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Los miembros de 'la manada' cumplirán sus condenas en cinco cárceles distintas

Detenidos los cinco miembros de 'La Manada' por una orden de búsqueda tras conocerse la sentencia del Supremo

elDiario.es

Los cinco miembros de 'la manada', condenados por el Tribunal Supremo a 15 años de prisión por violar a una joven en los Sanfermines de 2016, cumplirán sus penas en cinco cárceles diferentes, según ha confirmado Instituciones Penitenciarias a eldiario.es y ha adelantado El Confidencial este miércoles. Cuatro irán a prisiones de Andalucía y uno a una de Castilla y León.

José Ángel Prenda será llevado al Centro Penitenciario Puerto III, en Cádiz. Jesús Escudero pasará su condena en el Centro Penitenciario de Huelva, mientras que Ángel Boza será destinado al Centro Penitenciario de Albolote, en Granada. Alfonso Jesús Cabezuelo, militar profesional y el miembro de mayor edad, será trasladado al Centro Penitenciario de Topas (en Salamanca). Por último, Antonio Manuel Guerrero, licenciado como agente de la Guardia Civil, al Centro Penitenciario Sevilla I. Él cumplirá dos años más de condena que el resto por el robo con intimidación del móvil de la víctima.

Hasta ahora, los cinco compartían la prisión de Sevilla en la que permanecerá Antonio Manuel Guerrero y donde ingresaron tras ser detenidos poco después de que el Tribunal Supremo elevara la condena a 15 años de cárcel. Antes la Audiencia Provincial de Navarra les había condenado a nueve años de prisión por abuso sexual, una sentencia que fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad. En los dos años que estuvieron en prisión provisional, José Ángel, Ángel Boza y Jesús Escudero estuvieron en el centro penitenciario de Pamplona y Antonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo en Alcalá Meco

El pasado 21 de junio, los cinco fueron condenados por el delito de violación al que se le añadieron dos agravantes: uno por tratarse de un ataque grupal y otro, por trato degradante y vejatorio. La decisión fue unánime: “Se trató de un ”auténtico escenario intimidatorio“ en el que la víctima ”en ningún momento consiente“, según el fallo hecho público el 5 de julio.

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