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María Martos, abogada de Juana Rivas: “Su caso es un claro ejemplo de violencia institucional contra una víctima”

La abogada de Juana Rivas, María Martos.

Álvaro López / Marta Borraz

11 de diciembre de 2024 22:06 h

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El caso Juana Rivas ha vuelto a dar un giro con el procesamiento por parte de la Fiscalía italiana de Francesco Arcuri, al que acusa de maltratar a sus hijos, y el testimonio hecho público por el mayor de ellos, Gabriel. En él, el chico, que ya es mayor de edad y volvió a España para vivir con su madre en 2022, alerta de que su hermano “corre peligro” y pide ayuda a la justicia italiana, donde el proceso judicial sigue su curso. Allí es también donde continúa dirimiéndose la custodia del menor, que sigue viviendo con su padre sin que se hayan dictado medidas de protección a pesar de que la Fiscalía ve indicios de delito.

Una situación “sorprendente” para María Martos, la abogada de Rivas, que atiende a elDiario.es por videollamada desde el bufete Aránguez Abogados, que desde hace años canaliza la estrategia de defensa de la mujer. Rivas fue condenada por no entregar a sus hijos al padre tras huir de Italia por el polémico juez Manuel Piñar. Posteriormente, el Supremo rebajó la pena y más tarde la mujer fue parcialmente indultada por el Gobierno, en un periplo judicial que dura ya 15 años: “El daño causado es irreparable: ha perdido contacto con su hijo y ha sufrido un desgaste emocional inmenso. Ella está destrozada”, afirma Martos. Por su parte, la defensa de Arcuri niega desde el principio las acusaciones.

La decisión de la Fiscalía se produce después de que todas las denuncias anteriores fueran archivadas. ¿Qué ha cambiado para que ahora sí se aprecien indicios de delito?

Por supuesto, le damos a todas las denuncias por violencia de género presentadas total credibilidad, pero que se haya decidido o no iniciar la investigación depende de la Fiscalía. En la justicia ocurren a veces estas cosas. Ahora se presentó otra denuncia, se realizaron las oportunas indagaciones, entre ellas, el testimonio de testigos. La Fiscalía ha considerado que había indicios suficientes para procesar a Arcuri y así lo ha hecho.

¿Cuáles son ahora los siguientes pasos?

Este escrito de procesamiento es el equivalente a nuestro auto de conclusión del sumario o nuestro auto de procedimiento abreviado. Es decir, finaliza la fase de instrucción, se abre la fase intermedia y se da traslado a las partes para que se realicen los oportunos escritos de acusación y defensa y posteriormente se abriría la fase de juicio oral.

Teniendo en cuenta las diferencias entre la justicia española e italiana ¿está Arcuri imputado por maltrato hacia sus hijos?

Está procesado, que es la figura italiana a lo que en nuestro ordenamiento jurídico llamamos ahora investigado. En Italia la justicia sigue un principio acusatorio, es decir, la figura instructora de la investigación no es el juez de instrucción como aquí, es la Fiscalía, que tiene esa potestad para procesarle.

¿Se ha tomado alguna medida de protección dada esta nueva circunstancia?

En España nos parece muy llamativo porque en nuestra legislación, después de la promulgación de la Ley Integral Contra la Violencia de Género, se aunaron la jurisdicción civil y penal para precisamente proteger a los menores que se encuentren en un proceso similar a este, pero en la jurisdicción italiana son independientes. El hecho de que se haya procesado a Arcuri no influye, según la jurisdicción italiana, en el proceso civil que se lleva a cabo de forma paralela con respecto a la custodia de Daniel, el hijo menor. Nosotros hemos solicitado insistentemente que se tomen medidas, que se proteja al menor, pero no hemos tenido ninguna respuesta.

La condena por violencia de género cayó prácticamente en el olvido. A pesar de la existencia de una sentencia firme, se cuestionó dicha violencia porque Juana retomó la relación con él

El pasado viernes el hijo menor declaró ante la Corte de Apelación de Cagliari en el marco del proceso civil por la custodia que el Tribunal Supremo italiano ha ordenado repetir. ¿Cómo fue?

Lo hizo a puerta cerrada, que nos parece muy llamativo. Ni siquiera pudo entrar el Ministerio Fiscal, solamente los magistrados y el niño. Y duró dos o tres minutos, fue muy breve. No tenemos acceso todavía a la transcripción ni ninguna información al respecto, pero esperamos tenerla en breve.  

¿Hay posibilidades reales de que se revierta la situación?

Nosotros consideramos que el testimonio de Daniel no se presta en libertad, puesto que vive con su padre, que está procesado por ejercer violencia contra él. Fue a declarar con su padre y después volvió a casa con él, por lo que no tiene libertad para poder prestar una declaración veraz. No sabemos lo que va a pasar, la posibilidad existe. Uno de nuestros argumentos es precisamente que debe tener peso el hecho de que el padre está siendo procesado por un delito de maltrato al hijo del que tiene la custodia.

En 2009 Arcuri fue condenado por lesiones en el ámbito familiar. ¿Se tuvo en cuenta este antecedente en el proceso judicial posterior?

No, desde luego. El caso de Juana Rivas es paradigmático de violencia institucional contra las víctimas de violencia de género. La condena por violencia de género cayó prácticamente en el olvido. A pesar de la existencia de una sentencia firme, se cuestionó dicha violencia porque Juana retomó la relación con él, algo muy habitual en este tipo de casos. Siempre se cuestionó su denuncia, la condena previa y su testimonio. Posteriormente, Juana interpuso una denuncia en España, que fue archivada, sin que se la protegiera ni a ella ni a sus hijos. Esa denuncia debió haberse traducido y enviado a Italia, según lo dispuesto en el Estatuto de la Víctima, pero no se hizo. Por el contrario, Italia obligó a Juana a entregar a sus hijos al padre tras una denuncia por sustracción de menores.

Juana abandonó Italia en 2016 junto a sus hijos, alegando que corría un “peligro de muerte”, desoyó las órdenes de devolución de los menores y estuvo más de un mes en paradero desconocido. Ocho años después de aquel episodio, ¿fue una decisión acertada?

Insistimos en que la denuncia que interpuso Juana no fue tramitada correctamente, lo que originó todo el periplo relacionado con la sustracción de menores. Ella siempre quiso proteger a sus hijos y asumió los hechos que realizó, acatando las decisiones judiciales, aunque no estuviera de acuerdo con ellas.

¿El sistema judicial estaba y está preparado para entender el contexto de aquella huida?

Hubo violencia institucional contra Juana. No se tuvo en cuenta su situación como víctima ni en el momento de los hechos ni posteriormente. Se la condenó de forma desproporcionada, como confirmó el Tribunal Supremo al recurrir en casación. El daño causado es irreparable: ha perdido contacto con su hijo y ha sufrido un desgaste emocional inmenso. Ella está destrozada porque no puede estar con su hijo, a pesar de que ahora por fin sí que está con Gabriel, pero sigue muy preocupada por la situación de Daniel.

A Juana se le juzgó no sólo como madre, sino bajo un prisma de roles tradicionales que se espera que cumpla una mujer. Se le exigió una perfección imposible y se interpretó cualquier acción en su defensa como manipuladora o exagerada

Juana recibió en su momento apoyo de una parte de la opinión pública y también fue muy cuestionada. ¿Cree que eso tuvo algún peso en el proceso por el que fue condenada por sustracción de menores?

Siempre hemos denunciado que ciertas decisiones del procedimiento contra Juana estuvieron influidas por un sesgo ideológico. Se interpuso incluso una querella por prevaricación contra Manuel Piñar, el magistrado que la condenó, debido al contenido de algunas de sus resoluciones y a ciertos comentarios personales en redes sociales. Hubo una división ideológica del caso, con sectores que la apoyaban y otros que la vapulearon públicamente, lo cual la desprotegió.

En aquella sentencia se acusaba a Juana Rivas de “explotar el argumento del maltrato” o de denunciar a Arcuri “para obtener ventajas”. ¿Hubo sesgo de género en esta resolución?

Ha sido uno de los principales problemas en este caso. A Juana se le juzgó no solo como madre, sino bajo un prisma de roles tradicionales que se espera que cumpla una mujer. Se le exigió una perfección imposible y se interpretó cualquier acción en su defensa como manipuladora o exagerada. Este sesgo no solo ha impactado en el juicio social, sino que también permeó algunas decisiones judiciales, haciendo que se desestimaran aspectos clave de su situación como víctima de violencia de género.

¿Qué papel están jugando los informes de los equipos psicosociales?

Hay informes psicosociales en ambos sentidos, pero Daniel, que ahora tiene diez años, lleva más de un año sin ser valorado.

Aquí en España el uso del síndrome de alienación parental está vetado por ley y desaconsejado por el Consejo General del Poder Judicial. ¿Se le está dando en Italia validez?

Es la tesis de la parte contraria, que los niños reproducen lo que su madre les dice. Es absurdo pensar en una manipulación así por parte de Juana cuando su hijo pequeño tenía tres años cuando se lo llevó su padre y lo único que han querido siempre los dos es estar con su madre, que siempre ha actuado para protegerlos. Estas acusaciones carecen de fundamento y solo han contribuido a desviar el foco de lo importante: garantizar la seguridad de los menores.

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