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Isabel Pantoja recoge la notificación que le da diez días para entrar en prisión y pagar la multa

La Fiscalía pide al Supremo que desestime el incidente de nulidad planteado por Isabel Pantoja

EP

MADRID —

La cantante Isabel Pantoja, condenada a dos años de prisión y al pago de una multa de 1.147.000 euros por blanqueo de capitales, ha recogido este jueves en un juzgado de Alcobendas (Madrid) la notificación en la que se le comunica que tiene diez días para ingresar de forma voluntaria en prisión y abonar la multa.

La tonadillera ha llegado al juzgado acompañada por dos mujeres --una de ellas, su abogada Graciela Otondo-- que la apoyaban cogiéndola cada una de un brazo. Los periodistas le han preguntado tanto al entrar como al salir si efectivamente había recogido la notificación, si había reunido ya el dinero de la multa y si sus amigos y fans la están ayudado a conseguirlo, pero ella se ha limitado a decir: “No quiero contar nada. Dejadme”.

El pasado 24 de septiembre, la Audiencia de Málaga inició la ejecución de la sentencia que condenó a Isabel Pantoja, a su expareja y exalcalde de la localidad malagueña de Marbella, Julián Muñoz, a la exmujer de este, Maite Zaldívar, y a otras cuatro personas más por blanqueo de capitales. A Pantoja, a Zaldívar y a las otras cuatro personas que están en libertad --Muñoz ya está en la cárcel-- se les requirió que cumplieran voluntariamente la pena de prisión y pagaran la multa a la que fueron condenadas.

La Sala Segunda de la Audiencia de Málaga --cuya condena a la cantante fue confirmada por el Tribunal Supremo-- requiere a Pantoja para que “en el término improrrogable de diez días proceda al cumplimiento voluntario de la pena de 24 meses de prisión impuesta en la sentencia firme” y pague la multa. En el auto se advierte de que si en el plazo fijado no entra en la cárcel voluntariamente, “se decretará su busca y captura e ingreso en prisión”, y si no abona 1.147.000 euros, deberá “cumplir en prisión un arresto sustitutorio” de seis meses.

Tanto la Audiencia de Málaga como el Supremo mantuvieron que la cantante conocía que “el dinero de Julián Muñoz que ingresó en sus cuentas bancarias y con el que operó en la adquisición de valiosos bienes procedía de las actividades delictivas en las que se hallaba implicado su compañero sentimental”. Su defensa siempre ha sostenido que tenía capacidad económica propia.

EVITAR SU INGRESO EN PRISIÓN

A finales del pasado septiembre, se conoció que la defensa de la tonadillera estaba preparando varios escritos para que no tuviese que ingresar en prisión, primero porque estaba pendiente un incidente de nulidad en el Tribunal Supremo --aunque el pasado 3 de octubre la Fiscalía reclamó que fuese rechazado--; y segundo, porque sus letrados sostenían que cumplía los requisitos para el beneficio de la suspensión de la pena. También se presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Para poder suspender la pena de prisión, se requieren tres “condiciones necesarias”, según se regula en el artículo 81 del Código Penal. La primera de ellas es que el condenado haya delinquido por primera vez; la segunda, que la pena o penas impuestas, o la suma, no sea superior a dos años; y la tercera, que “se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado”.

Fuentes de las defensas de los condenados entienden que el plazo de diez días comienza en el momento en el que se les notifica el requerimiento en los juzgados de la localidad en la que reside. Los abogados de la cantante dijeron que cuando ella recibiera ese documento, presentarían el escrito para pedir que se paralice la ejecución de la sentencia, y por tanto, su ingreso en prisión.

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