inhumanos o degradantes”, señala ahora la resolución, fechada el pasado 27 de diciembre.
En sus alegaciones, España insistió en que los fotogramas de las cámaras de seguridad no muestran signos de violencia, ni antes ni después de ingresar en la comisaría. Sin embargo, el Comité afirma que los fotogramas tienen una calidad tan baja que no permiten llegar a ninguna conclusión, y concluye que España “no proporcionó información suficiente que permita concluir que las lesiones a la autora no fueron causadas durante su detención”. Además, el parte médico que se emitió aquel mismo día ya destacaba que el edema era “discreto”, lo que explicaría que no se apreciase en las grabaciones.
El Comité también afea a la Policía española que no atendiera la petición de E.L.G. para que la viera un médico, y recuerda que la Convención recoge el derecho de los detenidos a recibir sin demora asistencia letrada y médica independientes. La preocupación por el cumplimiento de este derecho ya dio lugar a que el Comité incluyera una observación en su sexto informe periódico sobre España.
Cuarta condena por tortura o malos tratos
Para Valentín Aguilar, coordinador general de APDHA y abogado que ha representado a la mujer, la resolución del comité confirma el “déficit para abordar estas denuncias, que son archivadas sistemáticamente”. “Desde organizaciones internacionales, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y ahora Naciones Unidas, nos tiran de la oreja”, lamenta Aguilar.
Según APDHA, las torturas y los malos tratos no son “algo esporádico o incidental en nuestro país”: “En el año 2014 el Estado reconoció al Comité, organismo que ha dictado la actual condena, que entre 2009 y 2012 se habían abierto 4211 procedimientos penales a funcionarios por torturas, de los que solo 29 fueron condenados”.
La asociación resalta que esta es la cuarta condena a España por un caso de tortura o malos tratos. En dos de las ocasiones (Encarnación Blanco -1996- y Orkatz Gallastegi -2011-), los individuos alegaron haber sido víctimas de tortura durante una detención incomunicada. En el tercer caso, el Comité condenó a España en 2008 porque varios agentes de la Guardia Civil pincharon el flotador de Lauding Sonko, un inmigrante que falleció tratando de llegar a nado a Ceuta.